Ajuntament de Pego. BASES SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL ELECTRICISTA. Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 15 de mayo de 2019 se han aprobado las bases de la selección de una plaza de Oficial Electricista por turno libre, según la Oferta de Empleo Público de 2019, publicada en el BOP de Alicante de fecha 06/05/2019, cuyo contenido es el siguiente:
BASES DE LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL ELECTRICISTA
PRIMERA. Objeto de la convocatoria. Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Pego de naturaleza funcionarial, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2019, de OFICIAL ELECTRICISTA por turno libre, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, subgrupo C2, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición por turno libre. La forma en la que están transcritos los términos de las presentes bases que puedan hacer referencia tanto al género masculino como al femenino no suponen situación de discriminación alguna por razón de diferencias de género, entendiéndose reflejados los dos géneros en una igualdad de trato por rechazar toda forma de discriminación, directa o indirecta, basada en el sexo.
SEGUNDA. Publicidad de la convocatoria y sus bases. Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, un extracto en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, y en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento. La convocatoria del proceso selectivo se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://pego.sedelectronica.es).
PRIMERA. Objeto de la convocatoria. Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Pego de naturaleza funcionarial, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2019, de OFICIAL ELECTRICISTA por turno libre, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, subgrupo C2, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición por turno libre. La forma en la que están transcritos los términos de las presentes bases que puedan hacer referencia tanto al género masculino como al femenino no suponen situación de discriminación alguna por razón de diferencias de género, entendiéndose reflejados los dos géneros en una igualdad de trato por rechazar toda forma de discriminación, directa o indirecta, basada en el sexo.
SEGUNDA. Publicidad de la convocatoria y sus bases. Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, un extracto en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, y en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento. La convocatoria del proceso selectivo se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://pego.sedelectronica.es).
Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas y la fase de concurso, se expondrán en la sede electrónica y en la página web www.pego.org, bastando dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes. Para ser admitido en el proceso selectivo, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 53 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes:
a. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b. Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda establecerse por ley.
c. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d. No haber sido separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
e. Poseer la titulación de FP I, Rama Electricidad, o en condiciones para obtenerla por haber pagado los derechos de examen para su expedición. En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por quien participe en la presente convocatoria mediante certificado expedido por la administración competente. En caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
f. Estar en posesión de los permisos que habilitan para la conducción de vehículos de la clase C.
CUARTA. Forma y plazo de presentación de instancias. Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pego y deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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