- Extracto de la Orden de 14 de noviembre de 2017 por la que se convoca para el año 2017 la concesión de ayudas a la utilización del mecanismo de almacenamiento en 2014 y 2015 a las organizacion de productores pesqueros y sus asociaciones, financiadas con el Fondo Europeo Maritimo y de Pesca (FEMP).
BDNS(Identif.):370850
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3 letra b) y 20.8 letra a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las
organización de productores pesqueros (OPP) y asociaciones de
organizaciones de productores pesqueros (AOP) de ámbito transnacional,
nacional y autonómico dadas de alta en el registro establecido en el
artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
Segundo. Objeto. Se convoca para el ejercicio de 2017 en régimen
de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas a la utilización del
mecanismo de almacenamiento a las OPP y AOP, de ámbito nacional,
transnacional y autonómico, para los almacenamientos realizados en 2014 y
2015 de acuerdo a lo establecido en el Capítulo III del Título II del
Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el
marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector
de la pesca y de la acuicultura, confinanciadas por el Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el
que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se
regula la primera venta de los productos pesqueros, y el Real Decreto
277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones
profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura. (BOE n.º 268, de 04/11/2017).
Tercero. Bases reguladoras. Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el
que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones
profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas
por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de
ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de
29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos
pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se
regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos
de la pesca y de la acuicultura.
Cuarto. Cuantía. La financiación de la ayuda al almacenamiento se
efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.16.415B.772,
"ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los
productos pesqueros" de los presupuestos generales del estado de 2017.
La cuantía máxima total de la ayuda para esta convocatoria se establece
en 4.000.000 de euros.
Quinto. Plazo de presentación y solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de
15 días hábiles a partir de la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOE. {del 21 de noviembre al 13 de diciembre de 2017, a.i.}
El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse
a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las
OPP y AOP como personas jurídicas deberán presentar las solicitudes a
través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, en los modelos que estarán accesibles en
la sede electrónica: https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en
cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Sexto. Criterio de adjudicación. La distribución de los fondos disponibles se
llevará a cabo de conformidad con los criterios de selección
establecidos en el artículo 6 de la convocatoria.
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