Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2017, de la Secretaría de
Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la digitalización del patrimonio bibliográfico y su difusión y preservación medianterepositorios.
BDNS(Identif.): 339676
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Comunidades autónomas y organismos y entidades
con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así
como universidades públicas españolas.
Entidades locales españolas y organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas.
Entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y reales academias.
Segundo. Objeto y finalidad:
Ayudas a proyectos de digitalización de bienes
que formen parte del Patrimonio Bibliográfico, conforme a lo establecido
en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico.
Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso, las
entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de
explotación necesarios sobre los mismos, de acuerdo con el Real Decreto
1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Propiedad Intelectual.
La finalidad perseguida es la creación de
recursos digitales mediante la digitalización, así como la asignación de
datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su carga
en un repositorio OAI-PMH, y su posterior agregación en el recolector
«Hispana» del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en
«Europeana».
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de
concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe máximo imputable a la subvención será
de 439.000 €. Las ayudas concedidas se sufragarán con cargo a los
créditos de las aplicaciones 18.13.332B.454.02 (CCAA y universidades
públicas 284.000 €), 18.11.332B.463 (Entidades locales 75.000 €) y
18.11.332B.480 (Entidades privadas sin fines de lucro y reales academias
80.000 €) del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte para 2017.
Cada entidad solicitante sólo podrá presentar una
solicitud y la cuantía de la ayuda solicitada deberá ser inferior a
60.000 euros. El solicitante deberá aportar como financiación propia
como mínimo el 15% del coste total del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de
treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de marzo al 3* de mayo de 2017, a.i.}
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