Diputació d'Alacant. CONVOCATORIA DE LA 21ª EDICIÓN DE EXPOCREATIVA 2018: CONCURSO DE ARTES PLÁSTICAS, PINTURA Y CERÁMICA REALIZADAS POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL.
BDNS(Identif.):408678
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es).
Primero. Beneficiarios:
Las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad o representación de Centros Específicos, Centros Especializados o Centros de Educación Especial ubicados en la Provincia de Alicante y destinados a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual mayores de 16 años, mediante la presentación de obras realizadas por éstos. Cada entidad podrá presentar una única solicitud.
Los Centros Específicos y Especializados, deberán estar registrados y autorizados en su funcionamiento según Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana y en su caso los Centros de Educación Especial, deberán estar inscritos en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana, según Decreto 115/1990, de 9 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, y regirse por lo establecido en el Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, de Ordenación de la Educación para la Atención del Alumnado con Necesidades Educativas Especiales, modificado por el Decreto 227/2003, de 14 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana.
Se entenderán excluidos los Centros de Educación Especial que no cuenten con Programas de Transición a la Vida Adulta, las Unidades de Educación Especial emplazadas en Centros Educativos ordinarios, y unidades de PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial) emplazadas en Centros de Secundaria o Centros de Formación Profesional.
Segundo. Objeto:
Se establecen tres secciones: Pintura, Artes Plásticas y Cerámica. Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 obras, 1 obra en cada una de las secciones establecidas. Cada obra podrá ser realizada por un máximo de 6 autores/as.
Quedarán excluidas de la fase de concurso las obras que superen los 2 metros lineales, peso superior a 20 kilos y las obras protegidas o confeccionadas con cristal.
Excepcionalmente, el Departamento de Bienestar Social podrá permitir la exhibición o muestra en la sala de exposiciones, fuera de la fase de concurso, y siempre que las condiciones de la sala de exposiciones lo permitan, de obras que no cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es).
Primero. Beneficiarios:
Las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad o representación de Centros Específicos, Centros Especializados o Centros de Educación Especial ubicados en la Provincia de Alicante y destinados a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual mayores de 16 años, mediante la presentación de obras realizadas por éstos. Cada entidad podrá presentar una única solicitud.
Los Centros Específicos y Especializados, deberán estar registrados y autorizados en su funcionamiento según Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana y en su caso los Centros de Educación Especial, deberán estar inscritos en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana, según Decreto 115/1990, de 9 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, y regirse por lo establecido en el Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, de Ordenación de la Educación para la Atención del Alumnado con Necesidades Educativas Especiales, modificado por el Decreto 227/2003, de 14 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana.
Se entenderán excluidos los Centros de Educación Especial que no cuenten con Programas de Transición a la Vida Adulta, las Unidades de Educación Especial emplazadas en Centros Educativos ordinarios, y unidades de PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial) emplazadas en Centros de Secundaria o Centros de Formación Profesional.
Segundo. Objeto:
Se establecen tres secciones: Pintura, Artes Plásticas y Cerámica. Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 obras, 1 obra en cada una de las secciones establecidas. Cada obra podrá ser realizada por un máximo de 6 autores/as.
Quedarán excluidas de la fase de concurso las obras que superen los 2 metros lineales, peso superior a 20 kilos y las obras protegidas o confeccionadas con cristal.
Excepcionalmente, el Departamento de Bienestar Social podrá permitir la exhibición o muestra en la sala de exposiciones, fuera de la fase de concurso, y siempre que las condiciones de la sala de exposiciones lo permitan, de obras que no cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Cuarto. Cuantía:
Las obras que reúnan todos los requisitos y condiciones establecidas en esta Convocatoria, optarán en fase de concurso a los premios asignados por el jurado y “Premio por votación del público asistente”. Las obras que no reúnan los requisitos y condiciones, se entenderán excluidas de la fase de concurso.
Para la valoración de los trabajos presentados, se constituirá un Jurado, cuyo objeto será asignar los premios y accésits establecidos.
El “Premio por votación del público asistente” será otorgado por el público que visite la muestra, mediante su voto. Quedarán excluidas de este premio, las obras no expuestas por motivo de su rotura, las clasificadas fuera de concurso y aquellas pertenecientes a Centros que hayan obtenido un premio o accésit concedido por el jurado, en este último caso, se otorgará a la siguiente obra más votada, en la que no concurriera dicha coincidencia.
Las obras que reúnan todos los requisitos y condiciones establecidas en esta Convocatoria, optarán en fase de concurso a los premios asignados por el jurado y “Premio por votación del público asistente”. Las obras que no reúnan los requisitos y condiciones, se entenderán excluidas de la fase de concurso.
Para la valoración de los trabajos presentados, se constituirá un Jurado, cuyo objeto será asignar los premios y accésits establecidos.
El “Premio por votación del público asistente” será otorgado por el público que visite la muestra, mediante su voto. Quedarán excluidas de este premio, las obras no expuestas por motivo de su rotura, las clasificadas fuera de concurso y aquellas pertenecientes a Centros que hayan obtenido un premio o accésit concedido por el jurado, en este último caso, se otorgará a la siguiente obra más votada, en la que no concurriera dicha coincidencia.
Se establecen los siguientes premios, destinados a los Centros, correspondientes a las obras que hayan sido premiadas:
Nueve premios destinados a los Centros, cuyas obras hayan sido premiadas a propuesta del Jurado. En cada Sección se otorgarán 3 premios:
- Mejor trabajo por su Originalidad: 2.500 €.
- Mejor trabajo por su Composición: 2.500 €.
- Mejor trabajo por su Temática: 2.500 €.
El jurado, a su criterio, podrá otorgar 4 accésits, con una dotación de 1.250 € cada uno de ellos.
“Premio por votación del público asistente" a la exposición: 800 €.
Cada autor/a de las obras que hayan sido premiadas, recibirá un obsequio consistente en material audiovisual, formativo en artes plásticas o deportivo, para cada uno de estos premios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Alacant Nº 137 de 19/07/2018 ] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, finalizando el 20 de agosto de 2018 incluido.
Las obras deberán ser depositadas en las instalaciones, plazo y horario que a tal efecto se establezca y que será comunicado a los interesados en el momento oportuno.
Nueve premios destinados a los Centros, cuyas obras hayan sido premiadas a propuesta del Jurado. En cada Sección se otorgarán 3 premios:
- Mejor trabajo por su Originalidad: 2.500 €.
- Mejor trabajo por su Composición: 2.500 €.
- Mejor trabajo por su Temática: 2.500 €.
El jurado, a su criterio, podrá otorgar 4 accésits, con una dotación de 1.250 € cada uno de ellos.
“Premio por votación del público asistente" a la exposición: 800 €.
Cada autor/a de las obras que hayan sido premiadas, recibirá un obsequio consistente en material audiovisual, formativo en artes plásticas o deportivo, para cada uno de estos premios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Alacant Nº 137 de 19/07/2018 ] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, finalizando el 20 de agosto de 2018 incluido.
Las obras deberán ser depositadas en las instalaciones, plazo y horario que a tal efecto se establezca y que será comunicado a los interesados en el momento oportuno.
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