sábado, 16 de abril de 2011

ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Se

Orden CIN/936/2011, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2011.
1. Objeto. La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
2. Objetivos de las ayudas. El objetivo del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa es fortalecer el desarrollo de capacidades estratégicas de investigación de centros y unidades ya existentes que acrediten altos niveles de excelencia, por evaluación de resultados, incidiendo no solo en la capacidad de ejecución y organización de la investigación, sino también en la estrategia de formación, selección y atracción de recursos humanos, en la proyección y colaboración internacional del centro/unidad, y en la divulgación del conocimiento generado a la sociedad.
5. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas objeto de la presente orden las entidades con personalidad jurídica propia que se mencionan a continuación:
a) Los centros públicos de investigación: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de investigación vinculados o dependientes de la Administración General del Estado y los centros de investigación vinculados o dependientes de las administraciones públicas territoriales, independientemente de su naturaleza jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad regular demostrada en investigación científica.
b) Los centros privados de investigación universitarios: universidades privadas o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
c) Otros centros privados de investigación sin ánimo de lucro.
3. Las entidades beneficiarias incluidas en esta orden se encuadran dentro de la categoría «Organismos de investigación» contemplada en el punto 2.2.d del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/C 323/01). El principal objetivo de los integrantes de esta categoría debe ser la realización de investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y difundir los resultados de las mismas mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de tecnología, debiendo reinvertir todos los beneficios en estas actividades, la divulgación de sus resultados o la enseñanza.
15. Régimen general de las convocatorias. 1. El procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en esta orden se iniciará de oficio mediante la aprobación de la correspondiente convocatoria, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
19. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. El plazo de presentación de las solicitudes será el que se establezca en las respectivas convocatorias.
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Convocatoria correspondiente al año 2011 del procedimiento para la concesión de ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa
29. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, correspondiente al año 2011, de ayudas públicas y de la acreditación «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa», del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional, con la finalidad de fortalecer el desarrollo de capacidades estratégicas de investigación de centros y unidades ya existentes que acrediten altos niveles de excelencia por evaluación de resultados.
33. Actividades objeto de las ayudas. Plazo de ejecución. 1. Serán objeto de ayuda los programas de investigación y de recursos humanos de los centros/unidades cuyo contenido se define en los artículos 37 y 38, con objeto de desarrollar sus capacidades estratégicas de investigación científica.
2. El plazo de ejecución de los programas objeto de ayuda será de cuatro años, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión que en ningún caso será anterior a la de presentación de la solicitud.
43. Fases de evaluación y selección. El proceso de evaluación y selección se articulará en dos fases:
a) Primera fase: se evaluará la relevancia científica de los centros/unidades, su organización, su estrategia de recursos humanos y su posicionamiento competitivo en el ámbito internacional en los términos que se describen en la memoria científica. Esta fase se iniciará con la presentación de la solicitud preliminar.
Superarán la primera fase los centros/unidades que obtengan una puntuación mínima de 80 puntos.
b) Segunda fase: se evaluará el programa de investigación, el programa de recursos humanos y el plan de seguimiento y evaluación de resultados. Esta fase se iniciará con la presentación de la solicitud por los centros/unidades que hayan superado la primera fase.
Forma y plazo de presentación de solicitudes en la primera fase. Solicitudes preliminares.
1. Las solicitudes preliminares se presentarán en una de las siguientes grandes áreas temáticas:
a) Ciencias de la Vida.
b) Matemáticas, Ciencias Experimentales e Ingenierías.
c) Ciencias Humanas y Sociales.
3. El plazo de presentación de solicitudes preliminares será desde el 25 de abril hasta el 16 de mayo de 2011.
Sede electrónica del MICINN (https://sede.micinn.gob.es/cve )

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