Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Secretaría de
Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la
que se convocan ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
BDNS(Identif.): 335404.
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas las entidades
locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades
locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o
reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas
dependientes de las entidades locales territoriales. Todas ellas deberán
tener operativa un Aula Mentor. La selección será efectuada en régimen
de concurrencia competitiva.
Segundo. Finalidad.
El objetivo y diseño está orientado a mejorar la
cualificación profesional de las personas adultas, ampliar su cultura y
promover el desarrollo de sus capacidades y competencias, utilizando
entornos de formación apoyados en las tecnologías de la información y de
la comunicación. Estas ayudas están especialmente dirigidas a aquellas
iniciativas que promuevan las políticas de igualdad, no discriminación y
accesibilidad universal en el ámbito de la formación de personas
adultas. Asimismo, se tendrán igualmente en consideración las
iniciativas que adopten las aulas para impulsar la formación de personas
especialmente vulnerables y aquellos proyectos destinados a la
población del medio rural, en especial en aquellas zonas o territorios
donde más negativamente influye la despoblación y el envejecimiento de
la población, donde las comunicaciones presentan más problemas y el
acceso es más difícil y donde se prestan y reciben con más dificultad
los diferentes servicios (educación, salud, etcétera).
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, publicada en el BOE de 12 de mayo de 2005.
Cuarto. Importe.
Para el logro de la finalidad señalada se
dispone, en la aplicación presupuestaria 18.05.322L.463, de una dotación
de 96.336,00 € que se distribuirán en 24 módulos de 4.014,00 € euros
cada uno.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será
de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la
publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial
del Estado. {del 25 de marzo al 17* de abril de 2017, a.i.}
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