lunes, 16 de julio de 2018

Sociedad Española de Sistemas de Pago, S.A. (Iberpay). -Sistema Nacional de Compensación Electrónica -SNCE-

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REGLAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA
PREÁMBULO
El Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE) fue creado por el Real Decreto 1369/1987, de 18 de septiembre, con el propósito de llevar a cabo la compensación de documentos, instrumentos de pago y transferencias de fondos que, mediante sistemas y procedimientos electrónicos, presenten al mismo las entidades miembros. Inicialmente, la gestión y administración del SNCE estuvo encomendada al Banco de España. Posteriormente, mediante la reforma de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, llevada a cabo por la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, la gestión del SNCE pasó a ser asumida por la Sociedad Española de Sistemas de Pago, S.A. (Iberpay).
Como consecuencia de esta reforma, el SNCE es uno de los sistemas de pagos españoles reconocidos a los efectos de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.
La Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, modificó la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, para, entre otras, definir en sus términos hoy vigentes el objeto de Iberpay así como sus facultades normativas, que deberán regular, principalmente, el régimen de adhesión al sistema, las condiciones, momento de aceptación y procedimiento de compensación de las órdenes cursadas al mismo, así como los medios de cobertura de las obligaciones que asuman sus participantes.
Ya en el contexto actual, la reciente publicación de la segunda Directiva sobre servicios de pago en el mercado interior (Directiva (UE) 2015 /2366 del Parlamento y del Consejo de 25 de noviembre de 2015), que tiene una clara finalidad de dinamización del sector, acentúa la necesidad de preparar al SNCE frente a nuevos retos.
No solo las previsiones de orden legislativo, sino especialmente el impacto tecnológico y el carácter innovador que viene mostrando el sector de los pagos en nuestro país ponen de manifiesto la conveniencia de la actualización de esta norma básica, a pesar de tratarse de una norma reciente, de noviembre de 2017. Es absolutamente necesario que los nuevos servicios, procedimientos y funcionalidades que puede y debe prestar el SNCE estén adecuadamente amparados desde el punto de vista normativo.
En concreto, el nuevo texto que ahora se publica modifica el sistema de garantías, que tradicionalmente se ha basado en un mecanismo de reparto lineal de pérdidas entre todos los participantes directos, con objeto de dotarle de mayor proporcionalidad respecto al riesgo concreto que cada participante directo introduce en el sistema, teniendo en cuenta su correspondiente nivel de actividad, así como la utilización de procedimientos de liquidación de TARGET2 que se basan en la provisión previa de fondos y limitan así dicho riesgo.
El presente reglamento, que cuenta con la preceptiva autorización del Banco de España, ha sido elaborado por Iberpay y constituye, de conformidad con la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, la norma básica del SNCE.

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