MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Extracto de la Resolución de 11 de abril 2019 de la Presidencia del Instituto de Turismo de España por la que se convocan becas para la realización de prácticas profesionales.
BDNS(Identif.):450544.
«De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse Pen la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las becas reguladas en esta Resolución, las personas físicas que, además de los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, reúnan, al tiempo de la solicitud de la beca, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
b) Titulación. Estar en posesión de los títulos universitarios de Graduado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, o Máster Oficial (RD 1509/2008 de 12 de septiembre), o de Diplomado en Turismo, Ciencias Económicas, Empresariales, Sociología, Gestión y Administración Pública, siempre que se hayan cursado los estudios y superado las pruebas para la obtención del correspondiente título en un período de tiempo comprendido entre los seis años anteriores al de la convocatoria de las becas y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los solicitantes extranjeros habrán de presentar las titulaciones equivalentes a las exigidas a los españoles.
c) Calificaciones. Los Graduados, Licenciados, Máster Oficial, Arquitectos o Ingenieros deben tener una nota media igual o superior a seis sobre diez; y una nota media igual o superior a siete sobre diez, se requiere para los Diplomados en Turismo, Ciencias Económicas, Empresariales, Sociología, Gestión y Administración Pública.
d) Idiomas. Acreditar, mediante certificación de institución académica oficial, poseer conocimiento del idioma inglés, el nivel mínimo habrá de ser C1. Los extranjeros deberán poseer un conocimiento del castellano de nivel mínimo C1.
Segundo: Objeto. Becas para la realización de actividades o prácticas formativas en la red de Consejerías de Turismo en el exterior dependientes del Instituto de Turismo de España o en los servicios centrales del mismo.
Tercero: Bases reguladoras. La Orden ICT/885/2018, de 17 de agosto (Boletín Oficial del Estado núm. 204, de 23 de agosto de 2018), regula el programa de becas del Instituto de Turismo de España para la realización de prácticas profesionales
Cuarto: Cuantía. La cuantía total anual máxima de las becas convocadas en la presente resolución asciende a 1.089.528 €, y en caso de prórroga de un año adicional, la cuantía total máxima ascendería a 2.179.056 €.
El numero maximo de beneficiarios será de 33 para las Consejerias de Turismo en el extranjero (un beneficiario por Consejeria) y de 3 para los servicios centrales.
Quinto: Plazo de presentacion de solicitudes. El plazo es de 15 dias habiles a partir del dia siguiente a la publicacion del presente extracto en el "Boletin Oficial del Estado".»{del 17 al 31 de mayo al de 2019}
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