Ayuntamiento de Granja de Rocamora. CONVOCATORIA CONST. BOLSA EMPLEO PARA CONTRATACIÓN PERSONAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO.
PRIMERA.- DEL OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA.
1.- Es objeto de las presentes bases regular el proceso para la creación y
funcionamiento de una bolsa de empleo o lista de es
pera de Auxiliares
Administrativos, para sustituir temporalmente a sus
titulares en supuestos de
enfermedad, vacaciones u otras ausencias, o por acumulación temporal de trabajo,
cuando las funciones no se puedan cubrir con el resto de personal de plantilla, siendo
una necesidad urgente e inaplazable, debidamente justificada en el expediente y de
carácter excepcional, y que afecte al funcionamient
o de los Servicios Públicos
esenciales.
La categoría de Auxiliar Administrativo se halla en
cuadrada en la Escala de
Administración General, C) Subescala Auxiliar, Grupo C2, según el Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.- Selección y orden de prelación: la selección de
candidatos aspirantes y el
correspondiente orden de prelación en la lista de e
spera se efectuará mediante el
sistema de
concurso-oposición
,...
SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 53
de la Ley 10/2010, de 9 de julio,
de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Fu
nción Pública Valenciana, para
poder participar en los procesos selectivos será ne
cesario reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que
, conforme a lo dispuesto en el
artículo siguiente, permita el acceso al empleo púb
lico.
En este sentido, se admiten las nacionalidades de los restantes Estados miembros
de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que
se aplique la libre circulación de
trabajadores/as, dentro de lo establecido en la Ley
17/1993, de 23 de diciembre, de
acceso a determinados sectores de la función públic
a de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, modificada po
r la Ley 55/1999, de 29 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en s
u caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda establecerse por ley.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psí
quicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido separada o separado, o haberse rev
ocado su nombramiento como
personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario
de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse
inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio
de cualesquiera funciones públicas o
de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la
convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia
firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma
procedente, para ejercer funciones similares a las
propias de la categoría profesional a
la que se pretende acceder. Tratándose de personas
nacionales de otros Estados, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida en los mismo
s términos en su Estado el acceso
al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, salvo para el
acceso a las agrupaciones profesionales funcionaria
les previstas en el artículo 25.
2.- En concreto, para ser admitido como aspirante al proceso de selección para
acceder a la bolsa de Auxiliar Administrativo, se e
xige estar en posesión del título de
Graduado Escolar o de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente;
o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en
que finalice el plazo de
presentación de instancias.
3.- Equivalencia de títulos: corresponde a la autoridad académica competente
declarar la equivalencia de títulos.
Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados en la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias, y su acreditación corresponderá a
los aspirantes interesados.
4.- Todos los requisitos mencionados deberán poseer
se por los aspirantes en la
fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
TERCERA.- DE LA PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
1.- Quienes deseen tomar parte en el proceso de sel
ección, podrán presentar
instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Granja de Rocamora.
Para ello, se encuentra disponible el modelo de solicitud que figura en las presentes
bases como Anexo I.
2.- Los aspirantes podrán presentar la solicitud en
el Registro General del
Ayuntamiento de Granja de Rocamora, o bien, en alguno de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo
de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de
las presentes bases en el Boletín
Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 47 de 08/03/2017] {del 9 al 29 de marzo de 2017, a.i.}
3.- Los aspirantes harán constar en la solicitud qu
e reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases generales para la plaza que
se opte a la fecha de presentación
de la instancia.
4.- Además, junto a la instancia deberá presentarse
la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I., acompañándose del document
o original para su compulsa
en este Ayuntamiento.
b) Fotocopia de la titulación exigida para el acces
o a la bolsa de empleo,
aportándose el documento original simultáneamente,
para su compulsa por este
Ayuntamiento.
c) Vida Laboral, debidamente actualizada.
d)
Curriculum vitae
del aspirante, en el que conste su formación acadé
mica y
experiencia profesional.
e) Documentación acreditativa de los méritos a valorar. En este sentido, se admitirá
la presentación tanto de las copias de los document
os oportunamente compulsadas al
efecto, como de los documentos originales, acompaña
dos de sus respectivas copias
para la compulsa en el Ayuntamiento. Una vez realiz
ada la compulsa de la
documentación aportada, se devolverán, con carácter
inmediato, los documentos
originales a los candidatos.
f) Declaración responsable del cumplimiento de toda
s las condiciones exigidas en
las presentes bases. Únicamente será necesario apor
tarlo como documento
independiente a la solicitud en el caso de que el m
odelo utilizado no sea el previsto en
el Anexo I.
www.aytogranja.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia