Diputació d'Alacant. BASES REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN DE PRÁCTICAS DE UN LICENCIADO EN HISTORIA.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de esta convocatoria la contratación temporal, conforme a la modalidad prevista en el art. 11, 1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y del art. 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, de un LICENCIADO EN HISTORIA, para que preste sus servicios en la Diputación Provincial de Alicante.
...
Las retribuciones se adecuarán a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores.
El aspirante que mayor puntuación obtenga en este proceso selectivo será el seleccionado y el resto de aspirantes que realicen la entrevista curricular entrarán a formar parte de una bolsa de empleo, cuya vigencia máxima será de dos años.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal laboral temporal, en igualdad de condiciones que los españoles, a los empleos públicos:
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
a.2) El cónyuge, ascendientes y descendientes del c
ónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación, sin perjuicio de lo establecido en el art. 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio.
d) Encontrarse dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios, sin perjuicio de lo establecido en el art. 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio.
e) No estar contratado en prácticas en esta Corporación, o en otra empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación o certificado de profesionalidad.
No estar contratado en prácticas en esta Corporación para el mismo puesto de trabajo por tiempo superior a dos años, aunque se trate de distinta titulación o distinto certificado de profesionalidad.
Los títulos de grado, máster y, en su caso, doctorado, correspondientes a los estudios universitarios no se considerarán la misma titulación, salvo que al ser contratado por primera vez mediante un contrato en prácticas el trabajador estuviera ya en posesión del título superior de que se trate.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) Estar en posesión del título de Licenciatura en Geografía e Historia, Historia, o la titulación correspondiente conforme al vigente sistema de titulaciones universitarias, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
...
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la contratación.
TERCERA.- SOLICITUDES
I.- Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo, lo solicitarán en instancia dirigida a la Ilma. Presidencia de la Diputación Provincial, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad, curriculum vitae y la documentación que se aporte a efectos de valoración de méritos, será en la forma que determina el apartado 5.1 de la Base Quinta.
El modelo de instancia se facilitará tanto en las dependencias del Departamento de Personal como en la Oficina de Información de esta Corporación, y a través de la página web de la misma (www.diputacionalicante.es).
II.- Las Bases de la Convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.).
III.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. {del 11 al 22* de mayo de 2017, a.i.}
Las instancias y documentación oportunas se presentarán, en caso de no estar habilitada la sede electrónica, en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial (c/. Tucumán, núm. 8, de Alicante), o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de presentarse en las Oficinas de Correos y Telégrafos, deberá hacerse en sobre abierto y dejando constancia de la fecha de presentación.
Los interesados que deseen participar en esta convocatoria lo solicitarán de forma preferente por vía telemática, si en la sede electrónica de la Corporación estuviere habilitada esta posibilidad a la fecha de presentación de instancias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia