martes, 9 de mayo de 2017

Se fija el precio medio de la energía a aplicar, durante el segundo trimestre de 2017, en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicación la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio.

http://www.creara.es/wp-content/uploads/2017/04/Comparativa-interanual-del-precio-medio-del-Mercado-Diario-525x290.pngSector eléctrico. Resolución de 21 de abril de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar, durante el segundo trimestre de 2017, en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicación la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio. 
Otros formatos
Aprobar el precio medio de la energía a aplicar en el segundo trimestre de 2017 en el cálculo del importe correspondiente a la facturación anual equivalente de la energía para determinar la retribución anual del servicio de interrumpibilidad regulada en el artículo 6 de la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, de aplicación a los consumidores que prestan el servicio en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, fijando su valor en 48,86 euros/MWh. 

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