jueves, 28 de febrero de 2013

bolsas de funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución nº175 de 20 de febrero de 2013 de la Dirección General de Justicia e Interior por la que se efectúa la convocatoria de apertura de las bolsas de trabajo de interinos de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia: Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.
1.-Convocar el proceso para la constitución de bolsas de funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La convocatoria y gestión de las bolsas de trabajo, se regirá por lo establecido en la Orden 1/2013, de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia, sobre selección de Funcionarios interinos de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia y por lo que, en aplicación de la misma, se establezca en la presente resolución.
Estas bolsas tendrán una vigencia de dos años, salvo que se agote alguna de sus listas o que por modificaciones normativas u otras circunstancias sea necesario realizar una nueva convocatoria.
Se constituirá una bolsa de trabajo principal, una de reserva y una lista de interinos para cada uno de los cuerpos. La composición numérica de las bolsas de trabajo será la siguiente:
Nº integrantes:  ................ Bolsa principal .... .......  Bolsa de reserva
Médicos .................................... 4   ................................   2
Forenses .................................. 42 (3 turno discap.) .....  25
Gestión Tramitación  .............. 74 ( 5 turno discap.) ..... 44


Auxilio Judicial ....................... 34 ( 2 turno discap.) .....  20
2.- Las condiciones que los candidatos deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo serán las establecidas en los artículos 5 y 6 de la Orden 1/2013 de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia.
3.- Solicitudes: Los interesados deberán presentar una solicitud para cada uno de los cuerpos a cuyas bolsas de trabajo deseen optar, si desean integrarse en más de un cuerpo.
Los interinos que estén nombrados en el momento de la publicación de la convocatoria tendrán la obligación de presentar sus correspondientes solicitudes a los cuerpos a los que quieran optar, incluido el cuerpo en el que estén prestando servicios.
En el caso de que no la presentaran no podrán pertenecer a ninguna bolsa o lista procedente de esta convocatoria una vez que se produzca su cese.
Quienes deseen formar parte de las bolsas de trabajo deberán hacerlo constar en el modelo de instancia que se adjunta como anexo I a esta convocatoria, quedando vinculados a los datos que hayan hecho constar en la misma.
A la solicitud acompañarán los siguientes documentos:a) Fotocopia de la titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo y Diploma o acreditación de haberla solicitado.
b) En el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acreditación de la experiencia en medios ofimáticos a que se refiere el artículo 6 de la Orden 1/2013 de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia.
c) Documentación acreditativa de los méritos. Los méritos alegados por los aspirantes, serán acreditados
documentalmente con la solicitud de participación, mediante las oportunas certificaciones expedidas por el órgano que corresponda o copias acompañadas de declaración responsable (Anexo II) que garantice su fidelidad con el original, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración. Esta documentación irá referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La Dirección General de Justicia e Interior podrá recabar formalmente a los interesados y/o del órgano que corresponda, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
4.-Precisiones sobre requisitos y méritos contemplados en la Orden 1/2013 de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia.
-El conocimiento suficiente de herramientas ofimáticas que se exige en el artículo 6.2. de la Orden 1/2013 de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia se considerará cumplido si el solicitante aporta acreditación de haber realizado cursos de procesador de textos Word 98 o superior y similares por un total de al menos 60 horas.
-Para la valoración de los méritos señalados en el artículo 8.2.b) de la Orden 1/2013 de 25 de enero de la Consejería de Presidencia y Justicia se tendrán en cuenta las convocatorias de oposiciones de los años 2010 y 2011 para los cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial. Para el cuerpo de Médicos Forenses se tendrán en cuenta las convocatorias de oposiciones de los años 2008 y 2010.
- Los aspirantes que hayan prestado servicios en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos cumplimentarán el anexo III.
5.- Plazo y lugar de presentación. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja,[ Núm. 25 BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA Viernes, 22 de febrero de 2013] dirigida a la Ilma. Sra. Directora General de Justicia e Interior.{del 23 de febrero al 14 de marzo de 2013, a.i.}
Las solicitudes se podrán presentar por procedimientos telemáticos, en la medida en que los medios técnicos disponibles lo permitan, a través de la dirección de internet del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org, o de forma presencial cumplimentando el impreso disponible en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja. La presentación y registro de las solicitudes presenciales podrá efectuarse en cualquiera de las Oficinas citadas o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.
Las  solicitudes presenciales suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las Representaciones Diplomáticas o Consulares Españolas.

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