1.- Objeto y condiciones. 1. Dar publicidad al Convenio mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuyo texto íntegro figura como anexo de la presente Resolución.
2. Convocar para el año 2012 las ayudas para la minoración de intereses de los préstamos concedidos al amparo de dicho Convenio a que hacen referencia las cláusulas Tercera y Cuarta del mismo y que se hayan acogido a las líneas de financiación «ICO Inversión 2012» e «ICO Garantía SGR 2012».
2.- Dotación e imputación presupuestaria. Para dichas ayudas se reserva la cantidad de 124.800 euros que se imputarán al crédito disponible en la aplicación 18.103.771 del programa 335C del presupuesto de gastos del organismo para el año 2012.
3.- Beneficiarios. 1. Podrán solicitar las ayudas y los préstamos acogidos al convenio las empresas titulares de salas de exhibición cinematográfica, con domicilio social en España, inscritas como tales en la sección Tercera (exhibidores) del Registro de Empresas del ICAA con datos actualizados y que sean responsables directas de la actividad cinematográfica desarrollada en las salas objeto de financiación.
2. Convocar para el año 2012 las ayudas para la minoración de intereses de los préstamos concedidos al amparo de dicho Convenio a que hacen referencia las cláusulas Tercera y Cuarta del mismo y que se hayan acogido a las líneas de financiación «ICO Inversión 2012» e «ICO Garantía SGR 2012».
2.- Dotación e imputación presupuestaria. Para dichas ayudas se reserva la cantidad de 124.800 euros que se imputarán al crédito disponible en la aplicación 18.103.771 del programa 335C del presupuesto de gastos del organismo para el año 2012.
3.- Beneficiarios. 1. Podrán solicitar las ayudas y los préstamos acogidos al convenio las empresas titulares de salas de exhibición cinematográfica, con domicilio social en España, inscritas como tales en la sección Tercera (exhibidores) del Registro de Empresas del ICAA con datos actualizados y que sean responsables directas de la actividad cinematográfica desarrollada en las salas objeto de financiación.
2. No podrán acceder a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Suscrita la operación de financiación entre el beneficiario final y la Entidad de Crédito Colaboradora, de acuerdo con las condiciones establecidas en las Líneas «ICO Inversión 2012» y del «Tramo 1-Inversión» de la línea «ICO Garantía SGR 2012», el cliente que a su vez cumpla los requisitos establecidos por el ICAA podrá solicitar del mismo la concesión de una ayuda complementaria en los términos y condiciones que se detallan a continuación.
3. Suscrita la operación de financiación entre el beneficiario final y la Entidad de Crédito Colaboradora, de acuerdo con las condiciones establecidas en las Líneas «ICO Inversión 2012» y del «Tramo 1-Inversión» de la línea «ICO Garantía SGR 2012», el cliente que a su vez cumpla los requisitos establecidos por el ICAA podrá solicitar del mismo la concesión de una ayuda complementaria en los términos y condiciones que se detallan a continuación.
4.- 3. La solicitud, junto con la documentación requerida, se presentará en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Secretaría de Estado de Cultura) situado en plaza del Rey 1, 28071 Madrid, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.- Plazos. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo de Colaboración en el «Boletín Oficial del Estado». {del 13 de octubre al 12 de noviembre de 2012, a.i.}.
Registro electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.mecd.es/registro)
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