(Objeto de la convocatoria).- Es objeto de la presente convocatoria, cuya dotación económica asciende a la cantidad de 149.445,00 euros, la concesión de ayudas económicas y/o becas académico-deportivas cuyo importe oscilará entre 1.800 euros y 300 euros, a deportistas de elite de la provincia de Alicante, dentro del Programa Luces y Estrellas en materia de Deportes, correspondiente a la anualidad 2009, siendo su finalidad la de colaborar en los gastos que la formación y preparación deportiva exige a los deportistas de elite, convertidos en referente y modelo para la juventud, favoreciendo su perfeccionamiento, en orden al logro de un más alto nivel en un futuro próximo.
(Requisitos).- Podrán concurrir a estas ayudas económicas, los/las deportistas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser natural de la Provincia de Alicante, o residir en ella, al menos en los tres últimos años.
c) Estar considerado como deportista de elite de la Comunidad Valenciana, figurando en la lista de deportistas de elite del año 2008, publicada en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana (DOGV) número 6000, de 24 de abril de 2009 (resolución de la Secretaría Autonómica de Deporte de la Conselleria de Cultura y Deporte de 8 de abril de 2009) o haber figurado en alguno de los listados de Deportistas de Elite de la Comunidad Valenciana publicados en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana en los últimos tres años.
d) Estar vinculado a un club o entidad deportiva de la Comunidad Valenciana (deporte no profesional), en activo, y en posesión de la correspondiente Licencia Federativa.
e) No hallarse incluido en el Programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO), en cualquiera de sus niveles.
(Solicitudes y documentación a presentar). - Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como anexo a estas Bases, y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en horario de oficina, de lunes a viernes, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 2 al 21 de septiembre, a.i.]
La presentación de solicitudes en la Oficina de Correos, se regirá por lo dispuesto en el RD 1829/99, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los Servicios Postales (BOE número 313 de 31 de diciembre de 1999).
En consecuencia, aquellas solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos y que entren en el Registro General de la Diputación fuera del plazo establecido en las Bases de la Convocatoria, deberán llevar estampado (en la carátula de la solicitud) el sello de dicha Oficina con indicación expresa de la fecha. Dicha fecha servirá de cómputo a efectos de determinar si la solicitud en cuestión se presentó dentro del plazo señalado en las bases de convocatoria.
(Requisitos).- Podrán concurrir a estas ayudas económicas, los/las deportistas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser natural de la Provincia de Alicante, o residir en ella, al menos en los tres últimos años.
c) Estar considerado como deportista de elite de la Comunidad Valenciana, figurando en la lista de deportistas de elite del año 2008, publicada en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana (DOGV) número 6000, de 24 de abril de 2009 (resolución de la Secretaría Autonómica de Deporte de la Conselleria de Cultura y Deporte de 8 de abril de 2009) o haber figurado en alguno de los listados de Deportistas de Elite de la Comunidad Valenciana publicados en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana en los últimos tres años.
d) Estar vinculado a un club o entidad deportiva de la Comunidad Valenciana (deporte no profesional), en activo, y en posesión de la correspondiente Licencia Federativa.
e) No hallarse incluido en el Programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO), en cualquiera de sus niveles.
(Solicitudes y documentación a presentar). - Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como anexo a estas Bases, y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en horario de oficina, de lunes a viernes, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 2 al 21 de septiembre, a.i.]
La presentación de solicitudes en la Oficina de Correos, se regirá por lo dispuesto en el RD 1829/99, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los Servicios Postales (BOE número 313 de 31 de diciembre de 1999).
En consecuencia, aquellas solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos y que entren en el Registro General de la Diputación fuera del plazo establecido en las Bases de la Convocatoria, deberán llevar estampado (en la carátula de la solicitud) el sello de dicha Oficina con indicación expresa de la fecha. Dicha fecha servirá de cómputo a efectos de determinar si la solicitud en cuestión se presentó dentro del plazo señalado en las bases de convocatoria.
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