Puerto Lumbreras. Bases de la convocatoria para la selección de dos agentes de policía local del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.
Se hace público que por Resolución de Alcaldía n.º: 1669/2019, de 23 de septiembre de 2019, se ha aprobado la convocatoria de dos plazas de Policía Local vacantes en la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento que se regirá por las siguientes bases:
“Bases de la convocatoria para la selección de dos Agentes de Policía Local del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.
Se hace público que por Resolución de Alcaldía n.º: 1669/2019, de 23 de septiembre de 2019, se ha aprobado la convocatoria de dos plazas de Policía Local vacantes en la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento que se regirá por las siguientes bases:
“Bases de la convocatoria para la selección de dos Agentes de Policía Local del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.
Primera.- Objeto y normativa aplicable. 1. Es objeto de las presentes Bases la regulación del procedimiento selectivo convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de Oposición Libre (art. 26.1 Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia), de dos (2) plazas de Agentes de Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluidas en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de 2019 (BORM Núm. 218, de fecha 20 de septiembre de 2019), dotadas con los emolumentos correspondientes al Grupo/ Subgrupo C/C1, y las complementarias que figuren en el Presupuesto Municipal, con la clasificación y denominación siguiente:
– Grupo/Subgrupo: C/C1 (art. 76 R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera).
– Escala: Administración Especial. Escala Básica (art. 19.2 Ley 4/1998).
– Subescala: Servicios Especiales.
– Clase: Policía Local.
– Categoría: Agente (art. 19.2 Ley 4/1998).
– Denominación: Agente de Policía Local.
2. Asimismo, en caso de no cubrirse la plaza de Agente de Policía Local reservada para provisión mediante Movilidad, se sumará a las dos (2) convocadas por el sistema de Oposición Libre, objeto de este procedimiento de selección.
3. De igual forma, el número de plazas de esta convocatoria (2) podrá incrementarse con las contempladas en la Oferta de Empleo Público adicional que pudiera aprobarse con posterioridad, siempre que la misma se haya publicado en el BORM con anterioridad al comienzo del Primer Ejercicio de la Oposición. A tales efectos, se estará, en particular, a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración Local, en relación con la Disposición Adicional Centésima Sexagésima Quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. ...
Segunda.- Publicación de las bases y convocatoria. 1. Las presentes Bases reguladoras, y la convocatoria del procedimiento selectivo, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y un extracto del anuncio de las mismas se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo se publicarán en la página Web municipal (www.puertolumbreras.es).
2. El resto de las publicaciones a que haga referencia la legislación vigente se entenderán referidas exclusivamente al Boletín Oficial de la Región de Murcia, Tablón de Edictos del Ayuntamiento y página Web municipal (www.puertolumbreras.es).
Tercera.- Requisitos y condiciones generales de los aspirantes. 1. Para tomar parte en el procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
d) Estar en posesión de los permisos de conducción de clase B y A2.
e) Alcanzar una estatura mínima de 1,65 m. para los hombres y 1,60 m. para las mujeres.
f) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones, de conformidad con lo dispuesto en el ANEXO I de estas Bases. La aptitud física para realizar las pruebas señaladas en la convocatoria deberá acreditarse mediante certificado médico.
g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
h) Carecer de antecedentes penales.
h) Carecer de antecedentes penales.
i) Comprometerse a portar armas y, en su caso, a utilizarlas, de conducir vehículos policiales y cuantos medios técnicos destine el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras al Servicio de Policía Local, mediante declaración jurada o promesa que deberá acompañarse a la instancia para participar en el procedimiento selectivo, conforme al modelo que se adjunta como ANEXO II de estas Bases.
2. Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la convocatoria y mantenerse durante el desarrollo de todo el procedimiento selectivo.
Cuarta.- Instancias. 1. Las instancias, cuyo modelo se facilitará por el Excmo. Ayuntamiento, y en las que los/las aspirantes deberán declarar, bajo su personal responsabilidad, que reúnen todos los requisitos exigidos en la Base Tercera de esta convocatoria, estarán publicadas en la página Web municipal www.puertolumbreras.es. (Portal de Transparencia/ Convocatoria procesos selectivos/modelo de instancia proceso selección Policías Locales oposición libre) y habrán de ser dirigidas a la Excma. Sra. Alcaldesa- Presidenta y presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, de forma telemática a través de la Sede Electrónica municipal, o mediante cualquiera de las formas contempladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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