jueves, 28 de febrero de 2013

bolsa de trabajo para la provisión, con carácter interino, de los puestos de trabajo de Agente de Policía Local. Ajuntament de Godella (Horta Nord-València)

Edicto del Ayuntamiento de Godella sobre la constitución de una bolsa de trabajo para agentes de la Policía Local.
EDICTO
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 17 de enero de 2013 se aprueban las bases que regulan la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de agentes de policía local.
"BOLSA DE TRABAJO PARA NOMBRAMIENTOS INTERINOS COMO AGENTES DE LA POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE GODELLA
Primera.-Objeto de la convocatoria. Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso selectivo para la formación de una bolsa de trabajo para la provisión, con carácter interino, de los puestos de trabajo de Agente de Policía Local precisos para cubrir las necesidades de la plantilla de policía local del Ayuntamiento, así como las vacantes que se produzcan por ausencia o bajas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39 y Disposición Transitoria octava de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana.
Segunda.- Proceso selectivo. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con arreglo a lo establecido en la Base Séptima.
La fase de oposición representará el 60% de la puntuación total, correspondiendo a la fase de concurso el 40% de la puntuación. Para pasar a la fase de concurso será necesario superar la fase de oposición.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes. Los requisitos de los aspirantes serán los siguientes:
1.-
Tener nacionalidad española.
2.- Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
3.- No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros y baremos de exclusiones médicas que se determinan en la normativa de ingreso correspondiente, Orden de 23 de Noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (DOGV núm. 5148 de 2 de Diciembre de 2005).
4.- Tener cumplidos 18 años, sin exceder de la edad de 36 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración Local como policía local o auxiliar de Policía Local.
5.- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
6.- Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B, el permiso BTP, y para motocicletas clase A. Sobre el permiso de conducción para motocicletas, el mencionado anteriormente se entiende con anterioridad al 8 de diciembre de 2.009, fecha en que entró en vigor el nuevo Reglamento de Conductores.
A partir de esa fecha, el permiso de conducción que se exige para poder concurrir al presente proceso selectivo es el A2.
7.- Formar parte de bolsas de algún Ayuntamiento en los cuales se hayan superado las pruebas físicas y el psicotécnico.
El interesado deberá reunir todos estos requisitos en la fecha en que finalice el término de presentación de instancias.
Cuarta.- Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, se dirigirán al Alcalde-Presidente y se presentaran en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el BOP.[Jueves, 21 de Febrero de 2013 - BOP 44]{del 22 de febrero al 16 de marzo de 2013,a.i.}
Se podrán presentar en la forma en que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Junto con la instancia deberá presentarse la siguiente documentación:
1.-
Fotocopia del DNI y del permiso de conducir.
2.- Documentación justificativa de los méritos que hayan de ser valorados en la fase de Concurso, si fueran fotocopias deberán de estar debidamente compulsadas.
3.- Certificado médico oficial en el que se haga constar expresamente que no se encuentran impedidos o incapacitados para el acceso a la función pública, de conformidad con la Orden de 23 de Noviembre de 2005 de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
4.- Resguardo de ingreso de las tasas de examen por importe de 40 €, en la cuenta de del Ayuntamiento de Godella de la entidad Bankia CC 2038 6135 65 6000004043.
5.- Certificado acreditativo de formar parte de bolsa de algún Ayuntamiento y de superación de las pruebas físicas y psicotécnicas.     www.godella.es

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