Resolución de 27 de julio de 2018, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan ayudas asistenciales para el año 2018.
1. Objeto y modalidades de ayudas. El objeto de la presente resolución de convocatoria es el de regular las condiciones y plazos comunes aplicables al conjunto de los mutualistas y beneficiarios de Muface para el acceso a las ayudas asistenciales, respetando las competencias que en esta materia están conferidas a las Comisiones Provinciales de Muface a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.2.b) del Real Decreto 577/1997 de 18 de abril, de estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Las modalidades de las ayudas a conceder son:
1.1 Ayudas para el copago farmacéutico. Consiste en el abono de una cuantía destinada a compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica por el mutualista jubilado, y titular viudo o huérfano.
1.2 Resto de ayudas asistenciales, que comprenderán:
a) Las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria.
b) Las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos.
c) Las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificados.
d) En general, cualesquiera otras análogas cuya percepción no haya sido regulada en las normas aplicables a este régimen especial.
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