martes, 27 de diciembre de 2016

1 Electricista (C2). Ayuntamiento de Lorca (Murcia)

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 2 de diciembre de 2016, se ha aprobado la convocatoria de oposición para el ingreso como funcionario/a interino/a de un/a Electricista, Grupo C, Subgrupo C2, a jornada completa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10. 1 a) de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los requisitos necesarios para tomar parte en las pruebas selectivas se establecen en la Base Tercera, apartado A) de la convocatoria.
Las instancias irán dirigidas al Excmo. Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lorca y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 28 de diciembre de 2016 al 11 de enero de 2017, a.i.} Los aspirantes habrán de manifestar en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, uniendo a la misma fotocopia del DNI. Podrán presentarse, asimismo, en la forma y lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, el mismo día de la presentación de la instancia una copia de ésta a través de fax (968-47 97 06) o al correo electrónico serviciodepersonal@lorca.es, a los efectos de conocer esta Administración su presentación; advirtiéndose a los/as opositores que la mera presentación por fax/ correo electrónico no es válida, sino que es necesario registrar la instancia.
La citada instancia deberá ir acompañada del documento acreditativo de haber abonado la cantidad de 1,55 euros en concepto de tasas municipales. Si la instancia se presenta directamente en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca (de lunes a viernes), podrá abonarse en el mismo dicha tasa.
En otro caso, se ingresará en la cuenta núm. ES52.0487. 0006. 99. 2080000021 BMN-Banco Mare Nostrum, Cajamurcia de Lorca, bien directamente en la mencionada o a través de cualquier otra Entidad de Crédito; indicándose para su correcta identificación la convocatoria concreta (plaza de Electricista).
Las Bases de la convocatoria se podrán consultar en el Servicio de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, se encuentran expuestas en el Tablón de Anuncios del citado servicio, sito en Plaza de España nº 1, 1.ª planta, y en el portal web municipal (www.lorca.es), donde podrán solicitar los/as interesados/as información acerca de las mismas.

1 plaza de Arquitecto/a, Subgrupo A1, (código plaza plantilla OT06), adscrita a la Oficina Técnica de Urbanismo del M.I. Ayuntamiento de Cullera. (Ribera Baixa-València)

ANUNCIO
Por Resolución del Teniente Alcalde de fecha 5 de diciembre de 2016 han sido aprobadas las Bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la provisión, con carácter interino y mediante concursooposición, de una plaza de Arquitecto, Grupo A, Subgrupo A1, Escala Administración Especial (código plaza plantilla OT06), adscrita a la Oficina Técnica de Urbanismo del M.I. Ayuntamiento de Cullera.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia [].{del 28 de diciembre de 2016 al 16 de enero de 2017, a.i.}
Más Información en el Registro General de las Oficinas Municipales del M.I. Ayuntamiento de Cullera, sitas en la Plaza de la Virgen, nº 5, y en la página web “www.cullera.es”, apartado “oposiciones”.

Subvenciones a Ayuntamientos y EATIM de la provincia de Alacant para la realización de actividades de gasto corriente para el fomento de la lengua y cultura popular valenciana, ya realizadas o por realizar entre el 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):326859
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios: Las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio y los Ayuntamientos de la provincia de Alicante, así como los Organismos Autónomos dependientes de los mismos.
Segundo. Finalidad: La concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de gasto corriente para el fomento de la lengua y cultura popular valenciana, ya realizadas o por realizar entre el 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017, tales como, entre otras: las actuaciones musicales y escénicas; los correfocs; los encuentros, festivales, certámenes, ferias, concursos, homenajes, exposiciones, congresos, simposios, u otros análogos; el diseño, maquetación, edición, impresión y reproducción de libros y revistas, CD, DVD o cualquier otro tipo de publicación o material audiovisual, ya sea en soporte papel o digital.
Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.
Cuarto. Importe: El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (91.532,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3342.46200000 del Presupuesto de 2017, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2017, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (84.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Los interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará junto con las bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante. [Nº 246 de 27/12/2016 ] {del 28 de diciembre de 2016 al 26 de eenro de 2017, a.i.}

Subvenciones a Ayuntamientos y EATIM de la provincia de Alicante para la realización de actividades culturales, musicales y escénicas, ya realizadas o por realizar entre el 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):326854
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios: Las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio y los Ayuntamientos de la provincia de Alicante, así como los Organismos Autónomos dependientes de los mismos.
Segundo. Finalidad: La concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades culturales, musicales y escénicas, ya realizadas o por realizar entre el 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.
Cuarto. Importe: El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de CUATROCIENTOS MIL EUROS (458.959,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3341.46205000 del Presupuesto de 2016, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2017, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Los interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará junto con las bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante.[Nº 246 de 27/12/2016 ] {del 28 de diciembre de 2016 al 26 de enero de 2017, a.i.}

Bolsa de trabajo de Trabajador/a Social . Mancomunidad de Servicios Sociales La Vega (Redován)

Por Resolución de Presidencia de fecha 29 de noviembre de 2016, se aprobaron las Bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para cubrir las posibles vacantes en los puestos de Trabajador/a Social con destino al servicio municipal de atención a la dependencia, por diferentes causas de sustitución en nombramiento interino de Trabajadores/as Sociales cuando se de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el modelo de instancia están disponibles en la web de la Mancomunidad La Vega, www.mancomunidadlavega.es
Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Sr. Presidente de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo de Elche, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 2999/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso—administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo, no podrá interponer recursos contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
[BOP-Alacant Nº 246 de 27/12/2016 ]

Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales a celebrar durante el año 2017

Autorizar el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales a celebrar durante el año 2017, que figura como anexo a la presente resolución.
ANEXO
Calendario de ferias comerciales internacionales 2017
Fecha
Certamen
Lugar
ENERO
Enero
SALÓN INTERNACIONAL DEL CARAVANING
Barcelona
Enero
FIMI, primera edición (Feria Internacional de la Moda
Infantil y Juvenil)
Madrid
18-22 Enero
FITUR (Feria Internacional de Turismo)
Madrid
24-26 Enero
PROMOGIFT (Salón del Regalo Promocional)
Madrid
26-29 Enero
TENDENCIAS CREATIVAS
Barakaldo (Vizcaya)
31 Enero-2 Febrero
VIVERALIA (Salón Profesional de la Planta Ornamental y Afines)
Elche (Alicante)
FEBRERO
1-5 Febrero
BISUTEX, primera edición (Salón Internacional de la Bisutería y Complementos)
Madrid
1-5 Febrero
MADRIDJOYA, primera edición (Salón Internacional de Joyería y Relojería Urbanas y de Tendencia)
Madrid
1-5 Febrero
INTERGIFT, primera edición (Salón Internacional del Regalo y Decoración)
Madrid
1-5 Febrero
XANTAR (Salón Internacional de Turismo Gastronómico)
Ourense
3-5 Febrero
MOMAD METRÓPOLIS, 1ª edición (Salón Internacional del Textil y Complementos)
Madrid
14-16 Febrero
EXPOSOLIDOS
L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona)
14-17 Febrero
ENOMAQ (Salón Internacional de Maquinaria y Equipos para Bodegas y del Embotellado)
Zaragoza
14-17 Febrero
OLEOMAQ (Salón de Maquinaria y Equipos para Almazaras y Envasado)
Zaragoza
14-17 Febrero
OLEOTEC (Salón de Técnicas y Equipos para la Olivicultura)
Zaragoza
14-17 Febrero
TECNOVID (Salón Internacional de Técnicas y Equipos para Viticultura)
Zaragoza
19-21 Febrero
INTERSICOP (Salón Internacional de Panadería, Confitería e Industrias Afines)
Madrid
20-24 Febrero
CEVISAMA (Salón Internacional de Cerámica para Arquitectura)
Valencia
21-24 Febrero
FERIA HÁBITAT Valencia
Valencia
22-26 Febrero
ARCOmadrid (Feria Internacional de Arte Contemporáneo)
Madrid
27 Febrero-2 Marzo
GSMA MOBILE WORLD CONGRESS
Barcelona
28 Febrero - 3 Marzo
CLIMATIZACIÓN Y REFRIGERACIÓN (Salón Internacional de Aire Acondicionado, Calefacción, Ventilación y Refrigeración)
Madrid
28 Febrero - 3 Marzo
GENERA (Feria Internacional de Energía y Medio Ambiente)
Madrid
MARZO
1-5 Marzo
AULA (Salón Internacional del Estudiante y de la Oferta Educativa)
Madrid
2-4 Marzo
SALÓN INTERNACIONAL DE POSTGRADO Y FORMACIÓN CONTINUA
Madrid
2-4 Marzo
INTERDIDAC - RECURSOS PARA LA EDUCACIÓN (Salón Internacional del Material Educativo y Recursos para la Educación)
Madrid
4-6 Marzo
MOMAD SHOES, 1ª edición (Salón Internacional de Calzado y Complementos)
Madrid
7-10 Marzo
SMAGUA (Salón Internacional del Agua, Riego y del Medio Ambiente)
Zaragoza
15-18 Marzo
MOTORTEC AUTOMECHANIKA MADRID (Feria Internacional Lider para la Industria Automoción en España dirigida a Profesionales de la P. Ibérica, América Latina y Norte de África)
Madrid
16-18 Marzo
PROPET+IBERZOO (Feria Internacional para el Profesional del Animal de Compañía)
Madrid
21-24 Marzo
GRAPHISPAG (Salón Internacional de la Industria y Comunicación Gráfica)
Barcelona
22-23 Marzo
FUTURMODA, 1ª edición (Salón Internacional de la Piel, Componentes y Maquinaria para el Calzado y la Marroquinería)
Alicante
28-30 Marzo
FERIA INTERNACIONAL DEL JUEGO (International Gaming and Gambling Trade)
Madrid
28-30 Marzo
SINAVAL-EUROFISHING (Feria Internacional de la Industria Naval, Marítima, Portuaria y Offshore)
Bilbao (Vizcaya)
28-31 Marzo
FIMA GANADERA (Feria Internacional para la Producción Animal)
Zaragoza
30 Marzo - 2 Abril
SALÓN INTERNACIONAL DEL CÓMIC DE Barcelona
Barcelona
ABRIL
1-3 Abril
COSMOBEAUTY BARCELONA (Salón Internacional de la Belleza, Peluquería y Estética)
Barcelona
20-22 Abril
EXPOFRANQUICIA (Salón Internacional de la Franquicia)
Madrid
21-23 Abril
B-TRAVEL (Saló Internacional del Turisme a Catalunya)
Barcelona
24-27 Abril
SALÓN DE GOURMETS (Feria Internacional de Alimentación y Bebidas de Calidad / International Fine Food and Beverages Fair)
Madrid
25-29 Abril
SMOPYC (Salón Internacional de Máquinas para Obras Públicas, Construcción y Minería)
Zaragoza
25-30 Abril
BARCELONA BRIDAL FASHION WEEK (Salón de la Moda en Trajes de Novia, Comunión, Ceremonia y Complementos)
Barcelona
MAYO
Mayo
EXPOLIVA (Feria Internacional del Aceite de Oliva e Industrias Afines)
Jaén
6-8 Junio
SIL (Salón Internacional de la Logística y de la Manutención)
Barcelona
11-13 Mayo
ORALTHBCN (Salón Profesional y Congreso sobre salud oral e innovación)
Barcelona
11-21 Mayo
AUTOMOBILE Barcelona
Barcelona
23-26 Mayo
BARCELONA BUILDING CONSTRUMAT (Salón Internacional de la Construcción)
Barcelona
23-26 Mayo
FIAA (Feria Internacional del Autobús y del Autocar)
Madrid
24-26 Mayo
FUNERMOSTRA (Feria Internacional de Productos y Servicios Funerarios)
Valencia
JUNIO
Junio
FIMI, segunda edición (Feria Internacional de la Moda Infantil y Juvenil)
Madrid
6-8 Junio
FERROFORMA-BRICOFORMA (Feria Internacional de la Ferretería)
Bilbao (Vizcaya)
6-8 Junio
SUBCONTRATACIÓN (Feria Internacional de la Subcontratación)
Barakaldo (Vizcaya)
8-11 Junio
FERIA INTERNACIONAL ABANCA SEMANA VERDE DE GALICIA
Silleda (Pontevedra)
15-17 Junio
ASTURFORESTA (Feria Forestal Internacional)
Tineo (Asturias)
SEPTIEMBRE
Septiembre-Octubre
IBERFLORA (Feria Internacional de Planta y Flor, Jardinería, Tecnología y Bricojardín)
Valencia
1 Septiembre
HOME TEXTILES PREMIUM by TEXTILHOGAR (Feria Internacional de Textiles para el Hogar)
Madrid
01-03 Septiembre
MOMAD METRÓPOLIS, 2ª edición (Salón Internacional del Textil y Complementos)
Madrid
20-24 Septiembre
BISUTEX, segunda edición (Salón Internacional de la Bisutería y Complementos)
Madrid
20-24 Septiembre
MADRIDJOYA, segunda edición (Salón Internacional de Joyería y Relojería Urbanas y de Tendencia)
Madrid
20-24 Septiembre
INTERGIFT, segunda edición (Salón Internacional del Regalo y Decoración)
Madrid
21-23 Septiembre
TERMATALIA (Feria Internacional del Turismo Termal)
Ourense
21-24 Septiembre
UNIBIKE (La Feria de la bicicleta)
Madrid
22-24 Septiembre
MOMAD SHOES, 2ª edición (Salón Internacional de Calzado y Complementos)
Madrid
28 Septiembre-1 Octubre
EUROFRUIT (Feria Profesional de Proveedores de la Industria Frutícola)
Lleida
30 septiembre-3 Octubre
EXPOHOGAR OTOÑO (Salón Internacional del Regalo y Artículos para el Hogar)
Barcelona
OCTUBRE
Octubre
FiE 2.0 (Foro Internacional del Español)
Madrid
2-6 Octubre
EQUIPLAST (Salón Internacional del Plástico y del Caucho)
Barcelona
2-6 Octubre
EUROSURFAS (Salón Internacional del Tratamiento de Superficies)
Barcelona
2-6 Octubre
EXPOQUIMIA (Salón Internacional de la Química)
Barcelona
3-5 Octubre
CONXEMAR (Feria Internacional de Productos del Mar Congelados)
Vigo (Pontevedra)
03-05 Octubre
IOT SOLUTIONS WORLD CONGRESS
Barcelona
4-5 Octubre
FUTURMODA, 2ª edición (Salón Internacional de la Piel, Componentes y Maquinaria para el Calzado y la Marroquinería)
Alicante
4-6 Octubre
LIBER (Feria Internacional del Libro)
Itinerante (Madrid)
5-8 Octubre
PUERICULTURA MADRID (Salón Profesional de Productos para la Infancia)
Madrid
11-15 Octubre
SALÓN NÁUTICO INTERNACIONAL DE BARCELONA (Salón Náutico Internacional)
Barcelona
17-20 Octubre
PISCINA & WELLNESS BARCELONA (Salón de la Piscina)
Barcelona
18-20 Octubre
FRUIT ATTRACTION (Feria Internacional del Sector de Frutas y Hortalizas)
Madrid
18-20 Octubre
VENDIBERICA (Feria Internacional del Vending)
Madrid
18-22 Octubre
BARCELONA MEETING POINT (Salón Inmobiliario Internacional y Symposium)
Barcelona
24-26 Octubre
MUNICIPALIA (Salón Internacional de Equipamientos y Servicios Municipales)
Lleida
24-27 Octubre
TRAFIC (Salón Internacional de la Seguridad Vial y el Equipamiento para Carreteras)
Madrid
25-27 Octubre
SIMO EDUCACIÓN (Salón de Tecnología para la Enseñanza)
Madrid
27-29 Octubre
MADRID GAMING EXPERIENCE (La gran Feria del Videojuego)
Madrid
NOVIEMBRE
2-5 Noviembre
SALÓN DEL MANGA DE Barcelona
Barcelona
4-6 Noviembre
SALÓN LOOK MADRID (Salón Internacional de la Imagen y la Estética Integral)
Madrid
10-12 Noviembre
EXPOMINER (Salón de Minerales, Fósiles y Joyería)
Barcelona
14-16 Noviembre
SMART CITY EXPO WORLD CONGRESS (Salón del Equipamiento para las Ciudades y el Medio Ambiente)
Barcelona
14-16 Noviembre
INDUFERIAS-HINCHALIA (Feria Internacional de Atracciones de Ferias, Parques Infantiles, Máquinas para Juegos de Azar y Elementos Auxiliares)
Valencia
14-16 Noviembre
HYGIENALIA+PULIRE (Feria Española para la Limpieza e Higiene Profesional)
Madrid
23-26 Noviembre
INTUR (Feria del Turismo de Interior)
Valladolid

lunes, 26 de diciembre de 2016

3 plazas del Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado.

1. Normas generales
1.1 Se convoca oposición para cubrir tres plazas vacantes en el Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado.
1.2 En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria y en el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado, se aplicarán las normas establecidas con carácter general para el ingreso en la función pública.
2. Requisitos para participar en la oposición
2.1 Para poder opositar los aspirantes manifestarán en sus solicitudes que cumplen, al día de expiración del plazo de presentación, las siguientes condiciones:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Ser licenciado o graduado universitario en Derecho o estar en posesión del título que lo sustituya. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que están en posesión de la convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que sea incompatible con el desempeño de funciones públicas.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en la oposición deberán presentar su solicitud en las Oficinas del Consejo de Estado, calle Mayor número 79, 28013 Madrid, antes del 27 de febrero de 2017, a las catorce horas. También podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2 La solicitud deberá contener, de los datos que enumera el artículo 66 de la Ley 39/2015, el nombre y dos apellidos del interesado, domicilio y firma del solicitante. Junto a dicha solicitud, si el aspirante lo estima oportuno, podrá remitir su currículum vítae.
3.3 A la solicitud se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad.
3.4 Las personas con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud.
3.5 Deberá procederse al ingreso en metálico de 29,89 euros, en la Habilitación del Consejo de Estado, o, en su caso, acompañar el resguardo del giro postal, a favor de la Habilitación del Consejo de Estado, por dicho importe.

domingo, 25 de diciembre de 2016

vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral de la Comunitat Valenciana.

Artículo 1. Zonas de veda.
Queda prohibida la pesca de cerco a los buques españoles, en las aguas exteriores de las siguientes zonas marítimas, durante las fechas que se indican:
a) Zona comprendida entre la demora de 123º trazada desde la desembocadura del rio Senia, en situación de 40º- 31,45’ de latitud Norte y 000º- 31,00’ de longitud Este y el paralelo de 39º- 21,50’ de latitud Norte (Gola del Perelló), desde el día de la entrada en vigor de la presente orden hasta el día 31 de enero de 2017, ambos inclusive.
b) Zona comprendida entre el paralelo de 39º- 21,50’ Norte (Gola del Perelló) y la demora de 120º trazada desde el punto situado en 37º- 50,90’ de latitud Norte y 000º- 45,70’ de longitud Oeste, desde el día de entrada en vigor de la presente orden hasta el día 5 de enero de 2017, ambos inclusive.
Artículo 2. Financiación de las paradas temporales.
Previo Acuerdo de la Conferencia Sectorial correspondiente, las paradas temporales de la actividad pesquera que se efectúen en cumplimiento de las vedas establecidas en el artículo 1.º, podrán recibir financiación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, así como las que específicamente se establezcan en el mencionado Acuerdo.
Artículo 3. Infracciones y sanciones.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará de acuerdo con lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de pesca marítima.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado».

BOE» núm. 310, de 24 de diciembre de 2016, páginas 90490 a 90491 (2 págs.)]

se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica

Real Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica.
... el presente real decreto-ley profundiza en las medidas de protección a los consumidores de energía eléctrica que son vulnerables a que se alude en la Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio de 2009.
En primer lugar se modifica el artículo 45 de la mencionada ley, en sus apartados 1 párrafo segundo y 3, con el objetivo, de clarificar respectivamente, por un lado, que la definición de consumidores vulnerables podrá incluir distintos colectivos de vulnerables atendiendo a sus características sociales y poder adquisitivo, y a los umbrales de renta que se establezcan, tal y como prevé el apartado 2 del propio artículo 45. Por otro, y consecuencia de lo anterior, que el valor base sobre el que se aplique el bono social podrá ser distinto según las categorías de consumidores vulnerables que se establezcan, y seguirá denominándose tarifa de último recurso, pudiendo haber más de una.
En segundo lugar, se crea como novedad una nueva categoría en la lista de suministros de energía eléctrica que tienen carácter de esenciales según el artículo 52 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Así, se contempla que los suministros a consumidores que tengan la condición de vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes en relación con dichos suministros por hallarse, en atención a su renta, en riesgo de exclusión social tendrán carácter de esenciales. Estos suministros se circunscribirán a personas físicas en su vivienda habitual y el cumplimiento de los requisitos indicados deberá ser acreditado mediante documento expedido por los servicios sociales de las referidas Administraciones Públicas.
En tercer lugar, se complementa esta definición con otras modificaciones en el artículo 52 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, relativas a la excepción para este colectivo de consumidores vulnerables severos de la aplicación de las previsiones relativas a la suspensión del suministro, así como de la aplicación de recargos o afectación por las empresas distribuidoras de los pagos que perciban de aquellos de sus clientes que tengan suministros vinculados a servicios declarados como esenciales en situación de morosidad.
Asimismo, la asunción parcial del coste que pueda derivarse del suministro de energía eléctrica a este nuevo colectivo de suministros esenciales se configura como una nueva obligación de servicio público, según lo dispuesto en la meritada Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE. Esta obligación será asumida, en atención a las razones antes expuestas, por los mismos sujetos a los que corresponde el reparto del coste del bono social en los términos que resultan de la nueva redacción del artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, introducida por la presente disposición.
Las aportaciones que deban realizarse por este concepto, estarán diferenciadas de las que correspondan al bono social y tendrán un límite máximo a fijar por orden del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Dichas aportaciones tendrán carácter parcial o de cofinanciación, complementando las que realicen las Administraciones Públicas competentes encargadas de atender a los suministros que se identifiquen en situación de riesgo de exclusión social.
Reglamentariamente se establecerán los mecanismos y actuaciones necesarios para la asignación de dichas aportaciones.
En cuarto lugar, y en el mismo artículo 52 antes mencionado, se amplía hasta cuatro meses el plazo para suspender el suministro en caso de impago para los consumidores vulnerables que se determinen reglamentariamente.
...

de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Este real decreto-ley se estructura en dos capítulos, integrados por tres artículos, una disposición transitoria y tres disposiciones finales.
El primer capítulo introduce modificaciones significativas a la Ley 18/2014, de 15 de octubre, que favorecerán el acceso y la inscripción de jóvenes al Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que mejorarán la gestión y eficacia del sistema. Las medidas de este capítulo contribuirán además a hacer un uso pleno y óptimo de los instrumentos de financiación de la política de cohesión.
En primer lugar, se simplifican los requisitos que se fijaban para poder ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, respetando en todo caso los requerimientos derivados de la normativa comunitaria.
En segundo lugar, se permite que todas las entidades participantes en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil puedan establecer procedimientos específicos, de conformidad con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para la inscripción de los jóvenes en el fichero único del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
En tercer lugar, se posibilita que todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, que cumplan con los requisitos de la Garantía Juvenil, sean inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluso con efectos retroactivos, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.
Además, se prevé la participación de los interlocutores sociales en el procedimiento de inscripción de los jóvenes y en la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, lo que permitirá que los interlocutores sociales participen activamente en todos los niveles del sistema. A la Comisión Delegada también se incorporan el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el entendimiento de que las soluciones a la garantía juvenil deben venir del trabajo conjunto de los ámbitos de empleo, educación, servicios sociales y juventud.
El segundo capítulo establece la conversión de reducciones a la cotización a la Seguridad Social en bonificaciones, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, cuando se trate de medidas en beneficio de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Para ello, introduce modificaciones en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, y en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

viernes, 23 de diciembre de 2016

1 plaça de tècnic d´intervenció, Ajuntament de Salt (Girona)

L´Ajuntament de Salt, per decret d´Alcaldia de data 11 de novembre de 2016, va convocar el procediment de selecció per a proveir definitivament, mitjançant concurs oposició lliure, una plaça de tècnic d´intervenció, inclosa a l´oferta pública d´ocupació de l´any 2016. Les bases reguladores i annexos d´aquesta convocatòria es van aprovar per la Junta de Govern Local en data 21 d´octubre de 2016 i s´han publicat en el BOP de Girona núm. 222, de data 21 de novembre de 2016.
Les instàncies-tipus sol.licitant prendre part en les proves es presentaran en el registre general de l'Ajuntament, o en la forma que determina l'art. 16 de la Llei 39/2015, d´1 d´octubre, del Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques, dirigides a l´Alcalde President de la Corporació, en el termini de 20 dies naturals, comptats a partir del dia següent de la darrera publicació d'aquesta convocatòria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya {del 23 de desembre de 2016 a l' 11 de gener de 2017, a.i.} o en el Boletín Oficial del Estado.

bolsa de trabajo de Conserje, Ordenanza, Peón de Mantenimiento y similar. Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia).

Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia). Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de Conserje, Ordenanza, Peón de Mantenimiento y similar.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcantarilla de fecha 22 de noviembre de 2016, se han aprobado las Bases que regularán la creación de una bolsa de trabajo de conserje, ordenanza, peón de mantenimiento y similar.
En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base tercera de las Bases que regulan la convocatoria. Las instancias se dirigirán al Sr Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcantarilla, y se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto de las bases en el B.O.R.M. {del 24 de diciembre de 2016 al 10 de enero de 2017, a.i.} También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, remitiendo el mismo día de la presentación copia de la solicitud al Ayuntamiento de Alcantarilla al e-mail (rrhh@ayto-alcantarilla.es)
A la instancia se acompañará currículum vítae, fotocopia del NIF, fotocopia de los requisitos exigidos y de los méritos alegados (titulación, experiencia profesional y formación complementaria), así como el justificante de pago de la tasa de 5 euros, bonificación o exención de esta. La carta de pago de la tasa se podrá retirar en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Alcantarilla, situada en la C/ San Sebastián, n.º 3, o también podrá solicitarse mediante correo electrónico a la dirección recaudación@ayto-alcantarilla.es.
Los méritos y circunstancias que aleguen los aspirantes habrán de entenderse referidos al día en que finalice el plazo de presentaciones de instancias.
Las Bases de la citada convocatoria y sucesivos trámites se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web: http://www.alcantarilla.es/hacienda/empleo-publico/

Feliç Any Nou 2017

20 plazas del Cuerpo de Abogados del Estado, Código 0903, por el sistema general de acceso libre.

Bases comunes
En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otros, en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) y en el portal del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es).
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas del Cuerpo de Abogados del Estado, Código 0903, por el sistema general de acceso libre.
1.2 Del total de estas plazas se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
1.3 La plaza reservada para personas con discapacidad que quede desierta no se podrá acumular al turno libre.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Derecho o Graduado en Derecho.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Solicitudes
6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o desde la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Empleo Público - Oposiciones y procesos selectivos).
6.2 Las solicitudes se presentarán en papel o por vía electrónica.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física (más información en http://firmalectronica.gob.es y en http://dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
Las solicitudes en soporte papel se cumplimentarán en el modelo oficial (administracion.gob.es/PAG/modelo790) y deberán presentarse en el Registro Auxiliar de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, C/ Ayala, 5, 28001 Madrid, así como en los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número: ES62 0182 2370 42 020800 0060 del Banco Bilbao Vizcaya a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Justicia. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
6.3 Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 24 de diciembre de 2016 al 24 de enero de 2017, a.i.} y se dirigirá al Abogado General del Estado-Director del Servicio Jurídico del Estado. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo II. En dicho Anexo figuran las posibles exenciones al pago de tasas y se completa la información respecto a su pago.

se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017.

1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto determinar:
a) Las características, el diseño y el contenido de la prueba de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
b) Las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas.
2. Ámbito de aplicación.
La evaluación de Bachillerato, regulada en la presente orden, se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.
3. Materias objeto de evaluación.
Las pruebas versarán sobre las materias generales del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso de la modalidad elegida para la prueba y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura. Los alumnos que quieran mejorar su nota de admisión podrán examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso.
4. Características y diseño de las pruebas.
Conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y a lo dispuesto en el artículo 2.3 del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, las características y el diseño de las pruebas comprenderán la matriz de especificaciones, la longitud (número mínimo y máximo de preguntas), tiempo de aplicación, la tipología de preguntas (preguntas abiertas, semiabiertas y de opción múltiple) y los cuestionarios de contexto.
Conforme al artículo 24.4 del mencionado Real Decreto 310/2016, se velará por la adopción de las medidas necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad.
9. Fechas límite para la realización de las pruebas.
1. Las pruebas deberán finalizar antes del día 16 de junio.
Los resultados provisionales de las pruebas serán publicados antes del 30 de junio.
2. Las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria deberán finalizar:
a) Antes del día 8 de julio, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de julio. En este caso, los resultados provisionales de las pruebas deberán ser publicados antes del 22 de julio.
b) Antes del día 15 de septiembre, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de septiembre. En este caso, los resultados provisionales deberán ser publicados antes del 23 de septiembre.
12. Organización de las pruebas.
1. Las administraciones educativas, en colaboración con las universidades, organizarán la realización material de las pruebas que configuran la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
2. En lo que no se oponga a lo dispuesto en el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y a lo regulado en esta orden ministerial, las universidades asumirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con la Prueba de acceso a la Universidad que se ha venido realizando hasta el curso 2016-2017. No obstante, cada administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realización de las pruebas.

jueves, 22 de diciembre de 2016

bolsa de trabajo de técnicos auxiliares de informática. Ayuntamiento de Massanassa (Horta Sud-València)

ANUNCIO
La Resolución de Alcaldía nº 1369/2016 aprobó las bases para la constitución de una bolsa de trabajo de técnicos auxiliares de informática para la contratación de nombramiento interino, pudiéndose consultar las bases que rigen el procedimiento en la página web municipal www.massanassa.es.
Los interesados podrán participar en el proceso presentando la solicitud modelo de admisión a pruebas selectivas disponible en la web municipal, así como en el Registro General del Ayuntamiento, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 23 de diciembre de 2016 al 11 de enero de 2017, a.i.}
La lista de aspirantes admitidos y excluidos, la fecha y el lugar de realización de las pruebas se anunciará en la página web y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

3 Becas para la formación práctica de Documentalistas. Junta Electoral Central

Se convoca el presente concurso con el fin de adjudicar tres becas individuales para la formación y colaboración en la realización de estudios y trabajos de carácter documental, relacionados con la actividad de la Junta Electoral Central, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Primera. Objeto.
La Junta Electoral Central convoca tres becas individuales para postgraduados, para la formación y colaboración en la realización de trabajos y estudios en el ámbito de la documentación y la gestión de información y contenidos relacionados con la actividad de la Junta Electoral Central. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Junta Electoral Central.
De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 siempre que reúnan los requisitos establecidos en las bases cuarta y sexta.2, y que acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 2 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y su compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía.
1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su dotación será de 1.100 euros brutos mensuales en los ejercicios 2017 y 2018. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas. Las becas serán indivisibles e incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.
2. La beca podrá prorrogarse por un período máximo de seis meses cuando la conclusión de los trabajos y estudios que se estén realizando así lo aconseje.
La prórroga será acordada por el Presidente de la Junta Electoral Central, a propuesta del Secretario de la Junta Electoral Central.
3. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Junta Electoral Central. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.
Cuarta. Condiciones de los solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de beca los españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios de Nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES):
– Licenciatura en Documentación.
– Máster oficial en materia de Información y Documentación, Derecho, Ciencias Políticas, Sociología o Historia, siempre que se haya accedido al Máster desde titulaciones universitarias de Biblioteconomía y Documentación.
Dichos títulos deben haber sido expedidos por Universidades españolas u homologados por el Ministerio de Educación.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención de los títulos universitarios de Licenciado o de Máster con posterioridad al 1 de enero de 2011.
c) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de la Junta Electoral Central de las mismas características y no haber renunciado a la misma.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.
Quinta. Solicitudes.
1. Los solicitantes deben presentar una instancia (disponible en la página web de la Junta Electoral Central http://www.juntaelectoralcentral.es), que ha de ajustarse al modelo que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria, en el Registro de la Secretaría Técnica de la Junta Electoral Central (Carrera de San Jerónimo, 36, entreplanta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 16.4.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3. La instancia deberá incluir relación de méritos, a cuyo efecto será imprescindible adoptar el esquema del modelo que figura en el anejo II de la presente convocatoria.
4. A la solicitud deberá acompañarse:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia del título universitario y expediente académico de los estudios de Licenciado en Documentación o de Máster oficial y, en su caso, de los correspondientes estudios universitarios de Biblioteconomía y Documentación.
c) Justificación documental fehaciente de los méritos alegados. Esta documentación deberá presentarse organizada según el esquema de epígrafes del modelo citado en el apartado anterior (anexo II), debiendo ir los documentos numerados y en el mismo orden que la relación de méritos. Se podrán presentar fotocopias de esta documentación. No obstante, el Jurado podrá requerir a los candidatos, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de los documentos originales para su cotejo.
d) Fotocopia de resolución de reconocimiento de grado de discapacidad, en su caso.

1 plaza de Técnico de Administración General, (A1), del Ayuntamiento de Sant Carles de la Ràpita (Tarragona)

Resolución de 15 de diciembre de 2016, del Ayuntamiento de Sant Carles de la Ràpita (Tarragona), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
En el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya n.º 7266, de 14 de diciembre de 2016, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Técnico de Administración General, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el último de los boletines oficiales. {del 23 de diciembre de 2016 al 11 de enero de 2017, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios y en la web municipal https://seu.larapita.cat/ofertaPublicaCategoriaPublic/categories/Personal_fix.

20 plazas del Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas, código 4113, por el sistema general de acceso libre.

Bases generales
Las bases generales por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en el Anexo V de la Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, de 23 de octubre de 2014, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 15 de octubre de 2014, que aprueba las bases generales y los programas que han de regir las pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos Superiores de Letrados y Auditores y Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo, modificado por Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 17 de diciembre de 2015 (BOE de 28 de diciembre).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir veinte plazas del Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas, código 4113, por el sistema general de acceso libre.
1.2 Del total de plazas convocadas se reservará una para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Si esta plaza no fuera cubierta se acumulará al cupo del siete por ciento de la oferta siguiente, con un límite del diez por ciento.
4. Calendario
4.1 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará antes del día 30 de abril de 2017.
5. Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos al proceso selectivo, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:
5.1 Nacionalidad: tener la nacionalidad española.
5.2 Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas encomendadas al Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo.
5.3 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
5.4 Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo cuerpo, escala o especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.
5.5 Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los siguientes títulos: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
A estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5.6 Pago de la tasa dentro del plazo establecido.
5.7 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, como mínimo, hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de admisión a pruebas selectivas, ajustada al modelo que figura como Anexo I, realizar el pago de la correspondiente tasa de derechos de examen y presentar la solicitud en la forma establecida.
Los aspirantes harán constar en la solicitud si desean realizar el quinto ejercicio, consistente en la traducción de un texto de los idiomas inglés o francés, indicando, en su caso el idioma del que solicitan ser examinados.
Los aspirantes que opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 mediante el certificado de discapacidad y deberán expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
Asimismo, deberán señalar en su solicitud las posibles adaptaciones de tiempo y medios que pudieran requerir para la realización de los ejercicios, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8.9.
6.2 Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Tribunal de Cuentas en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 23 de diciembre de 2016 al 11 de enero de 2017, a.i.}. La presentación de solicitudes podrá realizarse por vía telemática a través de la sede electrónica de la web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es). Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal de Cuentas, así como en los registros previstos en al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se cursen por conducto de Oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado de Correos antes de ser certificadas, en aplicación de lo dispuesto en el precepto anteriormente citado.
Las solicitudes suscritas por españoles residentes en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las correspondientes representaciones diplomáticas o consulares españolas, quienes las remitirán al Organismo competente. El interesado adjuntará a su solicitud el comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.
El modelo de solicitud para cumplimentar e imprimir se encuentra disponible en la sede electrónica de la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante
6.3 La tasa por derechos de examen será de 22,42 euros, ...