martes, 9 de abril de 2019

1 Agente de Contenidos Artísticos y Asistencia Musical, 1 Técnico de Escenario, 1 Ayudante de Escenario. Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA

Resultado de imagen de Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA.Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA. BASES Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN AGENTE DE CONTENIDOS ARTÍSTICOS Y ASISTENCIA MUSICAL.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA  La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para la selección de UN AGENTE DE CONTENIDOS ARTÍSTICOS Y ASISTENCIA MUSICAL, en régimen de contratación laboral temporal conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores cuyas funciones serán las siguientes: 
• Asistir a la dirección artística en la gestión programática.
• Redactar y desarrollar la documentación y el contenido necesarios para la actividad, tanto de producción propia como de programación externa en el marco de la actividad habitual o extraordinaria, en los formatos adecuados para las campañas de comunicación.
• Asistir a la dirección artística en la actividad práctica de ensayos diarios y en los conciertos y en la gestión artística-musical y de contenidos efectivos, incluyendo los contenidos promocionales.
• Ejecutar las directrices del equipo artístico, en relación a los conciertos, ciclos, festivales, programas especiales… en todas las estéticas.
• Asistir y ejecutar las labores de coordinación y producción artística cuando sea necesario.
•   Redactar las estrategias de comunicación a corto/medio/largo plazo de la presencia local, nacional e internacional del ADDA, sus proyectos y elencos estables.
• Coordinar las estrategias de la dirección artística para la generación de contenidos y campañas de imagen.
• Colaborar en la coordinación de las ruedas de prensa y materiales necesarios para ellas.
Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.  I.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a)
Tener la nacionalidad española. También podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos: 
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de Título Superior de Música o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 2271/2004, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. 
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias/solicitudes y mantenerse durante todo el proceso. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la formalización del pertinente contrato. 
TERCERA.- SOLICITUDES . I.- Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán, según modelo que se acompaña como anexo,  en escrito dirigido al Sr. Presidente de la Fundación, en el que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda. 
A la citada solicitud se acompañará:  
- Copia del DNI o documento equivalente compulsado.  
- Curriculum Vitae, en el que consten los títulos académicos; puestos de trabajo desempeñados tanto en el ámbito privado como en el público con indicación de su duración y el detalle de sus funciones, estudios y cursos realizados así como otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones del puesto.   
- Memoria que contenga proyecto descriptivo de la visión programática, artística y musical de un auditorio y su promoción.
- Documentación original o fotocopia compulsada, que acredite la titulación académica, formación, y méritos alegados.  
- Un informe de vida laboral. 
- Cualesquiera otros documentos que acrediten debidamente la experiencia alegada en funciones relacionadas con el puesto.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes y a  fecha de finalización del mismo los aspirantes se encontrasen pendientes de recibir el informe de vida laboral por la Administración correspondiente, podrán aportar el documento acreditativo de haberlo solicitado, disponiendo de un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para su aportación. 
II.-- Las solicitudes acompañadas de toda la documentación mencionada en el anterior punto se presentarán en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES contados a partir del siguiente en que se publique en el B.O.P.[Nº 69 de 09/04/2019] {del 10 al 23* de abril de 2019, a.i.} la presente Convocatoria y sus Bases. Si el último día así contado recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil posterior. Las instancias y documentación oportunas se presentarán de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Auditorio de la Diputación de Alicante sito en la Avenida de Jijona núm. 5 de Alicante (C.P. 03010) o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
En el caso de presentarse en las Oficinas de Correos y Telégrafos, deberá hacerse en sobre abierto y dejando constancia de la fecha de presentación.
III.- La lista de admitidos y excluidos se publicará en el Tablón Oficial de Anuncios y en la web de la Fundación [www.addaalicante.es], sito en Avda. Jijona nº 5 de Alicante (C.P. 03010). Asimismo se informará en el Tablón Oficial y en la web de la fecha en que se realizará la defensa de la memoria así como la fecha de la entrevista con una antelación a la celebración de la misma, de al menos 3 días hábiles. 
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PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA  La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para la selección de UN TÉCNICO DE ESCENARIO, en régimen de contratación laboral temporal conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, cuyas funciones serán las siguientes: 
• Recepción de los músicos, solistas y formaciones que reciba el Auditorio.
• Colaboración con el coordinador artístico-técnico en las necesidades produccionales. 
• Apoyo en la construcción y desmontaje de los escenarios sinfónicos, especialmente en la temporada propia de ADDA Sinfónica.
• Labores de regiduría y coordinación técnica de los conciertos. 
• Apoyo en las labores de carga y descarga de los materiales de las orquestas.
• Apoyo a los equipos de sonido y audio. 
• Apoyo y soporte a las acciones artísticas y técnicas del auditorio, según los criterios de la dirección del mismo.
Todas estas funciones serán desarrolladas en el Auditorio de la Diputación de Alicante así como en el resto de recintos en los que la Fundación desarrolle su actividad.
Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística. 
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES  I.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a)
Tener la nacionalidad española. También podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos: 
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. 
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Título de Formación Profesional Básica, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B. 
II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 2271/2004, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, todo ello condicionada a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. 
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias/solicitudes y mantenerse durante todo el proceso. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la formalización del pertinente contrato.
TERCERA.- SOLICITUDES. I.- Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán, según modelo que se acompaña como anexo,  en escrito dirigido al Sr. Presidente de la Fundación, en el que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda. 
A la citada solicitud se acompañará:  
- Copia del DNI o documento equivalente compulsado. 
- Copia del permiso de conducción de la clase B.
- Curriculum Vitae, en el que consten los títulos académicos; puestos de trabajo desempeñados tanto en el ámbito privado como en el público con indicación de su duración y el detalle de sus funciones, estudios y cursos realizados así como otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto con las funciones del puesto.   
- Documentación original o fotocopia compulsada, que acredite la titulación académica, formación, y méritos alegados.  
- Un informe de vida laboral. 
- Cualesquiera otros documentos que acrediten debidamente la experiencia alegada en  funciones relacionadas con el puesto.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes y a  fecha de finalización del mismo los aspirantes se encontrasen pendientes de recibir el informe de vida laboral por la Administración correspondiente, podrán aportar el documento acreditativo de haberlo solicitado, disponiendo de un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para su aportación. 
II.-- Las solicitudes acompañadas de toda la documentación mencionada en el anterior punto se presentarán en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES contados a partir del siguiente en que se publique en el B.O.P.[Alacant Nº 69 de 09/04/2019] {del 10 al 23* de abril de 2019, a.i.}  la presente Convocatoria y sus Bases. Si el último día así contado recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil posterior. Las instancias y documentación oportunas se presentarán de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Auditorio de la Diputación de Alicante sito en la Avenida de Jijona núm. 5 de Alicante (C.P. 03010) o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de presentarse en las Oficinas de Correos y Telégrafos, deberá hacerse en sobre abierto y dejando constancia de la fecha de presentación. 
III.- Se publicará en el Tablón Oficial de Anuncios y en la web de la Fundación [www.addaalicante.es], sito en Avda. Jijona nº 5 de Alicante (C.P. 03010) la lista de admitidos y excluidos. Asimismo se informará en el Tablón Oficial y en la web de la fecha de la entrevista con una antelación a la celebración de la misma, de al menos 3 días hábiles. 
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PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.  La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para la selección de UN AYUDANTE DE ESCENARIO, en régimen de contratación laboral temporal conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, cuyas funciones serán las siguientes: 
 Apoyo al Técnico de escenario en:
• Recepción de los músicos, solistas y formaciones que reciba el Auditorio.
• Colaboración con el coordinador técnico en las necesidades produccionales. 
• La construcción y desmontaje de los escenarios sinfónicos.
• Las labores de regiduría y coordinación técnica de los conciertos. 
• Las labores de carga y descarga de los materiales de las orquestas. 
• Los equipos de sonido y audio.
• El soporte a las acciones artísticas y técnicas del auditorio, según los criterios de la dirección del mismo.
Colaboración con los auxiliares según las necesidades del equipo directivo.
Todas estas funciones serán desarrolladas en el Auditorio de la Diputación de Alicante así como en el resto de recintos en los que la Fundación desarrolle su actividad.
Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística. 
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.  I.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a)
Tener la nacionalidad española. También podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos: 
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 
c) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
e) Estar en posesión del certificado de estudios primarios, libro de escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 2271/2004, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, todo ello condicionada a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. 
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias/solicitudes y mantenerse durante todo el proceso. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la formalización del pertinente contrato.
TERCERA.- SOLICITUDES. I.- Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán, según modelo que se acompaña como anexo,  en escrito dirigido al Sr. Presidente de la Fundación, en el que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda. 
A la citada solicitud se acompañará:  
- Copia del DNI o documento equivalente compulsado. 
- Copia del permiso de conducción de la clase B.
- Curriculum Vitae, en el que consten los títulos académicos; puestos de trabajo desempeñados tanto en el ámbito privado como en el público con indicación de su duración y el detalle de sus funciones, estudios y cursos realizados así como otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto con las funciones del puesto.   
- Documentación original o fotocopia compulsada, que acredite la titulación académica, formación, y méritos alegados.  
- Un informe de vida laboral. 
- Cualesquiera otros documentos que acrediten debidamente la experiencia alegada en funciones relacionadas con el puesto.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes y a fecha de finalización del mismo los aspirantes se encontrasen pendientes de recibir el informe de vida laboral por la Administración correspondiente, podrán aportar el documento acreditativo de haberlo solicitado, disponiendo de un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes, para su aportación.
II.-- Las solicitudes acompañadas de toda la documentación mencionada en el anterior punto se presentarán en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES contados a partir del siguiente en que se publique en el B.O.P. [Alacant Nº 69 de 09/04/2019] {del 10 al 23* de abril de 2019, a.i.} la presente Convocatoria y sus Bases de la presente oferta. Si el último día así contado recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil posterior. 
Las instancias y documentación oportunas se presentarán de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Auditorio de la Diputación de Alicante sito en la Avenida de Jijona núm. 5 de Alicante (C.P. 03010) o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de presentarse en las Oficinas de Correos y Telégrafos, deberá hacerse en sobre abierto y dejando constancia de la fecha de presentación.
III.- Se publicará en el Tablón Oficial de Anuncios y en la web de la Fundación, sito en Avda. Jijona nº 5 de Alicante (C.P. 03010) la lista de admitidos y excluidos. Asimismo se informará en el Tablón Oficial y en la web [www.addaalicante.es] de la fecha de la entrevista,  con una antelación a la celebración de la misma de al menos 3 días hábiles.    

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