martes, 19 de febrero de 2019

Ayudas a Revistas, 2019 (apoyo a la difusión cultural y contribución al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico alicantino). Instituto Alicantino Juan Gil Albert.

BDNS(Identif.):440071
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Entidades culturales sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica debidamente acreditada y que publiquen, en la provincia de Alicante y fuera del ámbito universitario, revistas de cultura e investigación de probado interés, que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico alicantino, escritas en castellano y/o valenciano, lenguas cooficiales de la Comunidad Valenciana ya sean de contenido provincial, comarcal o local.
Segundo. Finalidad:
El apoyo a la difusión cultural y contribución al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico alicantino
Tercero. Bases Reguladoras:
Bases específicas incluidas en la Convocatoria y publicadas en la página web del Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert
Cuarto. Importe:
El importe total de la convocatoria será de doce mil euros (12.000 €). Se concederán Ayudas de hasta mil ochocientos euros cada una. La cuantía de cada una de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria en ningún caso podrá exceder del coste de la actividad subvencionada.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes:
Las Entidades que deseen tomar parte en esta Convocatoria, lo solicitarán mediante impreso (modelo normalizado) que se facilitará en la Secretaría del Instituto (calle San Fernando, 44 -Casa Bardín- 03001 Alicante) y en la página web www.iacjuangilalbert.com, en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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