MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Real Decreto 1371/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, prorrogando su vigencia para el año 2009.
Artículo único. Prórroga del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, para el año 2009.
Queda prorrogada la vigencia del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, a fin de regular el complemento de pensión establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a favor de los pensionistas no contributivos que acrediten carecer de una vivienda en propiedad y tengan fijada su residencia habitual en una vivienda alquilada. Las referencias al año 2007 contenidas en dicho Real Decreto se entenderán hechas al año en curso.
Disposición transitoria primera. Cuantía del complemento para el año 2009.
La cuantía del complemento, para el año 2009, se corresponde con la establecida en el artículo 42.Dos de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, que asciende a 425 euros.
Disposición transitoria segunda. Solicitud.
Los pensionistas no contributivos que tengan fijado su domicilio habitual en una vivienda alquilada, deberán presentar, a los efectos del reconocimiento del derecho a este complemento, para el año 2009, la correspondiente solicitud, en modelo normalizado, que se adjunta como anexo a este real decreto y que podrá descargarse de la página web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales: www.seg-social.es/imserso .
Artículo único. Prórroga del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, para el año 2009.
Queda prorrogada la vigencia del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada, a fin de regular el complemento de pensión establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a favor de los pensionistas no contributivos que acrediten carecer de una vivienda en propiedad y tengan fijada su residencia habitual en una vivienda alquilada. Las referencias al año 2007 contenidas en dicho Real Decreto se entenderán hechas al año en curso.
Disposición transitoria primera. Cuantía del complemento para el año 2009.
La cuantía del complemento, para el año 2009, se corresponde con la establecida en el artículo 42.Dos de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, que asciende a 425 euros.
Disposición transitoria segunda. Solicitud.
Los pensionistas no contributivos que tengan fijado su domicilio habitual en una vivienda alquilada, deberán presentar, a los efectos del reconocimiento del derecho a este complemento, para el año 2009, la correspondiente solicitud, en modelo normalizado, que se adjunta como anexo a este real decreto y que podrá descargarse de la página web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales: www.seg-social.es/imserso .
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia