MINISTERIO DE FOMENTO Extracto de la Resolución de 30 de septiembre,de la Dirección
General de ENAIRE por la que se convocan subvenciones en 2019 destinadas
al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de
empleo de personas con discapacidad
BDNS(Identif.):475579
De conformidad con lo previsto en los
artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): - https://www.enaire.es
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones
las fundaciones o asociaciones de utilidad pública debidamente
registradas y domiciliadas en territorio español, cuyo objeto social
sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la
creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que
presenten un proyecto destinado al desarrollo de actividades de
inserción laboral y de creación de empleo que permitan la integración en
el mercado de trabajo de dichas personas.
Segundo. Objeto:
Convocatoria para el año 2019 de las
subvenciones de ENAIRE destinadas al desarrollo de actividades de
inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad,
redundando, así mismo, en el cumplimiento alternativo de la obligación
de contratar personas con discapacidad prevista en el artículo 2.1.c)
del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, mediante la realización de
donaciones para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de
creación de empleo de personas con discapacidad.
Tercero. Bases Reguladoras:
Las bases reguladoras de estas subvenciones
están recogidas en la Orden FOM/926/2019, de 26 de julio, publicadas en
el BOE número 216,con fecha de 9 de septiembre de 2019, por la que se
establecen las bases reguladores para la concesión de subvenciones de
ENAIRE destinadas a actividades de inserción laboral y de creación de
empleo de personas con discapacidad.
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones se otorgarán con cargo al
presupuesto global de ENAIRE y su cuantía máxima será de 697.122, 68
euros. En todo caso, la concesión de las subvenciones queda condicionada
a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la
resolución de otorgamiento.
La cuantía máxima de las subvenciones que
individualmente puedan concederse a cada beneficiario será de 100.000
euros, determinándose el orden de prelación conforme a los baremos
recogidos en el artículo 15 de la Orden de bases y determinándose el
importe a subvencionar de manera proporcional a los mismos hasta agotar
la cuantía disponible, teniendo presente los límites establecidos en el
artículo 9 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes
será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 9 de octubre al 8 de noviembre de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos Las subvenciones concedidas conforme a las
presentes bases reguladoras serán compatibles con otras ayudas o
subvenciones recibidas para la misma finalidad, con el límite de la
inversión proyectada y en cualquier caso sin exceder del importe total
de las ayudas de mínimos concedidas a una única empresa, según lo
dispuesto en el Reglamento (UE) n.° 1407/2013, de la Comisión, de 18 de
diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
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