Mancomunidad de Servicios Sociales Marina Baixa. BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (SAD)
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA DOTACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AL EFECTO DE HACER FRENTE A LAS NECESIDADES TEMPORALES, ESPORÁDICAS O URGENTES PARA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (SAD).
BASE PRIMERA: Objeto y características de la convocatoria. 1.- Objeto de la convocatoria: El objeto de la convocatoria consiste en la creación de una Bolsa de Empleo de Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), para proveer las vacantes, sustituciones de puestos coyunturales de idénticas características a las convocadas o necesidades del servicio de carácter temporal de dicha categoría que puedan surgir en la Mancomunidad de Servicios Sociales Marina Baixa.
2.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
3.- Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de SAD. La adscripción se realizará por Resolución de Presidencia indicando el motivo de la misma y se notificará a la persona interesada.
El rechazo de cualquier oferta para ser destinado temporalmente supondrá que el aspirante responsable será pospuesto al final de la lista de la bolsa de trabajo. Si el aspirante está en situación de incapacidad temporal será informado de la posibilidad de ser adscrito temporalmente a la realización de estas tareas, debiendo presentar inexcusablemente el alta médica para poder ser destinado.
2.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
3.- Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de SAD. La adscripción se realizará por Resolución de Presidencia indicando el motivo de la misma y se notificará a la persona interesada.
El rechazo de cualquier oferta para ser destinado temporalmente supondrá que el aspirante responsable será pospuesto al final de la lista de la bolsa de trabajo. Si el aspirante está en situación de incapacidad temporal será informado de la posibilidad de ser adscrito temporalmente a la realización de estas tareas, debiendo presentar inexcusablemente el alta médica para poder ser destinado.
4.- Retribuciones. El aspirante adscrito temporalmente a la realización de las tareas de Servicio de Ayuda a Domicilio percibirá las retribuciones básicas correspondientes al grupo AP y las complementarias correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.
5.- Vigencia de la Bolsa de Trabajo. - Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
6.- Las funciones a desempeñar por los seleccionados serán las propias del perfil profesional de un Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a quien corresponde ayudar, en el ámbito sociosanitario, y en el domicilio, a personas con especiales necesidades de salud física, psíquica y social.
BASE SEGUNDA. Requisitos. 1.- Las personas que aspiren a ocupar el puesto de trabajo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/ras, en los términos previstos en la ley estatal que regula esta materia. Los nacionales de otros Estados deberán demostrar un conocimiento adecuado del castellano.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del certificado de escolaridad, el título de estudios primarios o equivalente.
5.- Vigencia de la Bolsa de Trabajo. - Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
6.- Las funciones a desempeñar por los seleccionados serán las propias del perfil profesional de un Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a quien corresponde ayudar, en el ámbito sociosanitario, y en el domicilio, a personas con especiales necesidades de salud física, psíquica y social.
BASE SEGUNDA. Requisitos. 1.- Las personas que aspiren a ocupar el puesto de trabajo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/ras, en los términos previstos en la ley estatal que regula esta materia. Los nacionales de otros Estados deberán demostrar un conocimiento adecuado del castellano.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del certificado de escolaridad, el título de estudios primarios o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública; ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en disposición del carné de conducir clase B y aceptar la obligatoriedad de cumplir el carácter itinerante del SAD y la utilización de los vehículos oficiales para los desplazamientos.
g) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
h) Poseer algunas de estas titulaciones:
a Técnico de atención a personas en situación de dependencia
a Técnico de atención a personas en situación de dependencia
b Técnico de atención sociosanitaria.
c El título de técnico auxiliar de FP de primer grado de la rama sanitaria, tanto de la especialidad clínica, como de la especialidad psiquiatría (títulos de los años 70 y 80) Es equivalente profesionalmente al título de técnico de cuidados auxiliares de enfermería de FP de grado medio.
d Título oficial de auxiliar de enfermería (módulo profesional nivel II de la rama sanitaria) Es equivalente profesionalmente al de técnico de cuidados auxiliares de enfermería
e Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio o atención socio – sanitaria a dependientes en instituciones sociales.
f También podrán acceder a la bolsa de trabajo:
-Personas que hayan solicitado evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
BASE TERCERA: Solicitudes. 1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Presidente de esta Mancomunidad, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta entidad o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- La instancia deberá ir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente documentación:
f También podrán acceder a la bolsa de trabajo:
-Personas que hayan solicitado evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
BASE TERCERA: Solicitudes. 1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Presidente de esta Mancomunidad, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta entidad o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- La instancia deberá ir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Título Exigido.
c- Vida laboral.
d- Currículum Vitae.
e- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados, mediante cotejo o compulsa con los documentos originales.
4.- El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 228 de 29/11/2017] {del 30 de noviembre al 19 de diciembre de 2017, a.i.} La convocatoria también se publicará en el Tablón de Anuncios de esta Mancomunidad, en su página Web, www.mancomunidadmarinabaixa.es/ y en los Tablones de anuncios de los Ayuntamientos que forman esta Mancomunidad.
En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados, mediante cotejo o compulsa con los documentos originales.
4.- El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 228 de 29/11/2017] {del 30 de noviembre al 19 de diciembre de 2017, a.i.} La convocatoria también se publicará en el Tablón de Anuncios de esta Mancomunidad, en su página Web, www.mancomunidadmarinabaixa.es/ y en los Tablones de anuncios de los Ayuntamientos que forman esta Mancomunidad.
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