Orden AAA/613/2012, de 5 de marzo, por la que se publica, para el ejercicio 2012, la convocatoria de ayudas para planes de asistencia técnica en los sectores agroalimentarios acogidas al Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.
Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2012, para planes de asistencia técnica en los sectores agroalimentarios, previstas en la Orden APA/925/2007 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 86, de fecha 10 de abril de 2007.
Beneficiarios y actividades subvencionables. Podrán acceder a estas ayudas las asociaciones y entidades previstas en el articulo 2 de las bases reguladoras de estas ayudas, para la realización de planes de asistencia técnica que tengan por finalidad la mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios, tanto en el mercado interno como en los mercados externos, y cuyas actividades sean algunas de las establecidas en el artículo 3 de dichas bases reguladoras.
Solicitud y documentación que debe acompañarse. 1. Las solicitudes de subvenciones para planes de asistencia técnica destinados a la mejora de la comercialización de los sectores, se dirigirán al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según modelo que figura en el anexo de la presente Orden.
Presentación de las solicitudes y plazo. Las solicitudes se presentarán en el registro General del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2012 será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden. {del 29 de marzo al 28 de abril de 2012,a.i.}
Solicitud y documentación que debe acompañarse. 1. Las solicitudes de subvenciones para planes de asistencia técnica destinados a la mejora de la comercialización de los sectores, se dirigirán al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según modelo que figura en el anexo de la presente Orden.
Presentación de las solicitudes y plazo. Las solicitudes se presentarán en el registro General del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2012 será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden. {del 29 de marzo al 28 de abril de 2012,a.i.}
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