Ajuntament de Calp. BASES PARA LA PROVISION DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL
... bases de la Convocatoria 17/22 para la selección de dos puestos de AGENTE POLICIA LOCAL, turno libre, por el sistema de oposición, con el contenido y alcance siguiente:
BASES PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de dos plazas de Agentes de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el Nivel C1 de titulación, que se relacionan a continuación:
Cod. Puesto - Oferta Empleo Público - Publicación O.E.P.
052-90 - Año 2016 - DOCV n.º 7930 de 02/12/2016
054-90 - Año 2017 - DOCV n.º 8174 de 21/11/2017
Las plazas convocadas serán provistas mediante el sistema de oposición, por turno libre.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir conforme establece el art. 33.bis de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana, según redacción dada por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, de aplicación conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda Dos de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat por la que se establece que hasta tanto sea efectiva la posibilidad de realizar la fase previa y los cursos de capacitación a los que se refiere el art. 56.2 de esta Ley, los procesos selectivos se desarrollarán tal como estaban establecidos con anterioridad a la misma, los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:· Tener nacionalidad española.
· Estar en posesión del título de bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
· No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
· Haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
· No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
· Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA.. 3.1. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
BASES PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de dos plazas de Agentes de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el Nivel C1 de titulación, que se relacionan a continuación:
Cod. Puesto - Oferta Empleo Público - Publicación O.E.P.
052-90 - Año 2016 - DOCV n.º 7930 de 02/12/2016
054-90 - Año 2017 - DOCV n.º 8174 de 21/11/2017
Las plazas convocadas serán provistas mediante el sistema de oposición, por turno libre.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir conforme establece el art. 33.bis de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana, según redacción dada por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, de aplicación conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda Dos de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat por la que se establece que hasta tanto sea efectiva la posibilidad de realizar la fase previa y los cursos de capacitación a los que se refiere el art. 56.2 de esta Ley, los procesos selectivos se desarrollarán tal como estaban establecidos con anterioridad a la misma, los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:· Tener nacionalidad española.
· Estar en posesión del título de bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
· No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
· Haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
· No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
· Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA.. 3.1. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
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