AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA. bolsa de empleo temporal para el puesto de trabajo de peón de usos múltiples mediante la contratación de personal laboral temporal.
EDICTO
La Junta de Gobierno en sesión celebrada el 14 de septiembre de 2009 adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Examinado el expediente para la constitución de una bolsa de empleo temporal para el desempeño provisional del puesto de peón de usos múltiples, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Vista la Ordenanza General de Normas de Funcionamiento de Bolsas de trabajo para la contratación temporal de personal laboral y funcionario interino del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, aprobadas inicialmente por acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2008, y elevándose a definitiva mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 152 de fecha 8 de agosto de 2008.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros, acuerda:
Primero.- Aprobar la constitución de la bolsa de empleo temporal para el puesto de trabajo de peón de usos múltiples mediante la contratación de personal laboral temporal.
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE PEÓN DE USOS MÚLTIPLES DEL AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA
Primera.- Objeto. El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo temporal de peón de usos múltiples del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. c) Estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente, acreditándolo mediante copias compulsadas de los mismos.
Tercera.- Inscripción en la Bolsa. Se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, deberán abonarse en el número de cuenta 2090 1112 40 0064000159, 6 € en concepto de derechos de examen. El modelo para el abono de la indicada tasa estará en la página web del Ayuntamiento http://www.portademariola.com/ .
Cuarta.- Documentación a aportar junto con la instancia. Se regirá por lo previsto en el apartado quinto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
Para justificar la experiencia profesional deberán aportar la vida laboral y contratos de trabajo o la vida laboral y certificado de servicios prestados emitido por la empresa donde conste la categoría y el tiempo trabajado.
La Junta de Gobierno en sesión celebrada el 14 de septiembre de 2009 adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Examinado el expediente para la constitución de una bolsa de empleo temporal para el desempeño provisional del puesto de peón de usos múltiples, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Vista la Ordenanza General de Normas de Funcionamiento de Bolsas de trabajo para la contratación temporal de personal laboral y funcionario interino del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, aprobadas inicialmente por acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2008, y elevándose a definitiva mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 152 de fecha 8 de agosto de 2008.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros, acuerda:
Primero.- Aprobar la constitución de la bolsa de empleo temporal para el puesto de trabajo de peón de usos múltiples mediante la contratación de personal laboral temporal.
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE PEÓN DE USOS MÚLTIPLES DEL AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA
Primera.- Objeto. El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo temporal de peón de usos múltiples del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. c) Estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente, acreditándolo mediante copias compulsadas de los mismos.
Tercera.- Inscripción en la Bolsa. Se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, deberán abonarse en el número de cuenta 2090 1112 40 0064000159, 6 € en concepto de derechos de examen. El modelo para el abono de la indicada tasa estará en la página web del Ayuntamiento http://www.portademariola.com/ .
Cuarta.- Documentación a aportar junto con la instancia. Se regirá por lo previsto en el apartado quinto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
Para justificar la experiencia profesional deberán aportar la vida laboral y contratos de trabajo o la vida laboral y certificado de servicios prestados emitido por la empresa donde conste la categoría y el tiempo trabajado.
La realización de la prueba tendrá lugar el quinto día hábil posterior a la finalización del periodo de presentación de instancias, a las 10,00 de la mañana en la Casa de Cultura.
Presentación de solicitudes, a partir del 24 de septiembre, inclusive.
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