Resolución de 24 de marzo de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.
Primero. Los precios sin impuestos de la tarifa de último
recurso de gas natural que estarán en vigor desde las cero horas del día
1 de abril de 2017, serán los indicados a continuación:
Tarifa
|
||
---|---|---|
Fijo
–
(€/Cliente)/mes
|
Variable
–
cent/kWh
|
|
TUR.1 Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año
|
4,31
|
5,160230
|
TUR.2 Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año
|
8,45
|
4,472830
|
Segundo. Los precios sin impuestos aplicables a los
suministros de gas manufacturado y/o aire propanado en territorios
insulares, acogidos a lo dispuesto en la disposición transitoria
vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, en vigor desde las cero horas del día 1 de abril de 2017,
serán los indicados a continuación:
Tarifa
|
||
---|---|---|
Fijo
–
(€/Cliente)/mes
|
Variable
–
cent/kWh
|
|
TUR.1 Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año
|
4,31
|
5,160230
|
TUR.2 Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año
|
8,45
|
4,472830
|
TUR.3 Consumo superior a 50.000 kWh/año e inferior o igual a 100.000 kWh/año
|
60,38
|
3,851452
|
TUR.4 Consumo superior a 100.000 kWh/año
|
181,72
|
3,540952
|
Tercero. El coste de la materia prima y los diferentes elementos que la componen son:
Coste materia prima
|
Componentes principales
–
cent/kWh
|
---|---|
Gas de base
|
|
Referencia
|
|
Cn
|
RBn
|
2,041418
|
2,017169
|
BR6
($/Bbl)
|
Tn
($/€)
|
---|---|
51,7177
|
1,0625
|
Cuarto. Para el cálculo de la facturación del suministro
de gas natural por canalización medido por contador, durante el período
que incluya la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, se
repartirá el consumo total del periodo facturado de forma proporcional a
los días a los que apliquen las distintas Resoluciones en vigor. A los
consumos resultantes, les será de aplicación el precio en vigor en cada
periodo, que deberá incluir los impuestos vigentes en los mismos.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos el 1 de abril de 2017.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia