lunes, 7 de diciembre de 2009

subvenciones a programas, proyectos y microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo que realicen ONGD a ejecutar en el exterior.

Conselleria de Solidaritat i Ciudatania . ORDE d’1 de desembre de 2009, de la Conselleria de Solidaritat i Ciutadania, per la qual es convoquen, per a l’any 2010, subvencions a programes, projectes i microprojectes de cooperació internacional per al desenrotllament que realitzen organitzacions no governamentals per al desenrotllament (ONGD) que s’han d’executar en l’exterior. [2009/13987]
ORDEN de 1 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, por la que se convocan, para el año 2010, subvenciones a programas, proyectos y microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo que realicen organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) a ejecutar en el exterior. [2009/13987]
Primero.- Convocar subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de programas, proyectos y microproyectos de cooperación para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos.
Segundo.- Aprobar las bases por las que se regula esta convocatoria, que se incluyen como anexo I de la presente orden.

ANEXO I - Bases por las que se regula la convocatoria de subvenciones dirigidas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la cofinanciación de programas, proyectos y microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos
Base 1. Objeto de la Convocatoria.- Es objeto de la presente orden, convocar subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de programas, proyectos y microproyectos de cooperación para el desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos.
Las diferentes modalidades y líneas de subvención serán las siguientes:
1.1. Programas de cooperación internacional para el desarrollo.- Un programa es, a los efectos de la presente convocatoria, un conjunto de actividades planificadas a medio plazo, con un carácter integral y un amplio impacto en una zona y en uno o varios sectores de intervención. Los programas, que podrán estar integrados por varios proyectos, deben apoyarse en procesos de planificación, continuidad y sostenibilidad que implican una mayor complejidad y temporalidad de las actuaciones.
Las subvenciones a conceder para la realización de programas no podrán exceder de 500.000 €, cantidad que se elevará a 800.000 € en el caso de que sean presentados y ejecutados por una agrupación de ONGD. El coste total del programa habrá de ser inferior a 625.000 € o a 1.000.000 € si se presenta por una agrupación de ONGD.
La duración de los programas deberá estar comprendida entre 18 y 48 meses.
1.2. Proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.- Se entiende por proyecto el conjunto de acciones dirigidas a la consecución de un objetivo específico que pueden estar insertas en programas o planes de desarrollo de mayor envergadura. Los proyectos se apoyan en planificaciones muy definidas, con previsiones concretas de los recursos necesarios y la temporalidad de su ejecución.
La subvención máxima a conceder por proyecto no podrá ser superior a 300.000 €. No obstante, el límite máximo subvencionable se amplía hasta 400.000 € para aquellos proyectos que tengan por objeto específico el desarrollo socioeconómico con enfoque de soberanía o seguridad alimentaria, para reducir la grave crisis alimentaria mundial que afecta especialmente a los países estructuralmente empobreci
dos, problemática directamente vinculada al logro del primero de los Objetivos del Milenio.
El coste total de un proyecto no podrá superar la cuantía de 375.000 €, salvo en el caso de que tenga por objeto específico la soberanía y/o seguridad alimentaria en que el importe del coste total se eleva a 500.000 €.
El periodo de ejecución de los proyectos será de hasta 36 meses.
1.3. Microproyectos de cooperación internacional para el desarrollo.- Un microproyecto es una intervención o acción puntual de cooperación para el desarrollo, que puede o no contribuir a la consecución de proyectos o programas de desarrollo y que, por tanto, complementa o refuerza la estrategia de desarrollo en un determinado sector de población, comunidad o colectivo específico al que se dirige.
El importe máximo de subvención por cada microproyecto será de 50.000 euros y el coste total del proyecto no podrá ser superior a 62.500 €.
El período de ejecución de un microproyecto no será superior a 12 meses.
Base 6. Presentación de solicitudes.- 1. Para cada programa, proyecto o microproyecto deberá presentarse una solicitud, de acuerdo con el modelo que figura como Anexo II de la presente orden, y en el Portal de la Generalitat (
www.gva.es ) accediendo a los apartados “Guía Prop”-”Trámites y Servicios”, debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal de la entidad.
2. El lugar de presentación de las solicitudes es la Dirección General de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad, sita en la Plaza San Nicolás, nº 2 (Valencia 46001) o cualquiera de los lugares que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de enero de 2010.

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