lunes, 1 de enero de 2018

ayudas para el desarrollo del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Perfil del Contratante de Red.es (perfilcontratante.red.es/).
Primero. Beneficiarios: Podrán participar en el proceso de selección los municipios que se encuentren ubicados en las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia o Madrid; y cuya población a 1 de enero de 2016 no sea inferior a 200.000 habitantes de conformidad con las cifras oficiales de población de los municipios españoles: Revisión del Padrón Municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística.
Adicionalmente, el solicitante habrá de cumplir los requisitos establecidos en la base quinta de las bases reguladoras:
Acreditar que el proyecto piloto sirve al objeto definido en las bases reguladoras, que no solicita la ayuda en especie para actuaciones no subvencionables, que compromete un adecuado equipo de trabajo de personal de la entidad solicitante, que no presenta un proyecto o una estimación económica desproporcionados, o que asegure la sostenibilidad financiera de la fase de operación y explotación del proyecto.
Que la ciudad cuente, en el momento de presentar su solicitud, con una plataforma de ciudad operativa y conforme al modelo establecido en la norma UNE 178104; o bien que los trabajos para su implantación se encuentren iniciados, siendo imprescindible para apreciar tal circunstancia que los procedimientos de compra pública necesarios para ello se encuentren, al menos, iniciados.
En el caso de disponer de puerto, aeropuerto, estación de ferrocarril, o estación de autobuses, el solicitante deberá alcanzar acuerdos con los titulares de todas dichas infraestructuras para su participación en el piloto[1]. También será requisito para la participación, que el solicitante aporte una lista de al menos 150 edificios[2] que participarán en la iniciativa, que contemple, además del aeropuerto, estación de ferrocarril y de autobús, y puerto, otros edificios públicos (museos, dependencias municipales, polideportivos, colegios, mercados), edificios singulares e históricos, edificios de viviendas, etc. Al ser el propósito del proyecto la integración de información de la ciudad mediante los edificios seleccionados, estos deberán estar razonablemente distribuidos por la ciudad, y reflejar adecuadamente los espacios urbanos más representativos de la misma.
En el caso de edificios que no sean propiedad del Ayuntamiento solicitante, también será requisito, para que la solicitud sea tomada en consideración, que la ciudad, a la fecha de presentación de su solicitud, haya alcanzado y efectivamente suscrito los convenios y acuerdos de colaboración con los titulares de los objetos internos, o con cualesquiera otros agentes con derechos sobre dichos objetos internos y cuya autorización o participación activa sean necesarias para que la ejecución material del proyecto sea viable.
Por último, el solicitante deberá aportar un proyecto de explotación que detalle qué servicios se proporcionarán, tanto a nivel de edificio individual o grupo de edificios, como para el conjunto de la ciudad. En la identificación de los casos de uso de interés deberá promoverse la participación de la industria, las universidades y la ciudadanía.
Segundo. Objeto: La concesión de ayudas en especie a las entidades locales participantes en la "Convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes". Los proyectos piloto deberán presentados por las entidades locales deberán atender al objetivo de integrar los objetos internos de la ciudad (aeropuertos, estaciones de ferrocarril y de autobús, puertos, edificios públicos -museos, dependencias municipales, polideportivos, colegios, mercados, entre otros-, edificios singulares e históricos, edificios de viviendas, etc.) en la gestión inteligente del municipio haciendo un uso intensivo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 4 de diciembre de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes.
Cuarto. Importe: El presupuesto de la Convocatoria es de treinta millones de euros (30.000.000 €).
El presupuesto de cada proyecto piloto presentado no podrá ser superior a cinco millones de euros (5.000.000 €), impuestos indirectos aplicables incluidos.
Red.es contribuirá a la financiación de la implantación y puesta en producción de los pilotos ubicados en Andalucía y Galicia con un ochenta por ciento (80%) del coste total de la fase de implantación y puesta en producción del proyecto piloto, y cada entidad participante, financiará un veinte por ciento (20%) del coste total de dicha fase. Para los pilotos ubicados en Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana, Red.es contribuirá a la financiación con un cincuenta por ciento (50%) del coste de la fase de implantación y puesta en producción del proyecto piloto, y cada entidad participante financiará un cincuenta por ciento (50%) del coste total de dicha fase del proyecto piloto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de junio de 2018.
Sexto. Otros datos: Toda la documentación relativa a la convocatoria (solicitud, documentación acreditativa de requisitos, justificación o comunicación relacionada con las subvenciones) se deberá presentar a través de la Sede Electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).

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