Resolución 452/38058/2011, de 4 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, para el acceso como militar de carrera o militar de complemento, en diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan.
Primero.–Convocar los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, indicando el número de plazas, el anexo correspondiente para cada uno de ellos, y las bases comunes y específicas que los regulan para incorporarse como militar de carrera, o adscribirse como militar de complemento, a los diferentes cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas, conforme a lo indicado en el artículo 18.2. de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
Bases comunes
Primera. Oferta de las plazas.–En cada anexo específico de esta Resolución, se determina el número de plazas y sus características, de acuerdo con el Real Decreto 261/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2011.
Tercera. Programa.–En cada anexo se indica el «Boletín Oficial del Estado» en el que ha sido publicada la Orden que regula las normas y, en su caso, el programa de la fase de oposición por la que se rige cada uno de los procesos de selección.
Cuarta. Requisitos de los aspirantes. 1. Generales: Para ser admitidos a la realización de cada proceso de selección los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o en la fecha que expresamente se determine en cada anexo, los requisitos contenidos en las bases específicas y los que a continuación se relacionan. Asimismo, dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: Española.
1.6 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2011, la edad que se determina, para cada caso, en el anexo correspondiente.
1.7 Estar en condiciones de obtener, en la forma y plazos que se establecen en cada anexo, el nivel de estudios o la titulación requerida para el acceso a la Escala y Cuerpo correspondiente. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando, antes de dicho plazo, se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
Cuando se exija titulación universitaria previa los aspirantes que la hayan obtenido en universidades extranjeras deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación al título universitario español que para acceder a cada cuerpo se requiera, que será obtenida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (BOE número 55, de 4 de marzo), modificado por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo (BOE número 67 de 19 de marzo) por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
Quinta. Solicitud admisión al proceso de selección.
1. Para solicitar la admisión al proceso de selección correspondiente, los aspirantes deberán remitir la solicitud al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, Paseo de la Castellana 109, 28071 Madrid. El formulario de solicitud, junto con el resto de apéndices e instrucciones de cumplimentación, podrá descargarse desde la página web www.soldadosymarineros.com.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, los aspirantes que dispongan de un certificado digital válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil también podrán tramitar la documentación por correo electrónico siguiendo el procedimiento establecido en esta Resolución.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 12 de abril al 3 de mayo de 2011, a.i.}, excepto para los aspirantes a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, de la especialidad fundamental Medicina, y aspirantes a la condición de militar de complemento, adscritos a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, de la especialidad fundamental Medicina, que tendrán como fecha límite la indicada en el anexo V.
4. Los aspirantes remitirán con la solicitud la siguiente documentación:
4.1 Ejemplar para la Administración del modelo 790, apéndice 2, debidamente validado por la entidad financiera, justificativo de haber ingresado las cantidades establecidas en esta convocatoria, en concepto de derechos de examen. Los aspirantes deberán presentar un ejemplar del modelo 790 por cada proceso de selección en el que participen.
4.1.1 Los ejemplares podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa y en las Subdelegaciones de Defensa, o bien podrá descargarse desde la página web http://www.060.es/060/appmanager/portal/desktop/page/inscripcionPruebasSelectivasInternet.
El ingreso del importe correspondiente se efectuará en cualquier entidad financiera de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Anexos. Bases Específicas
I. Cuerpos de Intendencia.
II. Cuerpos de Ingenieros.
III. Cuerpo Jurídico Militar.Bases comunes
Primera. Oferta de las plazas.–En cada anexo específico de esta Resolución, se determina el número de plazas y sus características, de acuerdo con el Real Decreto 261/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2011.
Tercera. Programa.–En cada anexo se indica el «Boletín Oficial del Estado» en el que ha sido publicada la Orden que regula las normas y, en su caso, el programa de la fase de oposición por la que se rige cada uno de los procesos de selección.
Cuarta. Requisitos de los aspirantes. 1. Generales: Para ser admitidos a la realización de cada proceso de selección los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o en la fecha que expresamente se determine en cada anexo, los requisitos contenidos en las bases específicas y los que a continuación se relacionan. Asimismo, dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: Española.
1.6 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2011, la edad que se determina, para cada caso, en el anexo correspondiente.
1.7 Estar en condiciones de obtener, en la forma y plazos que se establecen en cada anexo, el nivel de estudios o la titulación requerida para el acceso a la Escala y Cuerpo correspondiente. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando, antes de dicho plazo, se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
Cuando se exija titulación universitaria previa los aspirantes que la hayan obtenido en universidades extranjeras deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación al título universitario español que para acceder a cada cuerpo se requiera, que será obtenida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (BOE número 55, de 4 de marzo), modificado por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo (BOE número 67 de 19 de marzo) por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
Quinta. Solicitud admisión al proceso de selección.
1. Para solicitar la admisión al proceso de selección correspondiente, los aspirantes deberán remitir la solicitud al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, Paseo de la Castellana 109, 28071 Madrid. El formulario de solicitud, junto con el resto de apéndices e instrucciones de cumplimentación, podrá descargarse desde la página web www.soldadosymarineros.com.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, los aspirantes que dispongan de un certificado digital válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil también podrán tramitar la documentación por correo electrónico siguiendo el procedimiento establecido en esta Resolución.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 12 de abril al 3 de mayo de 2011, a.i.}, excepto para los aspirantes a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, de la especialidad fundamental Medicina, y aspirantes a la condición de militar de complemento, adscritos a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, de la especialidad fundamental Medicina, que tendrán como fecha límite la indicada en el anexo V.
4. Los aspirantes remitirán con la solicitud la siguiente documentación:
4.1 Ejemplar para la Administración del modelo 790, apéndice 2, debidamente validado por la entidad financiera, justificativo de haber ingresado las cantidades establecidas en esta convocatoria, en concepto de derechos de examen. Los aspirantes deberán presentar un ejemplar del modelo 790 por cada proceso de selección en el que participen.
4.1.1 Los ejemplares podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa y en las Subdelegaciones de Defensa, o bien podrá descargarse desde la página web http://www.060.es/060/appmanager/portal/desktop/page/inscripcionPruebasSelectivasInternet.
El ingreso del importe correspondiente se efectuará en cualquier entidad financiera de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Anexos. Bases Específicas
I. Cuerpos de Intendencia.
II. Cuerpos de Ingenieros.
IV. Cuerpo Militar de Intervención.
V. Cuerpo Militar de Sanidad.
VI. Cuerpo de Músicas Militares.
Acceso Escala de Oficiales con titulación universitaria.
www.soldados.com/universitarios/como_ingresar/pruebas.htm.
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