Primero. Convocar los siguientes procesos de selección
para el ingreso en los centros docentes militares de formación, y
aprobar las bases que los regulan que se adjuntan en el Anexo a esta
resolución:
1. Proceso de selección para la incorporación,
como militar de carrera, a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos
Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de
ingreso directo, sin exigencia de titulación de Técnico Superior (TTS).
(Código de proceso 2018021).
2. Proceso de selección para la incorporación,
como militar de carrera, a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos
Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de
ingreso directo, con exigencia de titulación de Técnico Superior (TTS)
(Código de proceso 2018022).
Segundo. Ofertar ciento noventa y siete (197) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
1. Plazas.
1.1 Ejército de Tierra.
Sin exigencia de Titulación de Técnico Superior
Cuerpo
|
Especialidad fundamental
|
Título de Técnico Superior
(a cursar)
|
Centro Docente Militar de Formación
|
Código
|
Vía (a)
|
Vía (b)
|
Vía (c)
|
Total Plazas
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
General
|
Infantería Ligera.
|
Asistencia a la Dirección.
|
ACINF
|
450
|
16
|
5
|
2
|
23
|
Infantería Acorazada/Mecanizada.
|
Asistencia a la Dirección.
|
451
|
9
|
2
|
1
|
12
|
||
Caballería.
|
Asistencia a la Dirección.
|
ACAB
|
402
|
6
|
2
|
1
|
9
|
|
Artillería de Campaña.
|
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
|
ACART
|
403
|
2
|
1
|
1
|
4
|
|
Mecatrónica Industrial.
|
453
|
5
|
1
|
1
|
7
|
|||
Artillería Antiaérea.
|
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
|
404
|
3
|
1
|
0
|
4
|
||
Mecatrónica Industrial.
|
454
|
6
|
2
|
1
|
9
|
|||
Ingenieros.
|
Proyectos de Obra Civil.
|
ACING
|
405
|
9
|
2
|
1
|
12
|
|
Transmisiones.
|
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
|
406
|
14
|
4
|
2
|
20
|
||
Totales
|
70
|
20
|
10
|
100
|
1.2 Armada.
Sin exigencia de Titulación de técnico superior
Cuerpo
|
Especialidad fundamental
|
Título de Técnico Superior
(a cursar)
|
Centro Docente Militar de Formación
|
Código
|
Vía (a)
|
Vía (b)
|
Vía (c)
|
Total plazas
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
General
|
Administración.
|
Administración y Finanzas.
|
ESENGRA
|
415
|
3
|
1
|
0
|
4
|
Maniobra y Navegación.
|
Transporte marítimo y pesca de altura.
|
420
|
3
|
1
|
0
|
4
|
||
Alojamiento y Restauración.
|
Dirección de cocina.
|
416
|
1
|
0
|
0
|
1
|
||
Armas.
|
Mantenimiento Electrónico.
|
ESCAÑO
|
417
|
2
|
1
|
0
|
3
|
|
Comunicaciones y Sistemas de Información.
|
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
|
418
|
2
|
1
|
1
|
4
|
||
Energía y Propulsión.
|
Organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.
|
419
|
7
|
2
|
1
|
10
|
||
Sistemas.
|
Mantenimiento electrónico.
|
421
|
3
|
1
|
0
|
4
|
||
Infantería de Marina
|
Infantería de Marina.
|
Asistencia a la Dirección.
|
EIMGAF
|
422
|
3
|
1
|
1
|
5
|
Totales
|
24
|
8
|
3
|
35
|
Con exigencia de Titulación de técnico superior
Cuerpo
|
Especialidad fundamental
|
Título de Técnico Superior
(exigencia)
|
Centro Docente Militar de Formación
|
Código
|
Total plazas
|
---|---|---|---|---|---|
General
|
Administración.
|
Administración y Finanzas.
|
ESENGRA
|
415
|
1
|
Sistemas.
|
Mantenimiento electrónico.
|
ESCAÑO
|
421
|
1
|
|
Totales
|
2
|
1.3 Ejército del Aire:
Sin exigencia de Titulación de técnico superior
Cuerpo
|
Especialidad fundamental
|
Título de Técnico Superior
(a cursar)
|
Centro Docente Militar de Formación
|
Código
|
Vía (a)
|
Vía (b)
|
Vía (c)
|
Total plazas
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
General
|
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
|
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
|
ABA
|
439
|
3
|
1
|
0
|
4
|
Mantenimiento Aeronáutico
|
Mantenimiento Aeromecánico.
|
430
|
13
|
4
|
2
|
19
|
||
Mantenimiento de Electrónica
|
Mantenimiento Aeromecánico.
|
455
|
3
|
1
|
1
|
5
|
||
Control Aéreo.
|
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
|
456
|
2
|
0
|
0
|
2
|
||
Totales
|
21
|
6
|
3
|
30
|
Con exigencia de Titulación de técnico superior
Cuerpo
|
Especialidad fundamental
|
Título de Técnico Superior
(exigencia)
|
Centro Docente Militar de Formación
|
Código
|
Total plazas
|
---|---|---|---|---|---|
General
|
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
|
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
|
ABA
|
439
|
7
|
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
|
440
|
||||
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
|
441
|
||||
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
|
429
|
||||
Administración.
|
Administración y Finanzas.
|
437
|
23
|
||
Asistencia a la Dirección.
|
438
|
||||
Totales
|
30
|
2. Notas:
2.1 Proceso de selección para ingreso con
exigencia de Titulación de Técnico Superior (TTS). Condiciones
especificadas en la base segunda, apartados 1.2.i. y 1.2ii.
2.2 Proceso de selección para ingreso sin
exigencia de Titulación de Técnico Superior (TTS). Condiciones
especificadas en la base segunda, apartado 1.2.iii. Los aspirantes
deberán optar por una de las tres vías de acceso establecidas por el
artículo 47 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, indicando la vía
elegida en la solicitud de admisión –(a), (b), o (c)–. La distribución
de plazas será:
– Un 70 % de las plazas para la vía de acceso (a).
– Un 20 % de las plazas para la vía de acceso (b).
– Un 10 % de las plazas para la vía de acceso (c).
ANEXO
Bases
Primera. Sistema de selección. El sistema de selección a emplear en los distintos procesos de selección que se convocan será el de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la
publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de
presentación en los centros docentes militares de formación de los
aspirantes propuestos como alumnos por el Órgano de Selección.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitidos en cada uno de los
procesos de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos en las fechas indicadas y mantenerlos hasta el momento de la
incorporación al centro docente militar de formación:
1.1 El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso
los dieciocho (18) años de edad y no cumplir, ni haber cumplido en el
año 2018, las siguientes edades máximas:
− Sin titulación de Técnico Superior: veintiún (21) años.
− Con titulación de Técnico Superior: veintiséis (26) años.
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con
carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
g) No haber causado baja en un centro docente
militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c)
y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
h) No haberse resuelto su compromiso de
vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un
expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones
psicofísicas.
i) No podrán participar en los procesos de
selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características,
aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de
formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley
39/2007, de 19 de noviembre.
j) En el caso de haber dado positivo en detección
de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que, en el seno de
un proceso de selección para ingreso en las Fuerzas Armadas anterior le
hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un
año, contado a partir de la fecha de exclusión.
k) Los solicitantes militares profesionales no
deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias
psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del periodo
de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de
solicitudes.
l) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o
imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades,
virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan
atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en
cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a
discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son
permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones,
automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los
diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas
modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya
denominación, composición y utilización se recoge en la Orden
DEF/1756/2016, de 28 de octubre, todo ello de conformidad con el
artículo 15.5 del Reglamento en la redacción dada al mismo por el Real
Decreto 378/2014, de 30 de mayo.
m) El alumno de un centro docente militar de
formación no podrá optar a las plazas del mismo Ejército, Cuerpo y
Escala en el que cursa sus estudios.
n) Los solicitantes militares profesionales no
deben tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su
historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves
o muy graves.
1.2 El día 9 de julio:
Estar en posesión, o en condiciones de poseer,
alguno de los siguientes títulos o niveles de estudios (se entiende que
se está en condiciones de poseer el título exigido cuando se haya
superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha
titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los
trámites legales para su expedición):
i. Podrán optar a las plazas de la Armada del
proceso de selección para ingreso con exigencia de titulación de Técnico
Superior (TTS), los aspirantes que acrediten:
– El Título de Técnico Superior en:
• Administración y Finanzas.
• Mantenimiento electrónico.
En función de la titulación acreditada podrán optar a una u otra de las plazas ofertadas.
– Cualquier título que por Real Decreto tenga los mismos efectos profesionales y académicos que los anteriores.
– Títulos universitarios oficiales de la rama de
conocimiento a la que estén adscritos los Títulos de Técnico Superior de
las plazas ofertadas. A estos efectos se considerarán las relaciones
que figuran en el anexo 2.b) del Real Decreto 1618/2011, de 14 de
noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación
Superior.
ii. Podrán optar a las plazas del Ejército del
Aire del proceso de selección para ingreso con exigencia de titulación
de Técnico Superior (TTS), los aspirantes que acrediten:
– El Título de Técnico Superior en:
• Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
• Administración de Sistemas Informáticos en Red.
• Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
• Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
• Administración y Finanzas.
• Asistencia a la Dirección.
En función de la titulación acreditada podrán optar una o varias de las plazas ofertadas:
– Cualquier título que por Real Decreto tenga los mismos efectos profesionales y académicos que los anteriores.
– Títulos universitarios oficiales de la rama de
conocimiento a la que estén adscritos los Títulos de Técnico Superior de
las plazas ofertadas. A estos efectos se considerarán las relaciones
que figuran en el anexo 2.b) del Real Decreto 1618/2011, de 14 de
noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación
Superior.
iii. En el proceso de selección para ingreso
sin exigencia de titulación de Técnico Superior, los aspirantes deberán
optar sólo por una de las tres vías de acceso que se especifican a
continuación, indicando la vía elegida en la solicitud de admisión,
debiendo:
1. Vía de acceso (a): Acreditar el título de
bachiller establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, o el certificado establecido en el Real Decreto 1105/2014, de
26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato que acredite haber
superado todas las materias del Bachillerato.
2. Vía de acceso (b): Acreditar un título de
Técnico de Grado Medio que deberá ser de la misma familia profesional
que contenga el título de técnico superior requerido para incorporación a
la escala y para la adquisición de la especialidad fundamental que el
aspirante haya solicitado.
3. Vía de acceso (c): Haber superado la prueba de
acceso a ciclos formativos de grado superior, siempre que las materias
de la parte específica de la citada prueba den opción de acceso a las
familias profesionales que contengan títulos de técnico superior de los
requeridos para la incorporación a la escala y para la adquisición de la
especialidad fundamental que el aspirante haya solicitado o,
Reunir alguno de los requisitos académicos
establecidos en el apartado b) de la disposición adicional tercera del
Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Tercera. Plazo de presentación de solicitud de admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de
diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 22 al 31 de mayo de 2018, a.i.}
Cuarta. Aportación de documentación. 1. Los aspirantes que deseen participar en los
procesos de selección de esta Resolución deberán aportar la siguiente
documentación, en los plazos indicados:
1.1 Presentación dentro del plazo establecido en la base tercera:
1.1.1 Solicitud de admisión a los procesos de
selección, por la forma de ingreso directo, con y sin exigencia previa
de titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de
carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y del
Cuerpo de Infantería de Marina.
Para ser admitido a los procesos de selección, el
aspirante deberá cumplimentar la solicitud de admisión al proceso de
selección en el que desee participar, directamente sobre la página web
https://sede.defensa.gob.es/acceda [Procedimientos - Procesos
Selectivos(Ingreso Directo)], siguiendo las instrucciones reflejadas en
el apéndice 1, y la remitirá, junto con el resto de documentación, según
el procedimiento indicado en el apartado 2 de esta base.
Excepcionalmente y sólo cuando por una incidencia
técnica debidamente acreditada sea imposible el acceso a la página web,
se podrá cumplimentar la solicitud a máquina o a mano en mayúsculas,
que podrá ser retirada en las oficinas delegadas o áreas de
reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa. De esta
circunstancia se informará oportunamente a través de la dirección
electrónica: http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/.
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