lunes, 25 de abril de 2011

subvenciones para el desarrollo de Centros Escolares promotores de la actividad física y el deporte para el año 2011.

Resolución de 8 de marzo de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de Centros Escolares promotores de la actividad física y el deporte para el año 2011.
Objeto, normativa aplicable y beneficiarios. 1. El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva de subvenciones a Comunidades y Ciudades Autónomas para financiar gastos y/o programas que ayuden a desarrollarlos Centros Escolares Promotores de la Actividad Física y el Deporte. Asimismo, podrán ser subvencionables las entidades de derecho público con personalidad jurídica independiente, que estén constituidas como medio propio de las Comunidades Autónomas y gestionen para éstas la/s acción/es de desarrollo de los Centros Escolares Promotores de la Actividad Física y el Deporte.
2. La convocatoria se regirá por la presente Resolución, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECI/2768/2007, de 20 de septiembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, y las demás normas vigentes que resulten aplicables.
4. Las subvenciones otorgadas por el Consejo Superior de Deportes en el marco de la presente Resolución serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera entes públicos o privados, nacionales o internacionales. La cuantía de las cantidades asignadas por el Consejo Superior de Deportes a los beneficiarios en ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad subvencionada.
5. El importe máximo a subvencionar será de 410.000,00 euros.
Procedimiento de solicitud de las ayudas. 1. Las solicitudes para el desarrollo de los Centros Escolares Promotores de la Actividad Física y el Deporte para el año 2011, deberán estar formuladas por las Comunidades y Ciudades Autónomas o por las entidades de derecho público interesadas ya definidas, y enviadas como fecha tope15 días hábiles desde el día de la publicación en BOE, al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes/Subdirección General de Promoción Deportiva y Deporte Paralímpico por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.{del 26 de abril al 11de mayo de 2011, a.i.}
Para poder solicitar esta subvención, deberán descargarse el modelo de Solicitud y los anexos I y II, desde la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes: En la opción Catálogo de Trámites, trámite número 998738.
La presentación de solicitudes podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:
a) Presentación de modo físico (en soporte papel), personalmente o por correo ante el Registro General del Consejo Superior de Deportes, calle Martín Fierro, s/n, 28040 Madrid, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, e irán dirigidas al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes. Subdirección General de Promoción Deportiva y Deporte Paralímpico.
b) A través de la Sede Electrónica del CSD que se encuentra en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es, en la opción de Mis Trámites y previo registro en dicha sede.
Para la presentación en modo telemático ante el Registro Electrónico del CSD será necesario alguno de los certificados válidos indicados en la Sede Electrónica.

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