jueves, 4 de mayo de 2017

subvención para el estudio de la actividad de las instituciones fiscales independientes. Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal

BDNS(Identif.):344328
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las entidades que reúnan los requisitos referidos en la Base 2 de la Resolución de 21 de marzo, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se aprueban las Bases para la concesión de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para el estudio de la actividad de las instituciones fiscales independientes
Segundo. Objeto
La subvención tiene por objeto promover la eficiencia en el funcionamiento, la mejora organizativa, la transparencia y los canales de difusión de las actividades de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en el marco de la labor desempeñada por otras instituciones fiscales independientes.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras para esta subvención fueron aprobadas por Resolución de 21 de marzo de 2017 del Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, publicada en el Boletín Oficial del estado del 7 de abril de 2017.
Cuarto. Cuantía
La cuantía total de la subvención es de 60.000,00 euros, consignados en el capítulo 4 del presupuesto de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal para el ejercicio 2016, prorrogado en 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figura como Anexo a esta Resolución y podrán presentarse en las oficinas de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal sitas en Madrid, calle José Abascal n.º 2, 2.ª planta, 28003 Madrid o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo máximo de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de esta convocatoria.{del 5 al 15 de mayo de 2017, a.i.}

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