Ayuntamiento de Granja de Rocamora.CONVOCATORIA BOLSA DE EMPLEO PARA CONTRATACIÓN PERSONAL AUXILIAR SERVICIO AYUDA A DOMICILIO.
PRIMERA.- DEL OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA.
1.- Es objeto de las presentes bases regular el proceso para la creación y
funcionamiento de una bolsa de empleo o lista de espera de personal Auxiliar del
Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), para sustituir
temporalmente a sus titulares en
supuestos de enfermedad, vacaciones u otras ausencias, o por acumulación temporal
de trabajo, cuando las funciones no se puedan cubrir con el resto de personal de
plantilla, siendo una necesidad urgente e inaplazable, debidamente justificada en el
expediente y de carácter excepcional, y que afecte
al funcionamiento de los Servicios
Públicos esenciales.
La categoría de Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio se halla encuadrada en el
Grupo E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales
(Ley 7/2007).
SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 53
de la Ley 10/2010, de 9 de julio,
de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, para
poder participar en los procesos selectivos será ne
cesario reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que
, conforme a lo dispuesto en el
artículo siguiente, permita el acceso al empleo púb
lico.
En este sentido, se admiten las nacionalidades de los restantes Estados miembros
de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que
se aplique la libre circulación de
trabajadores/as, dentro de lo establecido en la Ley
17/1993, de 23 de diciembre, de
acceso a determinados sectores de la función públic
a de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, modificada po
r la Ley 55/1999, de 29 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda esta
blecerse por ley.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psí
quicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o ta
reas.
d) No haber sido separada o separado, o haberse rev
ocado su nombramiento como
personal funcionario interino, con carácter firme m
ediante procedimiento disciplinario
de ninguna administración pública u órgano constitu
cional o estatutario, ni hallarse
inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio
de cualesquiera funciones públicas o
de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesio
nal o escala objeto de la
convocatoria.
En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia
firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma
procedente, para ejercer funciones similares a las
propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Tratándose de personas
nacionales de otros Estados, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida en los mismo
s términos en su Estado el acceso
al empleo público.
2.- Para ser admitido como aspirante al proceso de
selección al que se refieren las
presentes bases, no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones
previstas en el sistema educativo, a tenor de lo es
tablecido por la Disposición
Adicional Sexta (
Otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación
) del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
y de lo dispuesto en el artículo 25
de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat
, de Ordenación y Gestión de la
Función Pública Valenciana.
3.- Todos los requisitos mencionados deberán poseer
se por los aspirantes en la
fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
TERCERA.- DE LA PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
1.- Quienes deseen tomar parte en el proceso de sel
ección, podrán presentar
instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Granja de Rocamora.
Para ello, se encuentra disponible el modelo de sol
icitud que figura en las presentes
bases como Anexo I.
2.- Los aspirantes podrán presentar la solicitud en
el Registro General del
Ayuntamiento de Granja de Rocamora, o bien, en alguno de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo
de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de
las presentes bases en el Boletín
Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 47 de 08/03/2017]{del 9 al 29 de marzo de 2017, a.i.}
3.- Los aspirantes harán constar en la solicitud qu
e reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases generales para la plaza que
se opte a la fecha de presentación
de la instancia.
4.- Además, junto a la instancia deberá presentarse
la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I., acompañándose del document
o original para su compulsa
en este Ayuntamiento.
b) Vida Laboral, debidamente actualizada.
c)
Curriculum vitae
del aspirante, en el que conste su formación académica y
experiencia profesional.
d) Documentación acreditativa de los méritos a valorar. En este sentido, se admitirá
la presentación tanto de las copias de los documentos oportunamente compulsadas al efecto, como de los documentos originales, acompañados de sus respectivas copias
para la compulsa en el Ayuntamiento.
Una vez realizada la compulsa de la
documentación aportada, se devolverán, con carácter
inmediato, los documentos
originales a los candidatos.
e) Declaración responsable del cumplimiento de todas las condiciones exigidas en
las presentes bases. Únicamente será necesario aportarlo como documento
independiente a la solicitud en el caso de que el modelo utilizado no sea el previsto en
el Anexo I.
www.aytogranja.com
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