viernes, 17 de mayo de 2019

Ayudas del Programa de Comunicación para empresas radicadas en España (dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.)

MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. Extracto de la Resolución de 8 de mayo de 2019 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2019 del Programa de Comunicación para empresas radicadas en España de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
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  • BDNS(Identif.):454519.

  • De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

  • Primero. Convocatoria.
  • La Dirección General de Migraciones convoca para 2019 ayudas del Programa de Comunicación en España de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

  • Segundo. Objeto.
  • El objeto de estas ayudas es:

  • a) La realización de acciones en el ámbito de la comunicación dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.

  • b) La realización de acciones referidas a la distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa escrita entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior.

  • Tercero. Normas generales de la convocatoria.
  • Podrán optar a estas subvenciones las empresas privadas radicadas en España, siempre que entre sus fines se encuentren las actividades objeto de este programa, y que reúnan los requisitos establecidos en la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio y en la presente resolución de Convocatoria.

  • Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en el Portal para la ciudadanía española en el exterior y en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España.

  • El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el «BOE».

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