sábado, 6 de enero de 2018

subvenciones para la realización de actividades culturales, musicales y escénicas, a Ayuntamientos de la provincia

BDNS(Identif.):378714
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
 Primero. Beneficiarios:
Las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio y los Ayuntamientos de la provincia de Alicante, así como los Organismos Autónomos dependientes de los mismos.
 Segundo. Finalidad:
La concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades culturales, musicales y escénicas, ya realizadas o por realizar entre el 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018.
Cuarto. Importe:
El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS (428.959,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3341.46205000 del Presupuesto de 2018, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2018, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. 
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará junto con las bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General  de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante.[Nº 4 de 05/01/2018] {del 6 de enero al 5 de febrero de 2018, a.i.} 

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