Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento Alicante.
BASES BOLSA EMPLEO TEMPORAL OPERADOR DE COMUNICACIONES.
“BASES Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante para Bolsa de Empleo Temporal (BET).
Mediante las presentes bases de la convocatoria de OPERADOR del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Alicante, se regirá el proceso selectivo para la creación de una bolsa de empleo temporal de operador de comunicaciones, perteneciente al subgrupo de clasificación C1.
BASES QUE DEBEN REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE OPERADOR DE COMUNICACIONES DEL CONSORCIO PROVINCIAL PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.
Base Primera.- Objeto y funciones.
1.- Objeto. Es objeto de las presentes Bases regular el proceso selectivo para la creación de una bolsa de empleo temporal de operador de comunicaciones del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Alicante, perteneciente al subgrupo de clasificación C1.
Esta Bolsa de empleo temporal se crea a los únicos efectos de cubrir las necesidades coyunturales de personal que se produzcan en esta categoría, mediante nombramiento de funcionario interino y para prestar servicios de operador de comunicaciones.
2.- Funciones a desempeñar.
1. FUNCIONES GENERALES
Trabaja a turnos (mañanas, tardes, noches y festivos).
Y asume las siguientes funciones:
a) Desplazamientos a servicios de especial intensidad, con UMC para constituir el PMA.
b) Responsabilizarse de la recepción de los montajes y señales de alarma, debiendo transmitir los mismos sin demora, para cuyo fin efectuarán los controles necesarios de la calidad de recepción de transmisión de los aparatos de radiocomunicación e informática a su cargo.
c) Tratamiento y traslado de datos (nivel informático usuario).
d) Conocimiento de los Planes de Emergencia y Protocolos de Actuación.
e) Comprobación del correcto funcionamiento de todos los equipos de comunicaciones de la sala, así como la red radio de la Generalidad.
f) Creación y mantenimiento de la base de datos de los equipos de comunicaciones del Consorcio Provincial de Bomberos.
g) Dar cursos de formación de Comunicaciones a los Bomberos y Brigadas forestales.
2. FUNCIONES O COMETIDOS ESPECÍFICOS
1) Comprobación de las líneas del 112, equipos de radio, equipos informáticos, así como del correcto uso de dichos equipos.
2) Asistencia en el Centro de Comunicaciones, en situaciones de Emergencia como inundaciones, incendios forestales, etc.
3) Asistencia con el vehículo de comunicaciones a incendios forestales, rescates, así como prácticas de comunicaciones con bomberos y brigadas forestales.
4) Guardia localizada.
5) Gestión y seguimiento de las Emergencias recibidas a través del Terminal de Mando y Control de la plataforma 1.1.2.
6) Control del Despacho Automático Forestal, Incendios de Vivienda, Industrias, Accidentes de Trafico, A.D.R. - T.P.C.
7) Control del Helicóptero, para la asistencia en accidentes de tráfico y rescates.
8) Gestión de todas las situaciones de Protección Civil, tales como, alertas meteorológicas, P.R.E.V.I.F.O.C., T.P.C.-A.D.R., PLAN ESPECIAL DEL AEROPUERTO DE ALICANTE, TÚNEL DE R.E.N.F.E. ELCHE, EMPRESAS CON ACTIVIDADES PELIGROSAS (INDALVA, REPSOL-BUTANO, C.L.H.), así como cualquiera otra que pudiera surgir, en el desempeño del papel de Centro de Emergencias Provincial de Alicante.
9) Atención directa de las comunicaciones del Área Operativa de l’Alacanti, al estar ubicados en el Parque de Bomberos de San Vicente.
3. COMETIDOS COMPLEMENTARIOS
Cualesquiera otros análogos o complementarios relacionados con los anteriores, con sujeción a las órdenes recibidas de su superior jerárquico.
Base Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Los aspirantes deberán poseer los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la incorporación efectiva y durante el ejercicio del puesto de trabajo mientras se encuentre en servicio activo, establecidos con carácter general en los artículos 23, 25, 26 y concordantes de la Ley 7/2011, de los SPEIS, 56 del Texto Refundido del EBEP y 135 del RDL 781/1986, de 18 de abril, del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en su aplicación será necesario:
a) Tener la nacionalidad española o, incluso no teniendo, estar en alguno de los supuestos previstos por la normativa vigente para el acceso de los nacionales de otros Estados a puestos de funcionarios en las Administraciones Públicas. En todo caso será responsabilidad del interesado acreditar el cumplimiento de este requisito.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional y psicofísica suficiente para el ejercicio de los cometidos asignados a la plaza y a los lugares vinculados a la plaza objeto de la convocatoria. El Consorcio se reserva el derecho a someter a los / as aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Bachiller o de Técnico de Formación Profesional o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se requerirá acreditar la homologación del mismo.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
g) Conocimiento de la lengua castellana. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, a los efectos de ser admitidos en la convocatoria, deberán acreditar poseer los conocimientos de la lengua castellana correspondientes al diploma de español Nivel Intermedio (B2) o superior, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, o estar en posesión de certificado acreditativo de haber cursado la primaria y la secundaria o el bachillerato en el Estado español.
Base Tercera.
1. Instancias. Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo de las presentes Bases. El modelo de instancia normalizada será facilitado gratuitamente en el Registro General del Consorcio de Alicante, pudiendo igualmente, acceder a la misma a través de la página web del Consorcio. www.consorciobomberosalicante.es)
Las instancias solicitando participar en el proceso selectivo se dirigirán a la Presidencia del Consorcio, haciendo constar en ellas que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases.
2. Documentación a acompañar a la solicitud:
a. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no nacionales.
b. Los participantes que no tengan la nacionalidad española deberán acompañar a la solicitud fotocopia de la documentación acreditativa del conocimiento del castellano.
c. Fotocopia de la titulación requerida en estas bases, o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición del Título, así como del permiso de conducir.
d. Relación de méritos aportados. No se valorarán los méritos no alegados en la instancia. Los méritos de la relación se ordenarán numéricamente y las correspondientes fotocopias se ordenarán y señalarán con el número indicado en la relación.
e. Fotocopia de los documentos justificativos de los méritos alegados.
Los méritos se acreditarán a través de títulos, certificaciones o diplomas, mediante fotocopia; bien entendido que, de no acreditarse debidamente o aportarse en el plazo señalado, no se tendrán en cuenta para su correspondiente baremación.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será aquella en que finalice el plazo de presentación de instancias.
3. Plazo y lugar de presentación de instancias. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 93 de 18/05/2017].
Si el último día fuera sábado, domingo o festivo se prorrogará al primer día siguiente hábil. {del 19 al 29* de mayo de 2017, a.i.}
Las solicitudes y demás documentación se presentarán en el Registro General del Consorcio Provincial de Alicante, de lunes a viernes y de 9:00 a 14:00 horas, o en la forma que determina el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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