lunes, 20 de marzo de 2017

Subvenciones para inversiones en restauración para ayuntamientos de la provincia de Alicante que presenten zonas degradadas por el vertido incontrolado de residuos.

BDNS(Identif.):335944
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios:
Podrán optar a la convocatoria los ayuntamientos de la provincia de Alicante que presenten zonas degradadas por el vertido incontrolado de residuos.
Segundo.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas en el ejercicio de 2017, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, para los gastos derivados de la ejecución por la Diputación Provincial de Alicante de las obras de restauración de zonas degradadas por el vertido incontrolado de residuos. Se entiende como restauración de zonas degradadas por el vertido incontrolado de residuos la adecuación de aquellas zonas de acceso libre en las que se haya producido vertido de residuos sin autorización, a fin de retirar los residuos vertidos y acondicionar la zona para su integración paisajística y erradicación del foco de vertido. No se incluyen en la convocatoria aquellas zonas de acceso restringido mediante vallado o cerramiento en las que se efectúe vertido de residuos.
Las actuaciones subvencionadas serán ejecutadas por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, que asimismo se encargará de la contratación y dirección de dichas obras, de la coordinación de su seguridad y salud, así como, de la redacción de los correspondientes proyectos simplificados o memorias valoradas.
Cuarto.- Cuantía:
La dotación económica prevista asciende a la cantidad de 100.000,00 euros, imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 41.1622.6500000 del presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante correspondiente al ejercicio de 2017.
El presupuesto máximo de la subvención por actuación solicitada es de 20.000,00 € (IVA incluido). El importe de la subvención será del 100% del coste total de la actuación.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sí el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil. {del 21 de marzo al 20 de abril de 2017, a.i.}
Sexto.- Otros datos:
Las actuaciones objeto de subvención serán las que figuran en la cláusula primera de la convocatoria.
La documentación a aportar se detalla la base 4.2. de la Convocatoria, figurando en la misma un anexo como modelo de solicitud que incluye declaración responsable, los compromisos que se adquieren y la documentación que se debe adjuntar. 

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