Por Resolución de esta Tenencia de Alcaldía de fecha 26 de enero de 2018, se resuelve aprobar las Bases Específicas y convocar el proceso selectivo para la provisión en propiedad por el procedimiento de concurso-oposición turno libre, de una plaza de Administrativo de Gestión, vacante en la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, e incluida en la oferta de empleo público del año 2016.
Del mismo modo se resuelve la publicación integra de las Bases que se transcriben seguidamente:
BASES ESPECIFICAS PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN, ENCUADRADA EN LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONSURSO-OPOSICIÓN TURNO LIBRE.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el procedimiento de concurso-oposición turno libre, de una plaza de Administrativo de Gestión, vacante en la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, e incluida en la oferta de empleo público del año 2016.
Las plaza está encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de clasificación C, subgrupo C1 de los previstos por el artículo 76 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, nivel de complemento de destino 18 y demás emolumentos que correspondan de conformidad con la legislación vigente
SEGUNDA .-REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el TREBEP. En aquellos casos de personas extranjeras cuya nacionalidad no esté comprendida entre los Estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico superior o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración competente.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Se garantiza la igualdad de condiciones a personas con discapacidad conforme a lo establecido en los artículos 55.2 y 55.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación expedida por el órgano competente de la Generalitat, u órgano de la Comunidad Autónoma competente, o de la Administración General del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El Ayuntamiento, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de los aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios. A estos efectos los aspirantes lo harán constar en la solicitud de participación en la bolsa, con la propuesta de la adaptación solicitada, en este caso antes de la celebración de la prueba será resuelta la solicitud por el órgano de selección, debiendo motivar expresamente la denegación o modificación en su caso de la adaptación solicitada.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ibi, presentándose en el registro general de éste, en el modelo oficial que será facilitado por el Ayuntamiento, durante el plazo de 20 días naturales a partir de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial del Estado.
Del mismo modo se resuelve la publicación integra de las Bases que se transcriben seguidamente:
BASES ESPECIFICAS PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN, ENCUADRADA EN LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONSURSO-OPOSICIÓN TURNO LIBRE.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el procedimiento de concurso-oposición turno libre, de una plaza de Administrativo de Gestión, vacante en la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, e incluida en la oferta de empleo público del año 2016.
Las plaza está encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de clasificación C, subgrupo C1 de los previstos por el artículo 76 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, nivel de complemento de destino 18 y demás emolumentos que correspondan de conformidad con la legislación vigente
SEGUNDA .-REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el TREBEP. En aquellos casos de personas extranjeras cuya nacionalidad no esté comprendida entre los Estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico superior o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración competente.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Se garantiza la igualdad de condiciones a personas con discapacidad conforme a lo establecido en los artículos 55.2 y 55.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación expedida por el órgano competente de la Generalitat, u órgano de la Comunidad Autónoma competente, o de la Administración General del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El Ayuntamiento, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de los aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios. A estos efectos los aspirantes lo harán constar en la solicitud de participación en la bolsa, con la propuesta de la adaptación solicitada, en este caso antes de la celebración de la prueba será resuelta la solicitud por el órgano de selección, debiendo motivar expresamente la denegación o modificación en su caso de la adaptación solicitada.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ibi, presentándose en el registro general de éste, en el modelo oficial que será facilitado por el Ayuntamiento, durante el plazo de 20 días naturales a partir de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial del Estado.
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