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miércoles, 12 de junio de 2019

121 plazas del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera –código 0009– por la forma de acceso libre: 47 para la Especialidad de Investigación. (0009I). 30 para la Especialidad de Navegación. (0009J). 30 para la Especialidad de Propulsión. (0009K). 14 para la Especialidad de Comunicaciones. (0009L).

Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera
Resolución de 3 de junio de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
  • ... Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera –código 0009–, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, especialidades de Investigación (0009I), Navegación (0009J), Propulsión (0009K) y Comunicaciones (0009L). ...
  • Bases comunes
    Los procesos selectivos previstos en esta Resolución se rigen por la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
    Bases específicas
    1. Aplicación. Las bases específicas comunes de la convocatoria a que se refiere esta Resolución se aplicarán a los procesos previstos en la misma, sin perjuicio de las normas específicas que vienen recogidas en los anexos correspondientes a cada uno de ellos.
    Las normas específicas del proceso selectivo para ingreso por promoción interna figuran en el anexo I.
    Las normas específicas del proceso selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre figuran en el anexo II.
    5. Solicitudes. 5.1 Quienes deseen participar en los procesos selectivos deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial, realizar el pago de la correspondiente tasa de derechos de examen y presentar la solicitud en la forma establecida en la base 5.2.
    El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es [«Sede electrónica/Procedimientos no Tributarios/Empleo Público/Modelo 791.Empleo Público. Presentación de instancias oposiciones (Trámites)»].
    5.2.- ... El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 13 de junio al 10 de julio de 2019, a.i.} La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    ANEXO II
    Normas específicas del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera
    1. Plazas. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera –código 0009– por la forma de acceso libre será de 121 plazas distribuidas de la siguiente forma:
    47 para la Especialidad de Investigación. (0009I).
    30 para la Especialidad de Navegación. (0009J).
    30 para la Especialidad de Propulsión. (0009K).
    14 para la Especialidad de Comunicaciones. (0009L).
    2. Requisitos. Los aspirantes que opten a ingresar en el Cuerpo objeto de esta convocatoria, deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además de los requisitos enumerados en el apartado décimo de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes, los siguientes:
    2.1 Nacionalidad: Ser español.
    2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
    2.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título correspondiente a la especialidad a la que se aspire:
    − Especialidad de Investigación: Título Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Grado.
    − Especialidad de Navegación: Título de Diplomado en Navegación Marítima o Grado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Náutica y Transporte Marítimo.
    − Especialidad de Propulsión: Título de Diplomado en Máquinas Navales o Grado en Ingeniería Marina o Grado en Tecnologías Marinas.
    − Especialidad de Comunicaciones Título de Diplomado o Ingeniero Técnico Industrial, Diplomado o Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, Diplomado en Radioelectrónica Naval, o Grado en Ingeniería Técnica Industrial, en Ingeniería de Telecomunicaciones, o en Radioelectrónica Naval.
    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
    2.4 Carecer de antecedentes penales.
    2.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del puesto de trabajo a desempeñar.
    2.6 Comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones, en los términos en que se disponga por los responsables de las Unidades en que presten servicios. Este compromiso se prestará a través de declaración del solicitante.
    2.7 Antes de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las listas de aprobados de la fase de oposición los aspirantes deberán, además, reunir los siguientes requisitos:
    Para el acceso a la especialidad de Investigación: Estar en posesión del permiso de conducir que, de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su exigencia habilite para la conducción de vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente.

    jueves, 5 de octubre de 2017

    10 “Becas cultura y creatividad” 2017/2018 para el apoyo al emprendimiento de las industrias culturales y creativas en la Factoría Cultural Región de Murcia.

    BDNS (Identif.): 364593
    De conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la web municipal (www.murcia.es).
    Primero. Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas de la presente convocatoria quienes cumplan con las siguientes requisitos:
    a) Ser mayor de edad
    b) Poseer cualquier nacionalidad
    c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con el Ayuntamiento de Murcia, Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
    d) No haber sido sancionado ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas públicas, ni estar incurso en prohibición legal que le inhabilite para ello.
    e) Presentar un Proyecto
    2. Los proyectos que se presenten pueden encontrarse en cualquier fase de desarrollo: transformación de idea a plan de negocio, puesta en marcha, etc., y deberán estar incluidos en sectores de las Industrias Culturales y Creativas dentro de las tres grandes áreas en que se dividen: Tecnologías, Comunicaciones y Artes
    Segundo. Objeto: El objeto de las presentes Bases es establecer las normas que habrán de regir la Convocatoria para la concesión de diez Becas Cultura y Creatividad 2017/2018 para el apoyo al emprendimiento de las Industrias Culturales y Creativas en la Factoría Cultural de Murcia, que convoca el Ayuntamiento de Murcia a través de su Concejalía Delegada de Empleo, Turismo y Cultura.
    Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras (BORM n.º 108, de 12 de mayo 2004).
    Cuarto. Cuantía: El importe total de las becas es de 25.410.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 16 de octubre de 2017 o el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia si ésta fuese posterior a la anteriormente señalada. Para presentarse a la convocatoria es necesario entrar en el Formulario de Inscripción, completarlo y adjuntar en un solo archivo el dosier del proyecto y el currículum vitae del o los integrante/s. Los proyectos deberán detallar y aportar la documentación que se cita en la base n.º 4 de la convocatoria. El plazo finaliza el 16 de noviembre de 2017.
    Sexto. Otros datos: La valoración será realizada por un jurado conforme al siguiente procedimiento:
    a) 1.ª Estudio del proyecto con un baremo que figura en la base 5 de la convocatoria.
    b) 2.ª Entrevista personal.

    martes, 13 de junio de 2017

    Ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. convocatoria 1/2017

    BDNS(Identif.):350390
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Empresas, organismos de investigación y agrupaciones o asociaciones empresariales excepto las pertenecientes al sector público y los profesionales autónomos.
    Segundo. Objeto.
    Concesión de ayudas para proyectos en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y la sociedad de la información en el marco de la Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, dirigidas tanto a proyectos nacionales como a proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC-PLUS.
    Tercero. Bases reguladoras.
    Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, publicada en el BOE de 9 de mayo de 2013, modificada por la Orden IET/457/2015, de 11 de marzo, publicada en el BOE de 17 de marzo de 2015 y por la Orden ETU/508/2017, de 2 de junio publicada en el BOE de 3 de junio de 2017).
    Cuarto. Cuantía.
    La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 20.000.000,00 euros en subvención y 60.000.000,00 euros en préstamo con un tipo de interés del 0%.
    Individualmente, la subvención podrá alcanzar:
    Para proyectos nacionales, hasta el 50% para PYME y 40% para el resto de beneficiarios.
    Para proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC EUREKA, hasta el 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para el resto de beneficiarios.
    La intensidad final de subvención se determinará en función del grado de innovación del proyecto, pudiéndose completar la ayuda con financiación en forma de préstamo hasta cubrir el 100% del presupuesto del proyecto.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
    Veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. {del 14 de juno al 12 de julio de 2017, a.i.}
    Sexto. Otros datos.
    Antes de recibir el pago de la ayuda, se deberán constituir garantías que serán determinadas a partir de la calificación de la solvencia económico-financiera de la entidad, conforme a las prácticas del sector.
    El pago de la ayuda se realizará de forma anticipada y en dos fases. Se ordenará el pago del 75 por ciento de la subvención y del préstamo en el momento de la concesión de la ayuda y tras la constitución de garantías. Asimismo, se ordenará el pago del 25 por ciento restante tras la justificación de la actividad de la primera anualidad.

    miércoles, 22 de mayo de 2013

    Subvenciones programa de formación e inserción laboral de demandantes de empleo en tecnologías de la información y de las comunicaciones y de la economía digital. Servicio Público de Empleo Estatal

    1. Objeto y regulación. 1. Mediante la presente resolución se aprueba la convocatoria de subvenciones en el año 2013, para la realización de un programa de formación e inserción laboral de demandantes de empleo en tecnologías de la información y de las comunicaciones y de la economía digital.
    2. La convocatoria se regirá por la Orden TAS/2965/2006, de 26 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas para el desarrollo de un programa de formación e inserción laboral de demandantes de empleo en tecnologías de la información y las comunicaciones y de la economía digital.
    2. Financiación. 1. La financiación de las subvenciones ... será por un importe total máximo estimado de hasta ocho millones setecientos mil euros (8.700.000,00.-€).
    2. La realización del gasto que se proyecta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
    3. Las subvenciones previstas en esta convocatoria podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo Plurirregional de Adaptabilidad y Empleo n.º 2007ES05UPO001, a desarrollar para el periodo 2007-2013, con una cofinanciación del 50% para las regiones de Objetivo «Competitividad regional y empleo» y de un 80% para las regiones de Objetivo «Convergencia» «Phasing In» y «Phasing Out».
    4. Destinatarios de las acciones de formación. La preselección de los candidatos se llevará a cabo por los Servicios Públicos de Empleo, entre los desempleados inscritos como demandantes de empleo y que tengan el nivel de formación requerido en el programa de la especialidad formativa que corresponda. La verificación de los requisitos exigidos la realizará el Servicio Público de Empleo Estatal.
    La selección definitiva entre los alumnos preseleccionados se realizará por las entidades/centros de formación.
    De acuerdo con el artículo 19, octies.1, de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, introducido por el artículo 9 del Real Decreto-ley 3/2011, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, siempre que el nivel formativo requerido en el programa de la especialidad que corresponda se adecue, en la selección de candidatos, serán colectivos prioritarios de las acciones formativas los jóvenes, las mujeres, los parados de larga duración, las personas con discapacidad o en situación de exclusión social e inmigrantes con respeto a la ley de extranjería.
    De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Orden TAS/2965/2006, de 26 de septiembre, podrán participar en las acciones formativas objeto de esta convocatoria los demandantes de empleo inscritos en las oficinas de los Servicios Públicos de Empleo.
    5. Beneficiarios. Requisitos de obligado cumplimiento. 1. Podrán solicitar las subvenciones contempladas en esta convocatoria las asociaciones y fundaciones que reúnan las siguientes condiciones:
    a)
    Tratarse de asociaciones o fundaciones de ámbito de actuación superior al de una Comunidad Autónoma.
    b) Tener implantación sectorial. En el caso de las asociaciones, tener asociadas a empresas de los sectores de tecnologías de la información y las comunicaciones o de la economía digital; y, en el caso de las fundaciones, tener como miembros de su Patronato a asociaciones y/o empresas pertenecientes a dichos sectores.
    c) Acreditar experiencia en materia de formación profesional para el empleo, mediante una declaración de la asociación/fundación, en la que se relacione las actividades y trabajos realizados por la misma en los tres últimos años.
    2. Además de los requisitos establecidos en el punto anterior, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 
    6. Solicitudes. 1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria se dirigirán a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, según el modelo oficial que figura como Anexo 1 de esta Resolución, y que consta de tres elementos: solicitud de subvención, memoria y compromiso de contratación. Dicho modelo estará disponible en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal www.sepe.es.
    2. Los interesados podrán efectuar la presentación de la solicitud de subvención y documentación complementaria ante la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en la sede central, sita en la calle Condesa de Venadito, número 9, 28027 Madrid. Asimismo se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    3. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 23 de mayo al 11 de junio de 2013, a.i.}

    miércoles, 17 de octubre de 2012

    EMA/CA/S/031: Agente contractual (de corta duración), Sector de Comunicaciones, Unidad de Dirección (FG IV). Agencia Europea de Medicamentos (EMA)

    AGENCIA EUROPEA DE MEDICAMENTOS (EMA)
    Convocatoria de manifestación de interés para agentes contractuales (Londres)
    (2012/C 305 A/01)
    EMA/CA/S/031: Agente contractual (de corta duración), Sector de Comunicaciones, Unidad de Dirección (FG IV)
    La Agencia tiene la responsabilidad de coordinar la evaluación y supervisión de los medicamentos para uso humano y veterinario en la Unión Europea [véase el Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 136 de 30.4.2004, p. 1). La Agencia, creada en enero de 1995, mantiene numerosos y estrechos contactos con la Comisión Europea, los 27 Estados miembros de la UE, los países del EEE (Espacio Económico Europeo) y de la AELC, otros grupos de los sectores público y privado y es un entorno de trabajo estimulante y multicultural.
    Si desea información adicional sobre la Agencia y sus actividades, visite nuestro sitio web: http://www.ema.europa.eu
    La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) desea crear una lista de candidatos interesados en trabajar en tareas temporales en el marco de un contrato de agente contractual. Los perfiles del puesto se publican en un documento aparte disponible en el sitio web de la Agencia.
    Los candidatos seleccionados serán incluidos en una lista de reserva, pudiendo ofrecérseles contratos temporales que oscilarán entre tres meses y cinco años con arreglo al régimen previsto para los agentes contractuales regido por el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea (DO L 56 de 4.3.1968) (1) y las disposiciones de aplicación general de la EMA relativas a los procedimientos que rigen la contratación y el uso de personal contractual en la EMA.
    Una misión temporal puede estar destinada a sustituir a agentes temporales de la EMA (por ejemplo, por permisos de maternidad, permisos de paternidad, licencias familiares, licencias parentales, permisos no remunerados o bajas por enfermedad de larga duración) o a trabajar en proyectos específicos a corto plazo si hay fondos disponibles. El contrato del agente contractual no podrá en modo alguno reconducirse a un contrato de agente temporal sin que el agente supere satisfactoriamente un nuevo procedimiento de selección. Los contratos de agente contractual no podrán renovarse más de una vez.
    El lugar de trabajo será Canary Wharf, en Londres.
    Los candidatos han ser nacionales de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Noruega
    o Liechtenstein, y gozar plenamente de sus derechos civiles.
    Los candidatos deben haber cumplido todas las obligaciones impuestas por la legislación aplicable en relación con el servicio militar y demostrar su idoneidad para el desempeño de las funciones asociadas al puesto.
    ----------------
    ___________________________________________
    Las condiciones completas y la descripción del puesto pueden descargarse de la página web de la EMA, en la siguiente dirección: http://www.ema.europa.eu/htms/general/admin/recruit/recruitnew.htm Las candidaturas deberán presentarse por vía electrónica, sirviéndose del formulario disponible en la página web de la EMA. La fecha límite para la presentación de las candidaturas es el 10 de noviembre de 2012 a medianoche. Le rogamos tenga en cuenta que, debido al gran número de candidaturas que recibe la Agencia, el sistema puede tener problemas para procesar un gran volumen de información en los días inmediatos al vencimiento del plazo. Por esta razón, se aconseja a las personas interesadas que envíen sus candidaturas con antelación suficiente respecto al plazo límite.
    ================================
    La Agencia sólo acepta los formularios electrónicos de solicitud enviados a través de e-mail. El formulario de solicitud se encuentra en los documentos clave. El formulario de solicitud puede ser completada usando cualquier idioma oficial de la Unión Europea.
    1. Las solicitudes completas deben presentarse a selection_procedures@ema.europa.eu . Tenga en cuenta que las solicitudes enviadas por correo electrónico a cualquier otra dirección de correo electrónico no puede ser considerado.
    2. Usted necesitará la última versión de Adobe Reader para el formulario de solicitud para que funcione correctamente. Descargue la última versión de forma gratuita desde Adobe Reader downloadIcon external link .
    3. Una vez que haya completado el formulario de solicitud clic en 'enviar por e-mail "en la parte superior derecha del formulario de solicitud. Su formulario de solicitud se transforma en un archivo XML y se adjuntará a un correo electrónico que se envía a selection_procedures@ema.europa.eu .
    4. Haga clic en el botón de envío del correo electrónico para asegurarse de que su solicitud es enviada a la Agencia.
    5. No es necesario escribir un mensaje en el correo electrónico.
    6. Usted recibirá una respuesta automática a partir de la recepción de la Agencia reconoce su dirección de e-mail.
    7. Debido a la gran cantidad de solicitudes que recibimos, el sistema puede encontrarse con problemas para procesar las grandes cantidades de datos cerca de la fecha límite. Esta razón se aconseja enviar el formulario de solicitud mucho antes de la fecha límite.
    8. Curricula vitae (CV), no se consideran como una aplicación. Con el fin de ser considerado para el procedimiento de selección, debe seguir el proceso de solicitud como se describe anteriormente y envíe el formulario correspondiente, la solicitud completa.

    Punto de contacto: Frances Nuttall - Jefe de Recursos Humanos 

    En caso de dificultades técnicas, por favor contacte a Maria Iglesias Martínez (tel: +44 (0) 20 7523 6993) o Birgit Breen (tel: +44 (0) 20 7523 7297), de lunes a viernes de 9:00 am - 17:30 

    Trabajo en el perfil de EMA/CA/S/031: Agente de Contrato (Inglés solamente) 10/10/2012  
    Formulario de solicitud de EMA/CA/S/031: Agente de Contrato
    Seleccione un idioma para ver el documento
    10/10/2012  
    Convocatoria de manifestaciones de interés para agentes contractuales para misiones temporales (EMEA, Londres)
    Seleccione un idioma para ver el documento
    05/08/2011

    EMA/CA/S/031 Contract staff (short-term), Communications sector, Directorate Unit (FG IV)
    The European Medicines Agency is a decentralised body of the European Union with all its offices and headquarters in London. Its core responsibility is the protection and promotion of public health through the evaluation and supervision of medicines.
    This selection procedure aims at building a reserve list for short-term Contract Staff. The contract duration is a maximum of 2 years initially and can be renewed for a fixed period of 1-3 years.
    Candidates on the valid reserve list may also be considered for a different position within the same function group if the job specification and the nature of the role are similar.
    This announcement is governed by the General terms and conditions for selection procedures for Contract Staff.
    The Communications Sector (D-CM) is responsible for the Agency’s communications with its internal and external audiences. The sector uses a wide range of media and communication activities to build, maintain and manage the Agency’s reputation. Work focuses on responding to media enquiries, managing and developing targeted content for the Agency’s stakeholders, producing external and internal information documents and assisting in the on-going exercise to develop and implement a communications strategy for the Agency.
    Reporting to the Head of Communications Sector, the jobholder will be responsible for a wide range of tasks including:
    General objectives:
    The successful candidate will contribute, as part of a small team, towards the efficient operation of the Agency’s media relations, with the aim of ensuring that:
    • Agency’s work is promoted in a proactive, balanced and well-informed way;
    • Media enquiries about the Agency’s work are handled efficiently and effectively;
    • The media are fully monitored in relation to the Agency’s work and subjects of interest.

    General conditions for short-term Contract Staff
    Selected candidates will be included on a reserve list and, depending on the budgetary situation, may be offered a renewable Contract Staff contract in accordance with the Conditions of employment of other servants of the European Union (Official Journal of the European Communities No L 56 of 4 March 1968)1.
    The place of employment shall be Canary Wharf, London.
    Candidates must be nationals of a Member State of the European Communities, or of Iceland, Norway or Liechtenstein, on condition that they have full rights as a citizen.
    Candidates must have fulfilled any obligations imposed on them by laws concerning military service and meet the character requirements for the duties involved.
    For each selection procedure candidates have to follow the application procedure as instructed below. A Contract Staff contract cannot lead to a Temporary Agent contract without the successful participation in a selection procedure for Temporary Agents.
    All material to be placed on candidates' files shall be submitted afresh: reference may not be made to earlier applications. No material contained in candidates' files will be returned. All the questions on the form have to be completed in full.
    Applications have to be submitted electronically using the form available on the EMA website. 

    lunes, 9 de agosto de 2010

    condiciones de explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas.

    Telecomunicaciones
    Resolución de 18 de junio de 2010, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se publica la Circular 1/2010, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se regulan las condiciones de explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas.
    PDF (BOE-A-2010-12831 - 12 págs. - 252 KB)
    Otros formatos
    1. Objeto.-1. La presente Circular tiene por objeto establecer las condiciones para la explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas y las entidades en las que los poderes públicos puedan ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante o un control efectivo en razón de la propiedad, de la participación financiera o de las normas que la rigen, de conformidad lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio y en el artículo 2.b) de la Directiva 2006/111/CE, de la Comisión Europea de 16 de noviembre de 2006, en desarrollo de lo establecido en los artículos 8.4 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, y 4.1 del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.
    2. A efectos de la presente Circular, se incluyen en la denominación Administraciones Públicas a las entidades en las que los poderes públicos puedan ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante en razón de la propiedad, de la participación financiera o de las normas que la rigen.
    3. Se excluyen del ámbito de aplicación de esta Circular las estaciones terrestres de red de frecuencia única para la difusión a los ciudadanos del servicio de televisión digital terrestre que cumplan las condiciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre.

    sábado, 30 de mayo de 2009

    Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.

    MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
    Este real decreto tiene por objeto la aprobación de la Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, en desarrollo del artículo 38 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
    Título I. Disposiciones Generales.
    Título II. Carta de Derechos del Usuario de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas.
    Capítulo I. Derecho al acceso a la red telefónica fija, con una conexión que garantice el acceso funcional a Internet, así como al resto de prestaciones incluidas en el Servicio Universal, a un precio asequible y con una calidad determinada.
    Capítulo II. Derecho a celebrar contratos y a rescindirlos, así como a cambiar de Operador.
    Capítulo III. Derecho a la información veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada sobre las condiciones ofrecidas por los Operadores y las garantías legales.
    Capítulo IV. Derecho a recibir servicios de telecomunicaciones con garantías de calidad, así como a recibir información comparable, pertinente y actualizada sobre la calidad de los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.
    Capítulo V. Derecho a la continuidad del servicio y a ser indemnizado en caso de interrupción.
    Capítulo VI. Derecho a la facturación desglosada, a la desconexión de determinados servicios y a elegir el medio de pago de los servicios entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.
    Capítulo VII. Derecho a una atención eficaz por el operador.
    Capítulo VIII. Derecho a vías rápidas y eficaces para reclamar.
    Capítulo IX. Derecho a prestaciones especiales para personas con discapacidad o de renta baja.
    Capítulo X. Protección en la utilización de servicios de tarificación adicional.
    Capítulo XI. Derecho a la protección de datos personales.
    Capítulo XII. Obligaciones de los usuarios finales.

    Disposición transitoria primera. Vigencia de normas.
    Disposición transitoria segunda. Especificaciones de la portabilidad.
    Disposición transitoria tercera. Códigos para la prestación de servicios de tarificación adicional
    Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
    (Accede a la disposición, clikando sobre el título del 'post' y ampliarás la información)