- Extracto de la Resolución de 17 de agosto de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2018, de las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D, en el Subprograma Estatal de Movilidad, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
BDNS (Identif.): 412334.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas los centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación de las convocatorias 2013 y 2014 de ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Dentro de las ayudas para contratos predoctorales, en el caso de las ayudas «Severo Ochoa» para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa, únicamente se incluye la convocatoria 2013.
Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en el artículo 3 de la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. Mediante esta convocatoria se conceden ayudas cuyo objeto es la financiación de estancias en el año 2019, que realicen investigadores en formación que estén disfrutando una ayuda para la formación del personal investigador, en Centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación así como impulsar el desarrollo de su tesis.
Las estancias se podrán realizar en centros de I+D, públicos o privados, incluyendo empresas, extranjeros o españoles, siempre que los centros estén ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la actividad.
Las estancias que se soliciten tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cuatro meses, desarrollándose en un único periodo y dentro del año 2019. Las estancias podrán disfrutarse únicamente durante la vigencia de la ayuda para la formación del personal investigador, ya sea durante el periodo predoctoral como durante el periodo de orientación postdoctoral, excluyéndose los periodos no recuperables establecidos en las correspondientes convocatorias de aplicación.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, modificada por la Orden ECC/1820/2014, de 26 de septiembre, y por la Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 1.500.000 euros, con cargo al presupuesto de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2019.
Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos: la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, y la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado.
El importe de la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, será:
a) En España: 25 euros por día de estancia en el centro.
b) En el extranjero: en función del país de destino, de acuerdo con el anexo de la resolución de convocatoria.
El importe de la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado, será de:
a) Hasta 150 euros para desplazamientos cuando el lugar de destino de la estancia se ubique en España.
b) En el caso de desplazamientos para estancias en el extranjero, hasta 450 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa y hasta 1.000 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación. Previamente a la presentación de la solicitud, el investigador en formación realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud. Ambos procedimientos se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Universidades e Investigación.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 11 de septiembre de 2018 al 25 de septiembre de 2018 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la cumplimentación y firma por los investigadores del formulario electrónico de solicitud será del 11 de septiembre de 2018 al 20 de septiembre de 2018, a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Se valorará el impacto, la idoneidad y la duración de las estancias solicitadas en la mejora de la formación del personal investigador y en el desarrollo de su tesis conforme a criterios tales como el perfil del candidato, la calidad del grupo receptor y el centro de destino y el interés, viabilidad y oportunidad de la actividad a realizar en la estancia.
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