Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Secretaria deEstado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por laque se convocan los Premios Miguel Hernandez, edición 2017.
BDNS (Identif.): 335396
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios.
Instituciones públicas o entidades privadas sin
ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros
públicos de educación de personas adultas que se hayan destacado por las
actuaciones que figuran en el apartado segundo.
Segundo. Finalidad.
Dirigidos a reconocer y divulgar la labor
realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin
ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de
todo el Estado que se distingan por ofrecer una educación y formación
permanente innovadora de calidad a las personas adultas, su aportación
eficaz en las diferentes formas de alfabetización, favorecer el acceso a
la educación y la formación de los grupos socialmente desfavorecidos y
en situación de vulnerabilidad, contribuir al desarrollo de las
competencias clave, desarrollar acciones cuyo objetivo sea mejorar el
nivel educativo y la formación de este colectivo para facilitar el
desarrollo personal, social y profesional en la actual sociedad del
conocimiento y favorecer la formación de las personas mayores.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, publicada en el "BOE" de 12 de mayo de 2005.
Cuarto. Importe.
Los referidos premios estarán dotados económicamente con arreglo a la siguiente distribución:
1.º premio: 30.400,00 €. 2.º Premio: 20.000,00 €. 3.º Premio: 13.216,00 €.
Los galardonados recibirán igualmente una
distinción acreditativa. El jurado podrá conceder menciones especiales
de reconocimiento sin dotación económica.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será
desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el
"Boletín Oficial del Estado" hasta el 28 de abril de 2017.
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