RESOLUCIÓN 9/2012, de 9 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional del grupo profesional de Diplomados Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Primero.– Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes bases.
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como anexo I, que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional del Grupo Profesional de Diplomados Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como anexo III de la presente Resolución.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente que figura como anexo IV de la presente Resolución.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DEL GRUPO PROFESIONAL DE DIPLOMADOS SANITARIOS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria. 1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Terapeuta Ocupacional del Grupo Profesional de Diplomados Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos podrán ver modificado su número y características en función de la resolución de concurso de traslados que se convoque para el año 2011.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
2.– Requisitos de los aspirantes. Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
Plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOPV de las bases específicas de cada convocatoria, que finalizará a las 14 horas del último día del plazo.{del 27 de enero al 15 de febrero de 2012, a.i.}
Bases generales de procesos selectivos del Servicio Vasco de Salud
Página web del Servicio de Salud del Gobierno Vasco
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como anexo I, que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional del Grupo Profesional de Diplomados Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como anexo III de la presente Resolución.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente que figura como anexo IV de la presente Resolución.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DEL GRUPO PROFESIONAL DE DIPLOMADOS SANITARIOS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria. 1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Terapeuta Ocupacional del Grupo Profesional de Diplomados Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos podrán ver modificado su número y características en función de la resolución de concurso de traslados que se convoque para el año 2011.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
2.– Requisitos de los aspirantes. Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener la Diplomatura en Terapia Ocupacional,
expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al Grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo A2 (antiguo grupo B): 20 euros.
BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO GENERAL: páginas 10 y 11expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al Grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo A2 (antiguo grupo B): 20 euros.
Plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOPV de las bases específicas de cada convocatoria, que finalizará a las 14 horas del último día del plazo.{del 27 de enero al 15 de febrero de 2012, a.i.}
Bases generales de procesos selectivos del Servicio Vasco de Salud
Página web del Servicio de Salud del Gobierno Vasco
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