sábado, 3 de febrero de 2018

bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo (C2), Escala Administración General, mediante oposición libre, del Ayuntamiento de Godelleta

- Edicto del Ayuntamiento de Godelleta sobre aprobación de las bases reguladoras del proceso de selección para la creación de una bolsa de trabajo para el puesto de auxiliar administrativo mediante oposición libre.
EDICTO
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 17 de enero de 2018, acordó aprobar la convocatoria y bases reguladoras del proceso de selección para la constitución de una bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo, Escala Administración General, mediante oposición libre, con arreglo a las siguientes bases:
"BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CONSTITUIR UNA BOLSA DE TRABAJO DEL PUESTO SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVO, ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL, MEDIANTE OPOSICIÓN.-
1. Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de esta convocatoria la regulación del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo de Administración General, Grupo de Clasificación C2, al efecto de poder cubrir interinamente plazas encuadradas en dicho puesto de trabajo cuando las necesidades del servicio así lo aconsejen.
El sistema de acceso será la oposición libre.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o ser miembro de la Comunidad Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
En caso de invocar título equivalente al exigido, cuya equivalencia no esté recogida de forma específica en disposiciones legales, habrá de acompañarse de certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia de manera individualizada.
d) Tener la capacidad física y psíquica suficientes para el normal ejercicio de las funciones y no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones. Aquellos que tengan la condición de discapacitados, deberán acreditar su aptitud conforme a lo dispuesto en el punto f) de esta cláusula.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública del Estado, comunidades autónomas o de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) Igualdad de condiciones.- De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en el presente proceso selectivo serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes. Las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza objeto de esta convocatoria se acreditarán, en su caso, mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multiprofesional competente, que deberá ser emitido y acreditado con anterioridad a la formalización, en su caso, del correspondiente contrato, ya que en caso contrario, impedirá la formalización del mismo.
3.- Forma y plazo de presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se presentarán en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento en horario de atención al público de las oficinas municipales, pudiendo utilizarse la instancia modelo que consta como Anexo I, o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 3 al 22 de febrero de 2018, a.i.}
Junto con la instancia deberá presentarse el resguardo del ingreso de la Tasa por concurrencia a pruebas selectivas, por importe de 25 euros en concepto de derechos de examen, conforme a la ordenanza fiscal reguladora de esta tasa, debiendo hacerse efectivo mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta del Ayuntamiento de Godelleta que se cita a continuación:
Entidad: CAJAMAR - 3058
Oficina en Godelleta: 7064
Dígito de Control: 93
Nº Cta. Ayuntamiento: Nº 2732000058
IBAN: ES4530587064932732000058
En el ingreso se deberá identificar el proceso selectivo al que se opta, así como el nombre del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá la sustitución en tiempo y forma de la solicitud.
La realización de este ingreso fuera del plazo establecido para la presentación de instancias determinará la exclusión definitiva del aspirante.
El importe de los derechos de examen sólo será devuelto por exceso en el importe, en la parte correspondiente, o duplicidad. En ningún caso será devuelto cuando los aspirantes desistan o resulten excluidos en la lista provisional y/o definitiva, ni en ningún otro caso. [www.godelleta.es]

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