MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Orden ARM/2334/2009, de 12 de agosto, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de actividades de formación profesional náutico-pesquera para el año 2009.
Objeto y bases reguladoras.–La presente orden tiene por objeto la convocatoria de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, en todo el territorio nacional, para el año 2009 y enero, febrero y marzo de 2010, de las ayudas para la realización de actividades que fomenten la mejora de la cualificación profesional y el mantenimiento del empleo de los trabajadores del sector náutico-pesquero.
Las bases reguladoras para la concesión de las ayudas cuya convocatoria se realiza a través de la presente orden, se establecen en la Orden APA/1234/2005, de 22 de abril, modificada por la Orden APA/620/2008 y la Orden ARM/1414/2009, de 20 de mayo, respectivamente, en BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2005, núm. 59, de 8 de marzo de 2008 y núm. 132, de 1 de junio de 2009.
Solicitudes.- 1. Las solicitudes de ayuda, se presentarán, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la presente orden, conforme al modelo que se acompaña en el anexo II, en la Secretaría General del Mar o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.[del 2 al 24 de septiembre, a.i.]
Objeto y bases reguladoras.–La presente orden tiene por objeto la convocatoria de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, en todo el territorio nacional, para el año 2009 y enero, febrero y marzo de 2010, de las ayudas para la realización de actividades que fomenten la mejora de la cualificación profesional y el mantenimiento del empleo de los trabajadores del sector náutico-pesquero.
Las bases reguladoras para la concesión de las ayudas cuya convocatoria se realiza a través de la presente orden, se establecen en la Orden APA/1234/2005, de 22 de abril, modificada por la Orden APA/620/2008 y la Orden ARM/1414/2009, de 20 de mayo, respectivamente, en BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2005, núm. 59, de 8 de marzo de 2008 y núm. 132, de 1 de junio de 2009.
Solicitudes.- 1. Las solicitudes de ayuda, se presentarán, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la presente orden, conforme al modelo que se acompaña en el anexo II, en la Secretaría General del Mar o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.[del 2 al 24 de septiembre, a.i.]
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