lunes, 14 de septiembre de 2009

ayudas para las PYMES-C.V. con objeto de promover la utilización del negocio electrónico y, fomentar la facturación electrónica (e-FACTURA), en ' 09

Conselleria de Justícia i Administracions Públiques. ORDE de 17 d’agost de 2009, de la Conselleria de Justícia i Administracions Públiques, per la qual es regulen i convoquen ajudes per a les xicotetes i mitjanes empreses de la Comunitat Valenciana, per tal de promoure la utilització del negoci electrònic i, específicament, fomentar la facturació electrònica (e-FACTURA) en l’exercici 2009.
[2009/9990]
ORDEN de 17 de agosto de 2009, de la
Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regulan y convocan ayudas para las pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana con objeto de promover la utilización del negocio electrónico y, específicamente, fomentar la facturación electrónica (e-FACTURA), en el ejercicio 2009. [2009/9990]
Objeto.- Se convocan ayudas económicas destinadas a fomentar el uso de la factura electrónica entre las pymes de la Comunitat Valenciana, a través de la financiación del coste de la incorporación de las empresas a soluciones o plataformas tecnológicas de factura electrónica. Dentro de dicho coste podrá incluirse también el asesoramiento necesario para su análisis y posterior implantación, así como, la formación necesaria para su utilización, siempre que se hallen vinculados.
Ámbito objetivo. Servicio subvencionable.- El servicio objeto de la ayuda integrará:
a) La solución, plataforma o servicio que permita enviar y recibir facturas electrónicas en el formato XML (facturae, establecido por la administración General del Estado), permitiendo una fácil integración con los sistemas de gestión interna de la empresa (contabilidad, tesorería, gestión de almacén, etc.), así como, el asesoramiento necesario para el análisis y posterior implantación de los elementos señalados, y la formación necesaria para su utilización.
Ámbito subjetivo. Personas y entidades destinatarias de las ayudas.- 1. Las ayudas reguladas en la presente orden tendrán como beneficiarias pequeñas y medianas empresas cuyo domicilio o sede de dirección efectiva radique en el territorio de la Comunitat Valenciana, siempre que no hayan sido beneficiarias de estas ayudas en convocatorias anteriores.
“Negocio electrónico (Plan AVANZA– Pyme Digital)”. Dicho importe es de financiación integra del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través, de los Fondos del Plan Avanza.
2. Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros.
Solicitudes.- Cada pyme solicitante presentará una única solicitud de acuerdo con el modelo normalizado que figura como anexo I al presente documento.
El mencionado impreso, junto con los restantes anexos a la presente orden, se encontrará disponible para su cumplimentación en la página web de la Generalitat <
www.prop.gva.es >, en las oficinas PROP y en cualquiera de las sedes de las cámaras de comercio, industria y navegación de la Comunitat Valenciana; así como en sus respectivas páginas web.
Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta días naturales, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOCV.[del 11 de septiembre al 20 de octubre, a.i.]

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