martes, 13 de febrero de 2018

ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+» durante 2018.

BDNS(Identif.):385548
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Publicadas mediante Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2014), las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+», se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2018, en régimen de concurrencia competitiva,
Convocatoria y cuantías
a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo para 2018, el importe asignado para la gestión del ámbito de la Juventud del Programa Erasmus+ durante 2018 en régimen de concurrencia competitiva asciende a 13.039.042,00 Euros. Su distribución es la siguiente:
Importe (euros)
Acción clave 1.- Movilidad de las personas por motivos de aprendizaje.- 10.002.017,00 euros
Acción clave 2.- Asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud.- 2.540.987,00 euros
Acción clave 3.- El apoyo a la reforma de las políticas.- 496.038,00 euros
b) No obstante lo anterior, la cuantía máxima de las subvenciones a otorgar mediante la presente convocatoria asciende a 11.686.479,47 euros, que se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias y anualidades previstas en la convocatoria. El importe restante queda supeditado a la financiación suplementaria derivada de la modificación de crédito correspondiente.
c) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Distribución de las ayudas convocadas.
Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.
Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.
Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.
Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.erasmusplus.injuve.es/).
Plazo de presentación de solicitudes.
a) Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.
Para la Acción clave 1 (Intercambios juveniles, Formación de trabajadores en el ámbito de la juventud y creación de redes y proyectos de voluntariado) y Acción Clave 3:
- 15 de febrero de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2018
- 26 de abril de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2018.
- 4 de octubre de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2019.
Para la Acción clave 2.- Asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud:
Para las Asociaciones Estratégicas de apoyo al intercambio de buenas prácticas:
- 15 de febrero de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2018
- 26 de abril de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de enero de 2019
- 4 de octubre de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2019
Para la Asociaciones Estratégicas de apoyo a la innovación:
- 26 de abril de 2018, para proyectos que comiencen entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de enero de 2019
Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.
Los siguientes objetivos generales:
- Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.
- Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.
- Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes
- Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.
- Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.
En la guía del Programa se especifican otros objetivos y prioridades generales y por Acción a tener en cuenta.
Además, el programa de trabajo para 2018 de la Agencia Nacional establece las siguientes prioridades nacionales, que serán tenidas en cuenta en la selección y valoración de los proyectos:
- Reconocimiento de las competencias adquiridas por los jóvenes en el ámbito de la educación no formal;
- Promoción de la integración sociolaboral de los jóvenes desempleados de larga duración;
- Fomento del emprendimiento y empleabilidad de los jóvenes mediante la trasmisión de conocimientos y habilidades, así como la potenciación del talento;
-Lucha contra la exclusión social, discriminación y transmisión de valores solidarios entre los jóvenes, incluyendo la prevención de la radicalización violenta.
Todo ello, dentro del ámbito de las Acciones que se describen en el artículo 2 de las bases reguladoras.
Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.erasmusplus.injuve.es/) para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para cada Acción.

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