Resolución de 4 de octubre de 2019, de la Subsecretaría, por la
que se publican los índices de precios percibidos por los agricultores y
ganaderos en 2018, a los efectos de la actualización de las rentas de
los arrendamientos rústicos.
La Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos
rústicos, fue derogada por la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, que en
su disposición transitoria primera, establece: «Los contratos de
arrendamiento y aparcería vigentes a la entrada en vigor de esta Ley, se
regirán por la normativa aplicable al tiempo de su celebración». En
este sentido, el artículo 38 de la anterior Ley 83/1980, de 31 de
diciembre, de arrendamientos rústicos, establece: «Podrá acordarse por
las partes la actualización de la renta para cada anualidad por
referencia al último índice anual de precios percibidos por el
agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura para los
productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos
principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus
características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose
de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también
referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos
de sus productos».
Por tanto procede publicar los índices de
precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2018, a efectos
de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos
anteriores a la entrada en vigor de la Ley 49/2003, de 26 de noviembre
de arrendamientos rústicos.
En su virtud, esta Subsecretaría difunde los
valores del índice anual de precios percibidos por los agricultores y
ganaderos en 2018 y su incremento respecto al año 2017, tanto para el
índice general agrario como para los principales índices de productos,
que se incluyen en el anexo de la presente Resolución.
ANEXO
Índices anuales de precios percibidos por los agricultores y ganaderos
Clase de Índice
|
Valor anual en 2018 (2015 = 100)
|
Porcentaje de variación sobre 2017
|
---|---|---|
General de Productos Agrarios. | 102,89 | -0,57 |
Productos agrícolas. | 103,54 | 0,88 |
Cereales. | 97,29 | 1,93 |
Leguminosas grano. | 103,94 | -5,62 |
Tubérculos. | 137,06 | 68,92 |
Cultivos industriales. | 94,35 | -1,02 |
Cultivos forrajeros. | 90,06 | -1,78 |
Hortalizas. | 95,25 | -0,49 |
Cítricos. | 103,31 | -3,11 |
Frutas. | 109,75 | 13,28 |
Vino. | 158,65 | 10,33 |
Aceite. | 93,18 | -16,91 |
Productos animales. | 101,96 | -2,59 |
Ganado para abasto. | 102,75 | -3,63 |
Vacuno para abasto. | 104,27 | -1,36 |
Ovino para abasto. | 98,13 | -0,01 |
Caprino para abasto. | 95,55 | 0,43 |
Porcino para abasto. | 102,24 | -6,53 |
Aves para abasto. | 103,55 | 0,68 |
Conejos para abasto. | 113,17 | 4,83 |
Productos ganaderos. | 99,69 | 0,63 |
Leche. | 96,49 | 0,88 |
Huevos. | 108,71 | -0,41 |
Lana. | 124,89 | 25,69 |
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia