Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación en el área de tráfico, movilidad y seguridad vial, correspondientes al ejercicio 2017.
BDNS(Identif.):333592.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán participar como solicitantes y beneficiarios para realización de proyectos de investigación, las siguientes personas jurídicas:
Los centros públicos de I+D+i: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, los centros de I+D+i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado y los centros de I+D+i vinculados o dependientes de las administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D+i.
Los centros privados de investigación y desarrollo universitarios: universidades privadas o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Los Centros tecnológicos: tienen esta consideración las entidades definidas por el artículo 2 del Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en el artículo 6 de la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto.
El objeto de la resolución es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para proyectos de investigación en materia de tráfico, movilidad y seguridad vial. Los proyectos presentados tendrán una duración máxima de un año y deberán tener como objetivos aquellos incluidos en las áreas del Plan de Investigación 2017-2020 de la DGT.
El desarrollo de los proyectos de investigación será realizado por equipos de investigación dirigidos por un investigador principal, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la resolución de convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden INT/864/2014 por la que se establecen las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas para la investigación, desarrollo e innovación en materia de tráfico, movilidad y seguridad vial («Boletín Oficial del Estado» núm.128, de 27 de mayo de 2014).
Cuarto. Cuantía.
El total de la cuantía destinada a estas subvenciones es de 722.568,00 euros. La cuantía individualizada de cada subvención se determinará atendiendo al coste financiable de la actividad, recogido en la previsión de gastos que acompaña la solicitud, siempre y cuando el proyecto haya superado la puntuación mínima según lo establecido en el artículo 19 de la resolución de convocatoria. Se concederán las subvenciones a los proyectos por orden de puntuación hasta el límite del presupuesto.
La cuantía máxima de subvención por proyecto de investigación será de 50.000 €. Las cantidades concedidas cubrirán el 100% de los costes financiables del proyecto calculado mediante la modalidad de 'Costes Marginales'.
El presupuesto de la subvención financiará gastos de personal, aparatos y equipos, subcontratación, material fungible, viajes y manutención y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, con los requisitos del artículo 8 de la resolución de convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 7 de marzo de 2017 a las 00:00 horas (peninsular) y finalizará el día 28 de marzo de 2017, a las 15:00 horas (peninsular).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes
Todos los proyectos que cumplan con los requisitos administrativos establecidos en la convocatoria serán objeto de un proceso de evaluación por pares por expertos y por la comisión técnica de valoración teniendo en cuenta los siguientes criterios recogidos en el artículo 19 de la resolución de convocatoria:
Criterios técnicos: nivel científico técnico del proyecto
Criterios de oportunidad
Otros (adecuación del investigador principal y del equipo investigador al proyecto)
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