Diputació d'Alacant. EXTRACTO ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO (E.A.T.I.M.) CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
BDNS(Identif.):388473
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero de 2018, dictado en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 1.203, de fecha 4 de agosto de 2015 (BOP núm. 154, de fecha 12 de agosto de 2015), por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante con destino a programas y actividades para la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia de género, anualidad 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
No podrán acogerse a esta convocatoria aquellas entidades que ya disfruten de una subvención nominativa de la Diputación para la misma actividad y/o programa.
BDNS(Identif.):388473
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero de 2018, dictado en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 1.203, de fecha 4 de agosto de 2015 (BOP núm. 154, de fecha 12 de agosto de 2015), por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante con destino a programas y actividades para la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia de género, anualidad 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
No podrán acogerse a esta convocatoria aquellas entidades que ya disfruten de una subvención nominativa de la Diputación para la misma actividad y/o programa.
Segundo. Objeto: Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas y áreas descritas a continuación:
1. prevención y erradicación de la violencia de género;
2. formación y/o promoción de empleo de las mujeres, especialmente aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad;
3. actuaciones tendentes a la ruptura de roles y estereotipos de género tradicionales, fomentando el empoderamiento y la participación de las mujeres en la vida pública en condiciones de igualdad con respecto los hombres;
4. actividades dirigidas a la investigación, información y sensibilización sobre las desigualdades de género incluyendo aquí aquellas actuaciones tendentes al fomento de las nuevas masculinidades;
5. impulso de modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social;
6. servicios de asesoramiento jurídico y/o psicológico para mujeres;
7. corresponsabilidad doméstica y conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar;
8. promoción de la inclusión social de algunos colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, como las pertenecientes a minorías étnicas, reclusas, víctimas de violencia de género, de familias monomarentales, etc.
9. promoción de la salud y la mejora de la calidad de vida de las mujeres no excluidas expresamente en la base quinta de esta convocatoria.
1. prevención y erradicación de la violencia de género;
2. formación y/o promoción de empleo de las mujeres, especialmente aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad;
3. actuaciones tendentes a la ruptura de roles y estereotipos de género tradicionales, fomentando el empoderamiento y la participación de las mujeres en la vida pública en condiciones de igualdad con respecto los hombres;
4. actividades dirigidas a la investigación, información y sensibilización sobre las desigualdades de género incluyendo aquí aquellas actuaciones tendentes al fomento de las nuevas masculinidades;
5. impulso de modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social;
6. servicios de asesoramiento jurídico y/o psicológico para mujeres;
7. corresponsabilidad doméstica y conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar;
8. promoción de la inclusión social de algunos colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, como las pertenecientes a minorías étnicas, reclusas, víctimas de violencia de género, de familias monomarentales, etc.
9. promoción de la salud y la mejora de la calidad de vida de las mujeres no excluidas expresamente en la base quinta de esta convocatoria.
Cuarto. Cuantía: Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación 23.2318.4620000, del Presupuesto para el ejercicio 2018 por una cuantía máxima de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) [Nº 48 de 08/03/2018],{del 9 de marzo al 3 de abril de 2018, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) [Nº 48 de 08/03/2018],{del 9 de marzo al 3 de abril de 2018, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
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